Boletín nº 206 (29-10-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de La Carlota

Nº. 4.185/2021

Don Antonio Granados Miranda, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota (Córdoba), hace saber:

Que por esta Alcaldía-Presidencia se ha dictado resolución número 3473, de fecha 22 de octubre de 2021, cuyo tenor literal es el siguiente:

«Expte. GEX número 9372-2021.

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Visto que por Resolución de Alcaldía número 2406, de 9 de julio de 2019, se aprobó estructurar los servicios del Ayuntamiento de La Carlota, entre otras, en el Área de Servicios Sociales, Igualdad, Empleo e Inserción Socio-Laboral, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 138, de fecha 22 de Julio de 2019.

Visto que por Resolución de Alcaldía número 2409, de fecha 9 de julio de 2019, se aprobó conferir delegaciones genéricas a favor de doña Gema María Baena Hernández, Quinta Teniente de Alcalde: Delegación de Servicios Sociales, Igualdad, Empleo e Inserción Socio-Laboral, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 138, de fecha 22 de julio de 2019.

Visto que doña Gema María Baena Hernández, está de baja por incapacidad temporal (enfermedad común), desde el día 20 de octubre de 2021.

Como consecuencia de lo anterior, resulta necesario avocar las delegaciones genéricas conferidas a doña Gema María Baena Hernández, del Área de de Servicios Sociales, Igualdad, Empleo e Inserción Socio-Laboral.

Atendido lo anterior y conforme a lo dispuesto en los artículos 9 y 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen Jurídico del sector público; artículo 114 y siguientes del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y demás normativa concordante, he tenido a bien dictar la siguiente RESOLUCIÓN:

PRIMERO. Avocar a favor del Sr. Alcalde-Presidente, las delegaciones efectuadas por resolución de Alcaldía número 2409, de fecha 9 de julio de 2021, a doña Gema María Baena Hernández, referentes a la Delegación de Servicios Sociales, Igualdad, Empleo e Inserción Socio-Laboral, mientras persista la situación, por ostentar el mismo la competencia originaria.

SEGUNDO. Notificar la presente resolución a doña Gema María Baena Hernández, para su conocimiento y efectos, haciéndole saber que contra el acuerdo de avocación no cabe recurso.

TERCERO. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente al de la fecha de la misma.

CUARTO. Dar traslado de los presentes acuerdo al Negociado de Personal, al Negociado de Nóminas y a la Intervención de Fondos del Ayuntamiento, para su conocimiento y efectos oportunos.

QUINTO. Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno de la Corporación en la siguiente sesión que celebre.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente, en La Carlota (Córdoba).

Por la Secretaría se toma razón, para su transcripción en el Libro de Resoluciones, a los efectos de garantizar su integridad y autenticidad (Art. 3.2 RD 128/2018, 16 marzo). El Alcalde, Fdo.: Antonio Granados Miranda., La Secretaria General, Fdo.: Mª del Carmen Molina Cantero. Firmado Electrónicamente.»

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos oportunos.

La Carlota, 22 de octubre de 2021. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Antonio Granados Miranda.

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