Boletín nº 193 (08-10-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Cañete de las Torres

Nº. 3.796/2021

Don Félix Romero Carrillo, Alcalde-Presidente del Iltre. Ayuntamiento de Cañete de las Torres, hace saber:

El Pleno del Ayuntamiento, en su sesión extraordinaria celebrada el día 30 de junio de 2021, acordó la creación de la empresa pública GESOCA LIMPIEZA SL, y la aprobación de sus estatutos que se insertan a continuación, cuyo capital social lo aportará la empresa pública Gesoca Servicios SL.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 97.1.c) del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública durante el plazo de 30 dias naturales, a contar desde el siguiente de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con el fin de que puedan ser examinados por cualquier interesado y que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.

ESTATUTOS DE LA ENTIDAD MERCANTIL

"GESOCA LIMPIEZA SL

ARTÍCULO 1. Bajo la denominación de "GESOCA LIMPIEZA, SOCIEDAD LIMITADA, queda constituida una Compañía Mercantil de la naturaleza que aquella denominación expresa, que se regirá por las normas contenidas en estos Estatutos, por la Ley de Sociedades de Capital, y por las disposiciones legales complementarias al respecto.

ARTÍCULO 2. Tiene por objeto:

1. Los servicios de limpieza de edificios, construcciones y obras de cualquier tipo, de oficinas, locales comerciales y lugares públicos. La preparación conservación, mantenimiento, higienización, desinfección, desratización. La limpieza, lavado, planchado, clasificación y transporte de ropa. CNAE principal: 8121. CNAE 8129. CNAE: 9601.

2. El tratamiento, reciclaje y valoración de todo tipo de residuos urbanos, asimilables a urbanos, industriales y sanitarios; el tratamiento y venta de productos residuales, así como la gestión y explotación de plantas de tratamiento y transferencia de residuos. La redacción y tramitación de todo tipo de proyectos relacionados con asuntos medioambientales. CNAE 3811.

3. Mantenimiento, limpieza, conservación y explotación publicitaria de todo tipo de mobiliario urbano y elementos similares. CNAE 8110.

4. La dirección y ejecución de repoblaciones forestales, agrícolas, piscícolas, reforestaciones, así como el mantenimiento y mejora de las mismas. Los trabajos de jardinería, plantación, revegetación, reforestación, mantenimiento y conservación de parques, jardines y elementos anejos. CNAE 8130.

5. Pulimentación de suelos, pintura y mantenimiento puertas paredes etc.

6. Gestión de toda clase de instalaciones deportivas. Compraventa de material deportivo de toda clase, incluyendo nutrición y suplementos nutricionales para deportistas.

7. Lavandería: arreglos de pantalones, camisas, botones, diseño y confección de ropa& Venta de prendas y calzado (pienso en las modistas y en la venta de souvenirs, sudaderas, camisetas, etc).

8. Asesoría sobre Paisajismo y Zonas Verdes Escuela de formación, (limpieza, servicios varios, jardineros y otros) formación y asesoría en riesgos laborales.

9. Suministros: productos de limpieza, material, plantas, jardines etc.. Gestión de vivero, energías renovables, material e instalaciones fabricación y venta de compost residuos, servicios de tratamientos plagas, desintegración, desratización Limpieza vías públicas y baldeo calles, jardineros, podas, caminos rurales.

10. Gestión turística, actividades turísticas, venta merchandaising venta y distribución productos (ecológicos). Caminos rurales es para inversión y mantenimiento.

11. Promoción y gestión de publicidad (edificios, mobiliario urbano, medios de comunicación etc).

12. Prestación de servicios auxiliares en urbanizaciones, fincas urbanas, instalaciones industriales, redes viales, centros comerciales, organismos oficiales y dependencias administrativas, instalaciones deportivas o de recreo, museos, recintos feriales, salas de exposiciones, conferencias y congresos, hospitales, convenciones, inauguraciones, centros culturales y deportivos, eventos deportivos, sociales y culturales, exposiciones, conferencias internacionales, juntas generales de accionistas y de comunidades de propietarios, recepciones, ruedas de prensa, centros docentes, parques, instalaciones agropecuarias (agricultura, ganadería y pesca), bosques, fincas rústicas, cotos de caza, recintos de recreo y de espectáculos y, en general, en toda clase de inmuebles y eventos, por medio de conserjes, ordenanzas, bedeles, ujieres, celadores o controladores, operadores de consola, personal de sala, porteros, recepcionistas, taquilleros (incluyendo recogida de entradas), telefonistas, acomodadores, cobradores, cuidadores, socorristas, azafatas, personal de sala y profesionales afines o que complementen sus funciones, consistentes en el mantenimiento y la conservación de los locales, así como en la atención y servicio a los vecinos, ocupantes, visitantes y/o usuarios, mediante la realización de las correspondientes tareas, excluidas, en todo caso, aquellas que la ley reserva a las empresas de seguridad. Los cobros y cuadre de cajas y la confección, recogida y cobro de efectos y recibos. El desarrollo, promoción, exposición, realización, adquisición, venta y prestación de servicios, en el campo del arte, la cultura y el ocio, en sus diversas actividades, formas, expresiones y estilos.

