Boletín nº 168 (02-09-2021)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Puente Genil
Nº. 3.460/2021
De conformidad con lo dispuesto al respecto por los artículos 169 y 179.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales; y 20 y 42 de Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, y habida cuenta de que el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 26 de julio de dos mil veintiuno, aprobó con carácter provisional el expediente nº 36/2021 de Modificación de Crédito del Presupuesto del Ilustre Ayuntamiento de Puente Genil, por Suplemento de crédito con cargo a Remanente de Tesorería para gastos generales para financiar diversas partidas, para el ejercicio 2021; que ha resultado definitivo, al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública, se hace constar el siguiente resumen:
En cumplimiento del artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de 26 de julio de 2021, sobre el expediente de Modificación de crédito número 36/2021 de Modificación de Crédito del Presupuesto del Ilustre Ayuntamiento de Puente Genil, por Suplemento de crédito con cargo a Remanente de Tesorería para gastos generales para financiar diversas partidas, que se hace público:
PRIMERO. Las aplicaciones presupuestarias cuyo crédito se suplementa por medio del presente expediente son las siguientes:
Aplicación Presupuestaria |
Denominación |
Importe |
|
3380 |
22699 |
Festejos-gastos diversos |
43.000,00 € |
3340 |
48001 |
Cultura-Corporaciones bíblicas |
25.000,00 € |
9200 |
22799 |
Administración general-Estudios y trabajos técnicos |
50.000,00 € |
3360 |
22797 |
Patrimonio artísticos-otros gastos |
7.279,82 € |
9200 |
62600 |
Administración general-equipos informáticos |
10.000,00 € |
SEGUNDO. Esta modificación se financia con cargo al Remanente Líquido de Tesorería para Gastos Generales, resultante de la Liquidación del ejercicio anterior:
870.00 Remanente de Tesorería para gastos generales&135.279,82 €.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición del dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del Acto o Acuerdo impugnado.
Puente Genil, 27 de agosto de 2021. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa accidental, Ana María Carrillo Núñez.