Boletín nº 192 (07-10-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Castro del Río

Nº. 3.833/2021

Gex 7230/2021

Asunto: Aprobación del Reglamento de la Agrupación Local de Voluntarios de Protección Civil del Ayuntamiento de Castro del Río.

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial, de fecha 19/09/2020, aprobatorio del reglamento Reglamento de la Agrupación Local de Voluntarios de Protección Civil del Ayuntamiento de Castro del Río, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

REGLAMENTO DE LA AGRUPACIÓN LOCAL DE VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL DEL AYUNTAMIENTO DE CASTRO DEL RÍO (CÓRDOBA).

La Constitución Española en el artículo 30.4 establece que mediante Ley podrán regularse los deberes de los ciudadanos en casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.

Según establece la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local en los artículos 21.1; 25.2, apartado C y 26.1, apartado C; los Ayuntamientos y los Alcaldes tienen atribuidas competencias en materia de Protección Civil, facultándoles para la realización de actividades diversas para la protección de personas, bienes y medio ambiente en situaciones de emergencia.

En el Real Decreto 1378/1985, de 1 de agosto, sobre medidas provisionales para las actuaciones en situaciones de emergencia, en los casos de grave riesgo colectivo, catástrofe o calamidad pública, se atribuyen competencias a los Alcaldes para la adopción de cuantas actuaciones contribuyan a evitar, controlar y reducir los daños causados por las situaciones de emergencias en su término municipal.

Por su parte la Ley 2/2002, de 11 de noviembre, de Gestión de Emergencias en Andalucía, dispone que las administraciones competentes conforme a lo dispuesto en la misma desarrollarán su actividad a fin de propiciar la previsión y reducción de riesgos, la elaboración y aprobación de planes de emergencia, las medidas de intervención destinadas a paliar en la medida de lo posible las consecuencias que produzcan los eventos que generen la activación de esos planes de emergencia, los programas de rehabilitación y la formación de los ciudadanos que puedan ser afectados por las mismas.

El presente Reglamento se adapta a lo establecido en el Decreto 159/2016, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

El ejercicio de estas competencias tiene que llevarse a cabo a través del Plan de Emergencia Municipal, que estructura, coordina y organiza los medios y recursos existentes en nuestro municipio para hacer frente a los riesgos previsibles.

Para ello el Ayuntamiento de Castro del Río realizará las actuaciones encaminadas a mejorar y potenciar la intervención coordinada de los Servicios Municipales dedicados de modo ordinario y permanente al cumplimiento de fines coincidentes con las necesidades derivadas de las situaciones de emergencia en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.

Para articular las oportunidades de colaboración de los ciudadanos, individualmente considerados con la Protección Civil Municipal, parece conveniente reglamentar la creación, organización y funcionamiento de una Agrupación de Voluntarios de Protección Civil en este municipio, la cual se vinculará a los servicios básicos de intervención de emergencia dependientes del Ayuntamiento para realizar las tareas de prevención de riesgos e intervención en la protección y socorro en los casos de emergencia que pudieran producirse.

PARTE I

LA AGRUPACIÓN DE VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL

DE CASTRO DEL RÍO

SECCIÓN 1ª. OBJETIVO

Artículo 1. Carácter y objetivo de la Agrupación.

La Agrupación Local de Voluntarios de Protección Civil de Castro del Río (en adelante A.L.V.P.C.) es una organización de carácter humanitario y altruista constituida por personas físicas residentes en este Municipio.

Tiene por objeto configurar una estructura dirigida por la Corporación Municipal, en base a los recursos públicos y a la colaboración de entidades privadas y de la ciudadanía, para el estudio y prevención de situaciones de grave riesgo colectivo, catástrofe o calamidad pública, así como colaborar en la protección y socorro de las personas, bienes y medio ambiente cuando dichas situaciones se produzcan.

Artículo 2. Creación y disolución de la Agrupación.

