Boletín nº 193 (08-10-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de La Carlota

Nº. 3.919/2021

Título: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DIRIGIDA A CLUBES DEPORTIVOS FEDERADOS Y DEPORTISTAS FEDERADOS LOCALES PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DENTRO DEL ÁMBITO DEPORTIVO 2021.

BDNS (Identif.) 587713

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/587713)

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA QUE HA DE REGIR LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DIRIGIDA A CLUBES DEPORTIVOS FEDERADOS Y DEPORTISTAS FEDERADOS LOCALES PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DENTRO DEL ÁMBITO DEL DEPORTE.

GEX 4863/2021

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y la página web del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota.

Primero. La finalidad de esta convocatoria es la de colaborar y favorecer el desarrollo de los clubes federados, los cuales, se encuentran inscritos en el Registro Municipal de Asociaciones de La Carlota, así como con los deportistas federados empadronados en el municipio con el fin de fomentar las actividades promovidas por todos ellos, siempre y cuando, su objeto social esté relacionado con el área del deporte, y estará financiado con cargo a los recursos propios de este Ayuntamiento.

Serán subvencionables los gastos realizados por el beneficiario que se encuentren directa y objetivamente relacionados con el objeto de la subvención desde el día 01 de enero al 31 de diciembre del corriente, en las condiciones establecidas en la normativa de Subvenciones y en la presente convocatoria.

Segundo. Beneficiarios. Podrán concurrir a esta convocatoria todos los Clubes Deportivos con personalidad jurídica propia, constituidas legalmente, así como deportistas carloteños empadronados en el municipio y federados en alguna disciplina y que realicen su actividad general en el término municipal de La Carlota, desarrollando proyectos y actividades de un claro carácter deportivo, con proyección o impacto sobre la población carloteña.

Los deportistas federados, sólo podrán participar en la presente línea de ayudas, si el Club al que pertenecen, no ha procedido a presentar una solicitud de ayuda para la misma convocatoria.

Para ser beneficiarias de las ayudas o subvenciones, los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

Estar legalmente constituidas como tales con inscripción actualizada en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de La Carlota a la fecha de solicitud, y para el supuesto de deportistas individuales encontrarse federados.

No estar incursas las personas jurídicas, las entidades o las personas que ostentan la representación legal de las mismas en alguno de los supuestos de prohibición, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones por incapacidad o incompatibilidad, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias estatales, autonómicas, locales y de la Seguridad Social.

Acompañar a la solicitud la documentación que se detalla en la cláusula sexta de la Convocatoria.

Tercero. Bases reguladoras. La presente convocatoria se regirá por en el Ordenanza General por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones municipales del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota y sus Patronatos, aprobado  por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria, celebrada el día 27 de marzo de 2017, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 95, de 22 de mayo de 2017, así como por la presente convocatoria, aprobadas por Resolución de Presidencia/Alcaldía número 3181/2021, de 1 de octubre del corriente.

Cuarto. Importe. La concesión de las subvenciones quedará condicionada a la existencia de consignación presupuestaria en el presupuesto del Ayuntamiento de La Carlota para el ejercicio que corresponda.

El presupuesto máximo disponible para esta convocatoria es de 14.500 €, con cargo a la aplicación presupuestaria: Subv. Asociaciones, Hermandades y otras sin ánimo de lucro con número 2310.48007, por importe de 14.500,00 €.

La cuantía máxima a conceder a cada entidad beneficiaria no podrá superar la cuantía de cuatro mil euros (4.000 €), y en todo caso, nunca se podrá superar el 100% del presupuesto del proyecto presentado.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de DIEZ DÍAS HABILES, a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba el presente extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Sexto. Otros datos. La solicitud se realizará por medio de la presentación de la correspondiente instancia normalizada que podrá recogerse en el Registro de Entrada del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota, o en la página web municipal: http://www.lacarlota.es/, siendo presentados en el Registro de Entrada del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota, sito en Avenida Carlos III, 50. Así como a través de la Sede Electrónica, siendo preferible dicha vía, habida cuenta de la obligación de dicho colectivo de comunicarse con la administración por medios electrónicos, e irán dirigidas a la Alcaldía de este Ayuntamiento.

La Carlota 5 de octubre de 2021. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Antonio Granados Miranda.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad