Boletín nº 205 (28-10-2021)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Pozoblanco
Nº. 4.124/2021
Al no haberse presentado reclamaciones al acuerdo de Pleno, adoptado en sesión ordinaria de fecha 14 de septiembre de 2021, queda aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería GEX 8990/2021, por importe de 209.880,12 euros.
Para dar cumplimiento al artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se publica el contenido del mismo:
A) AMPLIACIÓN EN LAS APLICACIONES DEL PRESUPUESTO DE GASTOS:
Aplicación de gastos |
Denominación |
IMPORTE |
440.1640.63200 |
Cementerio. Edificios y otras construcciones. Nave de nichos |
209.880,12 € |
B) RECURSOS FINANCIEROS A UTILIZAR PARA FINANCIAR EL SUPLEMENTO DE CRÉDITO: REMANENTE DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES.
Aplicación de ingresos |
Denominación |
IMPORTE |
87000 |
Remanente de tesorería para gastos generales |
209.880,12 € |
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b) La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Citado expediente de suplemento de crédito financiado con remanente de tesorería para gastos generales queda expuesto al público por plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la provincia, durante cuyo plazo se admitirán las reclamaciones y sugerencias que se presenten por las personas y entidades a que se hace referencia en el artículo 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Pozoblanco, 20 de octubre de 2021. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Santiago Cabello Muñoz.