Boletín nº 198 (18-10-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montalbán

Nº. 4.017/2021

Título: EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA DE FECHA 13/10/2021 Nº 2021/00000965, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES A ASOCIACIONES O ENTIDADES PRIVADAS SIN ÁNIMO DE LUCRO Y COFRADÍAS/HERMANDADES DE MONTALBÁN DE CÓRDOBA EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA EL AÑO 2021.

BDNS (Identif.) 589666

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/589666)

PRESUPUESTO TOTAL Y APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

El presupuesto disponible para la concesión de las subvenciones a las que se refiere la presente convocatoria es de 21.000,00 €, que se imputarán a la aplicación 9240 48201 denominada "Subvenciones Asociaciones/Entidades sin ánimo de lucro, Cofradías y Hermandades del Presupuesto Municipal vigente para el ejercicio 2021.

OBJETO, CONDICIONES Y FINALIDAD

La presente Convocatoria de subvenciones tiene por objeto la financiación de proyectos o actividades de asociaciones o entidades privadas sin ánimo de lucro y Cofradías/Hermandades, que de conformidad con sus estatutos, tengan carácter cultural/educativo, deportivo y de acción social.

Asimismo y como consecuencia de la situación de emergencia de salud pública derivada por la COVID19, las administraciones públicas establecieron una serie de medidas para proteger la salud y la seguridad de los ciudadanos entre las que se encontraron la paralización de servicios, la limitación de la movilidad y la prohibición de realización de actividades de ocio. Ante esta situación excepcional, se hace necesaria la puesta en marcha de medidas también excepcionales, por lo que la presente convocatoria amplía el objeto subvencionable a conceptos que, con anterioridad, se consideraban como no subvencionables, tales como los gastos corrientes de funcionamiento y mantenimiento de la sede, (recibos de agua, suministro eléctrico, teléfono, alquiler de sede, &), los relativos a material inventariable o equipamiento (equipos informático, mobiliario, etc..) así como la adquisición de suministros, maquinaria y cualquier otro tipo de material que permita dar respuesta a la situación de crisis sanitaria-epidemiológica producida por la COVID19 (mascarillas protectoras, guantes, gel desinfectante, mamparas o cualquier otro elemento,&)

Del mismo modo será condición fundamental para la concesión de la/s subvención/es que los proyectos y/o actividades, los gastos de funcionamiento y mantenimiento de la sede, de material inventariable o equipamiento y de adquisición de suministros para dar respuesta a la situación de crisis sanitaria-epidemiológica como consecuencia de la COVID19, tengan por objeto:

a) El fomento de actividades de interés de utilidad pública, interés social, cultural, o de promoción de una finalidad pública.

b) Líneas de actuación en materias cuya competencia sean las propias de las Administraciones Locales.

c) La protección y salvaguarda de la ciudadanía ante la situación de emergencia de salud pública derivada por la COVID19.

A) En concreto se financiarán proyectos y/o actividades dentro de las siguientes líneas de actuación:

1. Cultura: Festivales de fomento del folklore montalbeño, actividades de fomento de la cultura (tales como talleres de lectura, de cine, de fomento del patrimonio, exposiciones, edición de libros...), actuaciones para la conservación del patrimonio cultural, actuaciones, conciertos y certámenes musicales y otras de similar carácter, procesiones y actos propios de la Semana Santa de la localidad.

Son conceptos subvencionables:

a) Los relativos a material inventariable o equipamiento (equipos informático, mobiliario, etc..)

b) Los gastos corrientes de funcionamiento y mantenimiento de la sede, tales como recibos de agua, suministro eléctrico, teléfono, alquiler de sede, ...

c) Gastos de personal contratado para realizar las actividades previstas con sus respectivas retenciones fiscales, lo cual acreditarán mediante contratación (contrato, TC1 y TC2) o bien mediante prestación de servicios por parte de una empresa externa.

d) Gastos de ponentes o conferenciantes en materia cultural.

e) Material gráfico de divulgación.

f) Gastos en material fungible para la celebración de actividades.

g) Trofeos derivados de la participación en las actividades.

h) La entrega de obsequios en concepto de atenciones protocolarias.

i) Avituallamiento sólido o líquido, necesidad de que dentro del proyecto queden perfectamente justificados con el fin perseguido. Como ejemplo, entrega de desayuno saludable en una actividad con fines de salud, mejora de calidad de vida, etc.

j) Alquiler de equipamiento, suministro y material.