13. Los montajes e instalaciones de mobiliario, tales como mesas, estanterías, material de oficina y objetos semejantes o complementarios.

14. La adquisición, tenencia, disfrute, administración y enajenación de toda clase de valores mobiliarios por cuenta propia, quedando excluidas las actividades que la legislación especial y, en particular, la legislación sobre el mercado de valores atribuya con carácter exclusivo a otras entidades.

Si algunas de las actividades incluidas en el objeto social estuviera reservada o se reservare por Ley a determinada categoría de profesionales, deberán realizarse a través de persona que ostente la titilación requerida, concretándose el objeto social a la intermediación o coordinación en relación a tales prestaciones.

ARTÍCULO 3. Su duración es indefinida.

ARTÍCULO 4. El comienzo de las operaciones sociales tiene lugar el día de hoy, fecha de la escritura de constitución de la Sociedad.

ARTÍCULO 5. Su domicilio social queda establecido en 14060 Cañete de la Torres (Córdoba), calle La Plaza, número 20, y Referencia Catastral 4222039UG8942S0001LR.

El órgano de administración podrá crear, suprimir o trasladar las Sucursales que acuerde, sin limitación alguna, a la sazón no previstas, en cualquier lugar del territorio nacional o del extranjero.

ARTÍCULO 6. Su capital social, enteramente suscrito y desembolsado, es de tres mil (3.000) euros, dividido y representado en tres mil (3.000) participaciones sociales de un euro cada una de valor nominal, señaladas con los números 1 a la 3.000, ambas inclusive, todas ellas acumulables e indivisibles.

ARTÍCULO 7. Cada participación social otorga a su titular los derechos y obligaciones correspondientes a una fracción proporcional en el activo y pasivo de la Sociedad.

Las participaciones sociales no tendrán el carácter de valores, no podrán estar representadas por medio de títulos o de anotaciones en cuenta, ni denominarse acciones.

ARTÍCULO 8. Los socios, como tales, no responden frente a terceros sino por sus respectivas participaciones sociales.

ARTÍCULO 9. Transmisión de participaciones.

Los socios podrán transmitir libremente por actos intervivos, ya sea a título oneroso o gratuito, las participaciones sociales a favor de socios, cónyuges, descendientes o ascendientes de socios, y, en su caso, a otra Sociedad del mismo grupo que la presente.

Fuera de estos casos, dicha transmisión intervivos se regirá por lo establecido en la Ley de Sociedades de Capitales.

La transmisión mortis-causa es libre, y confiere al heredero o legatario la condición de socio.

Hasta la inscripción de la sociedad, o en su caso, del acuerdo de aumento del capital en el Registro Mercantil no podrán transmitirse las participaciones sociales.

ARTÍCULO 10. Régimen y gobierno de la sociedad. La Sociedad será regida:

1. Por la Junta General.

2. Por el órgano de administración, ya sea UN ADMINISTRADOR ÚNICO o VARIOS ADMINISTRADORES SOLIDARIOS, hasta un máximo de cinco, o MANCOMUNADOS hasta un máximo de cuatro, o por un CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN, que en este último caso, se compondrá de un mínimo de tres miembros y un máximo de doce miembros.

Los cargos se ejercerán por una duración indefinida, a salvo lo dispuesto en orden a la separación del nombrado, conforme a la Ley de Sociedades de Capital.

El órgano de Administración no será retribuido.

La Junta General decidirá en cada momento la modalidad del órgano de Administración y designará el miembro o los miembros del mismo.

Si la Junta General opta por la modalidad de VARIOS ADMINISTRADORES MANCOMUNADOS el poder de representación habrán de efectuarlo conjuntamente al menos, dos cualesquiera de ellos.

Si la Junta General opta por la modalidad d

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