Boletín nº 204 (27-10-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Posadas

Nº. 4.116/2021

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESION DE AYUDAS EXTRAORDINARIAS DEL APOYO AL TEJIDO EMPRESARIAL DE POSADAS AFECTADOS POR LAS CONSECUENCIAS DERIVADAS DE LA PANDEMIA OCASIONADA POR EL COVID 19

BDNS(Identif.): 590690

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/590690)

Extracto del acuerdo de fecha 15 de octubre de 2021adoptado por Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Posadas, por el que se aprueba la convocatoria de ayudas extraordinarias de apoyo al tejido empresarial de Posadas, para paliar los efectos económicos y sociales ocasionados como consecuencia de la pandemia del COVID-19 durante 2021.

BDNS: 590690

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios

Personas físicas trabajadoras por cuenta propia inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en Mutualidad Profesional correspondiente (autónomos, en adelante), las personas jurídicas (en adelante, empresas) y las comunidades de bienes que reúnan las condiciones establecidas en el artículo 2 de las Bases de la Convocatoria; excluyéndose de la convocatoria las actividades que hayan sido declaradas esenciales (artículo 1.2 de las Bases)

La Convocatoria de subvención tiene como finalidad proteger y apoyar el tejido empresarial y económico del municipio, subvencionándose los gastos estructurales y de funcionamiento que han sido soportados por el mismo pese a la carencia de ingresos provocada por la crisis sanitaria y económica generada por el COVID-19.

Segundo. Finalidad

La finalidad de la concesión de estas subvenciones es proteger y apoyar al tejido productivo y social de Posadas a fin de lograr que, una vez finalizado el periodo de cierre obligatorio o de limitación de actividad dictado por el Gobierno de España, se produzca lo antes posible la normalización de sus actividades y que durante dicho periodo, su cuenta de resultados se deteriore lo menos posible. Con estas medidas se pretende subvencionar los gastos estructurales de funcionamiento de la actividad que han sido soportados pese a la  disminución de ingresos ocasionada tras la entrada en vigor del citado RD 463/2020, así como contener la distorsión causada por la crisis sanitaria y económica que ha provocado el COVID-19.

Se pretende un refuerzo con el  objetivo de proteger el tejido productivo, que permita recuperar la confianza en la actividad económica. Medidas en favor de la recuperación y crecimiento de autónomos/as, empresas y comunidades de bienes ubicados en el municipio con el fin de garantizar el mantenimiento del empleo y el impulso al sector empresarial de la zona.

Medidas de apoyo al tejido empresarial que evite, en la medida de lo posible, el cierre de empresas y comercios, el aumento del desempleo en la localidad, y por consiguiente el incremento del riesgo de exclusión social de estos colectivos.

Las ayudas planteadas se fundamentan en la situación  excepcional y de crisis sanitaria provocada por el COVID-19. Dada su escasa cuantía y el formato de las mismas no generarán distorsiones en el mercado ni en el régimen de la libre competencia.

Tercero. Bases reguladoras

Bases reguladoras para la concesión de ayudas extraordinarias de apoyo al tejido empresarial de Posadas, afectado por la declaración del Estado de Alarma, para paliar los efectos económicos y sociales ocasionados como consecuencia de la Pandemia COVID-19.

Cuarto. Financiación

La cuantía destinada a atender estas ayudas asciende a un total de 90.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 433.480.83 Desarrollo empresarial-Subvenciones para el apoyo a los afectados Covid-19, quedando condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto vigente.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes a las que se refiere esta convocatoria será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Sexto. Otros datos

Las solicitudes y el resto de modelos oficiales (anexos) requeridos en estas Bases, se encontrarán a disposición de los interesados en el Tablón Electrónico y página web del Excmo. Ayuntamiento de Posadas, así como en el Registro de Entrada y en el Área de Desarrollo, en Plaza del Ayuntamiento y en C/ Miguel Hernández (Centro de Iniciativa Empresarial CIE-)

La solicitud se formalizará mediante instancia dirigida al Ilmo. Sr. Alcalde Presidente del  Ayuntamiento de Posadas, conforme al ANEXO I de las presentes Bases y se presentará en el Registro General del Ayuntamiento de Posadas o por alguno de los procedimientos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

A la solicitud (Anexo I) deberá adjuntarse la siguiente documentación:

EN EL SUPUESTO DE PERSONAS FÍSICAS:

Fotocopia de DNI de la persona solicitante.

EN EL SUPUESTO DE PERSONAS JURÍDICAS:

NIF de la sociedad.

Fotocopia de las escrituras de constitución y de sus posteriores modificaciones.

Poder de representación y DNI de la persona que ostente la representación legal.

EN EL SUPUESTO DE COMUNIDADES DE BIENES:

NIF de la comunidad.

Fotocopia de los estatutos.

DNI de todas las personas miembros.

EN CUALQUIERA DE LOS SUPUESTOS:

Certificado actualizado de situación en el censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, que indique la actividad económica, fecha de alta, el epígrafe, el domicilio fiscal, el local donde se desarrolla la actividad, en su caso y, las obligaciones fiscales periódicas que tiene el solicitante con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, emitido a partir del plazo establecido para la presentación de la solicitud de subvención.

Resolución/certificación del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (RETA) e informe de vida laboral del solicitante con fecha a partir del plazo establecido para la presentación de la solicitud de la subvención. Para el caso de mutualistas deberán presentar el alta correspondiente en su mutualidad alternativa.

Certificados actualizados de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal (AEAT) y autonómica (ATRIAN) y con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Este requisito debe cumplirse desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la fecha del pago de la subvención, en su caso.

Autorización para que el Ayuntamiento pueda realizar consulta en el Instituto de Cooperación con la Hacienda Local y comprobar, así, que se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Hacienda Local, conforme al modelo del Anexo II.

Documento bancario o similar que acredite el número y la titularidad de la cuenta corriente en donde efectuar el ingreso de la subvención. Se aceptará la presentación de cualquier documento (recibo, copia de la libreta de ahorro, etc.) que posibilite la identificación del número de cuenta y su titular.

En el caso de que el solicitante actúa con representante, se deberá aportar documento que acredite el apoderamiento correspondiente.

En el momento de formalizar la solicitud, el declarante se pronunciará expresamente sobre las siguientes cuestiones conforme al modelo del Anexo III:

Que su actividad económica no es una de las actividades que hayan sido declaradas ESENCIALES y que por tanto no se hayan visto afectadas por el cierre de establecimientos dispuesto por el RD 465/2020, de 17 de marzo, que modifica el artículo 10 del RD 463/2020, de 14 de marzo.

Que la persona solicitante asume el compromiso de destinar la subvención a la finalidad prevista.

Que la persona solicitante no está incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria y para ser receptora del pago establecido en la ley 38/2003, de 17 de noviembre y, en concreto en los apartados 2 y 3 del artículo 13 y el apartado 5 del artículo 34 de la misma.

Que la persona solicitante se compromete al cumplimiento de las obligaciones de las personas beneficiarias de subvenciones establecidas en el artículo 14 de la LGS.

Que la persona solicitante se compromete a la comunicación de subvenciones concedidas con anterioridad a la presentación de la subvención con la misma finalidad y el compromiso de comunicar a la mayor brevedad posible las ayudas obtenidas con posterioridad a la presentación de la solicitud y antes de la resolución de la misma.

La no presentación de la documentación exigida en el presente artículo será motivo de exclusión.

Las personas solicitantes que hayan sido beneficiarias de la subvención en convocatorias anteriores quedarán eximidas

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