2. Deporte: Exhibiciones deportivas, campeonatos, competiciones, cursos de formación, escuelas deportivas, rutas cicloturistas y otras de similar carácter.

Son conceptos subvencionables:

a) Los relativos a material inventariable o equipamiento (equipos informático, mobiliario, etc..)

b) Los gastos corrientes de funcionamiento y mantenimiento de la sede, tales como recibos de agua, suministro eléctrico, teléfono, alquiler de sede, ...

c) Gastos de personal contratado para realizar las actividades previstas con sus respectivas retenciones fiscales, lo cual acreditarán mediante contratación (contrato, TC1 y TC2) o bien mediante prestación de servicios por parte de una empresa externa.

d) Gastos de ponentes o conferenciantes en materia deportiva.

e) Material gráfico de divulgación.

f) Trofeos derivados de la participación en las actividades.

g) La entrega de obsequios en concepto de atenciones protocolarias.

h) Gastos médicos y de asistencia sanitaria para las actividades deportivas.

i) Avituallamiento sólido o líquido, necesidad de que dentro del proyecto queden perfectamente justificados con el fin perseguido. Como ejemplo, entrega de agua y fruta en el desarrollo de una carrera popular o ruta ciclista.

j) Alquiler de equipamiento, suministro y material.

3. Acción social:

3.1 La realización de actividades que favorezcan el desarrollo de actitudes que permitan a las niños/as, adolescentes y personas mayores mantener un papel activo en la sociedad (talleres, escuela de padres, charlas, conferencias, etc...) y otras de carácter similar relacionadas con la formación.

3.2 Que tengan reflejo en la organización de actividades para determinados colectivos con problemas de marginación y diferenciados del conjunto de la sociedad, tales como discapacitados, enfermos de parkinson, alzheimer o fibromialgia, drogodependientes y otros de sectores de similar carácter.

3.3 La realización de proyectos de acción social y/o acogida destinados a núcleos de población procedentes de países en vías de desarrollo.

Son conceptos subvencionables:

a) Los relativos a material inventariable o equipamiento (equipos informático, mobiliario, etc..)

b) Los gastos corrientes de funcionamiento y mantenimiento de la sede, tales como recibos de agua, suministro eléctrico, teléfono, alquiler de sede, &

c) Gastos de personal contratado para realizar las actividades previstas con sus respectivas retenciones fiscales, lo cual acreditarán mediante contratación (contrato, TC1 y TC2) o bien mediante prestación de servicios por parte de una empresa externa.

d) Gastos de ponentes o conferenciantes en materia social.

e) Material gráfico de divulgación.

f) Gastos en material fungible para la celebración de actividades.

g) Trofeos derivados de la participación en las actividades.

h) La entrega de obsequios en concepto de atenciones protocolarias.

i) Avituallamiento sólido o líquido, necesidad de que dentro del proyecto queden perfectamente justificados con el fin perseguido. Como ejemplo, entrega de desayuno saludable en una actividad con fines de salud, mejora de calidad de vida, etc.

j) Alquiler de equipamiento, suministro y material.

B) En concreto se financiarán suministros, maquinaria y cualquier otro tipo de material que permita dar respuesta a la situación de crisis sanitaria-epidemiológica producida por la COVID19:

-Mascarillas protectoras.

-Guantes.

-Gel desinfectante.

-Mamparas.

-Cualquier otro elemento o equipamiento, que puedan integrar equipos de protección individual o colectiva que tengan por objeto la prevención y curación de enfermedades, así como el mantenimiento de la inmunidad sanitaria.

GASTOS NO SUVENCIONABLES

Se consideran gastos no subvencionables, en virtud de la presente Convocatoria de Subvenciones los siguientes:

a) Los derivados de actividades o proyectos que no estén incluidos expresamente en los fines de los estatutos de las entidades beneficiarias.

b) Los

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