Corresponde a este Ayuntamiento la adopción del acuerdo de creación, modificación y disolución de la Agrupación Local de Voluntarios de Protección Civil.

El Ayuntamiento de Castro del Río procederá a solicitar la inscripción, modificación y en su caso la baja, de la Agrupación en el Registro de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil en el Registro de Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

SECCIÓN 2ª. ORGANIZACIÓN

Artículo 3. Organización y funcionamiento de la Agrupación.

La organización y funcionamiento de la Agrupación Local de Voluntarios de Protección Civil se regirá por lo establecido en el presente Reglamento, así como por las instrucciones y directrices que, a efectos de coordinación general, pueden dictar las Comisiones Nacionales y Autonómicas de Protección Civil.

Artículo 4. Dependencia de la Agrupación.

1. La Agrupación depende directamente de la Alcaldía como responsable máxima de la Protección Civil Local; asimismo, podrá delegar sus funciones en el/la Concejal Delegado/a de Protección Civil.

2. Cuando actúe dentro del marco de intervención de un plan de emergencia municipal, de actuación local, de emergencia de la Comunidad Autónoma o cualquier otro tipo de plan de ámbito superior, dependerá funcionalmente de la persona titular de la dirección de dicho plan.

Artículo 5. Encuadre orgánico y funcional de la Agrupación.

La A.L.V.P.C se encuadra orgánica y funcionalmente en la Delegación de Protección Civil, estructurada esta Delegación en el Área de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Castro del Río.

Artículo 6. Estructura de la Agrupación.

La A.L.V.P.C. se estructurará en 4 secciones: Sección de Apoyo Operativo, Sección de Apoyo Sanitario, Patrulla Verde y Sección de Prevención e Información; a las cuales se suscribirán los voluntarios y voluntarias en función de sus capacidades, preparación y titulaciones que acrediten. Esta estructura será de carácter flexible ajustándose a las necesidades del servicio, a los medios humanos disponibles y a lo establecido en el Plan de Emergencias Municipal.

El Jefe de la Agrupación será elegido entre el voluntariado perteneciente a la Agrupación y será ratificado por el/la Alcalde/Alcaldesa. Los Jefes de Sección serán propuestos por el Jefe de la Agrupación y nombrados por el Concejal Delegado que corresponda.

Las funciones del Jefe de la Agrupación serán:

-Dirigir y coordinar la Agrupación o Asociación a nivel tanto operativo como administrativo.

-Gestión del acceso de nuevo personal.

-Gestión de materiales y medios, relación con el personal del Ayuntamiento.

-A nivel operativo su principal labor será en contacto con otros cuerpos de emergencias para la correcta gestión del plan de emergencias o dispositivo a fin de que los voluntarios de protección civil estén perfectamente coordinados con el resto de servicios.

-Inventariado y conservación de vehículos y materiales de la Agrupación.

-Redacción de la memoria anual.

-Asistencia a las Juntas de Seguridad.

Las funciones del Jefe de Sección serán:

-Organizar y supervisar al voluntariado de su sección y coordinar sus actuaciones.

-Participar activamente en la planificación de los servicios de cada sección junto al Jefe de la Agrupación, de forma que pueda transmitir claramente al voluntariado las instrucciones precisas.

-Decidir turnos, rotación de puesto y descanso del voluntariado.

Las funciones del voluntariado serán:

-Seguir las instrucciones recibidas en la planificación del servicio.

-Dar novedades y reportar de cualesquiera que sean las incidencias ocurridas en su punto de control.

Un/a trabajador/a del Ayuntamiento de Castro del Río, nombrado por Decreto de Alcaldía, realizará las funciones de Coordinador/a de la Agrupación. Las funciones serán:

-Presentación de la Memoria Anual.

-Mantenimiento de la inscripción en el Registro General de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

-Revisión anual y suscripción de la Póliza de Seguro del Voluntariado.

-Supervisión de la conservación de los vehíc

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