Boletín nº 207 (02-11-2021)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 4.201/2021

El Pleno de esta Excma. Diputación Provincial de Córdoba, en sesión celebrada el día 20 de octubre de 2021, aprobó la Modificación del Plan Provincial Plurianual de Cooperación a las obras y servicios municipales 2020-2023, atendiendo a la petición efectuada por el Ayuntamiento de El Carpio, en el siguiente sentido:

Primero. Modificar el Plan Provincial Plurianual de Cooperación a las obras y servicios municipales 2022-2023, atendiendo a la petición efectuada por el Ayuntamiento de El Carpio, en el siguiente sentido:

a) Anular la actuación denominada MEJORA DE LAS REDES DE ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO Y REFORMA INTEGRAL DE LA CALLE EL COLEGIO, por importe de 409.238,00 €, con el sistema de ejecución de contratación por la Entidad Local.

b) Incluir dos nuevas actuaciones:

-SUSTITUCIÓN DE LAS REDES DE ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO Y REMODELACIÓN DE LA C/ EL COLEGIO, por importe de 267.030,14 €, con el mismo sistema de ejecución de contrata por la Entidad Local.

-MEJORA DE LAS REDES DE ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO Y REFORMA INTEGRAL DE LA PLAZA DE EL TRIUNFO, por importe de 142.207,85 €, con el mismo sistema de ejecución de contrata por la Entidad Local.

Quedando, las actuaciones del Plan Provincial 2022-2023, como a continuación se indica:

DENOMINACIÓN

ACTUACIÓN

1 ER BIENIO

2º BIENIO

TOTAL

ACTUACIÓN

SISTEMA

EJECUCIÓN

SUBVENCIÓN

APORTACIÓN

LOCAL

SUBVENCIÓN

APORTACIÓN

LOCAL

SUSTITUCIÓN DE LAS REDES DE ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO Y REMODELACIÓN DE LA C/ EL COLEGIO

267.030,14

0,00

267.030,14

CONTRATA

ENTIDAD LOCAL

MEJORA DE LAS REDES DE ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO Y REFORMA INTEGRAL DE LA PLAZA DE EL TRIUNFO

142.207,85

0,00

142.207,85

CONTRATA

ENTIDAD LOCAL

Segundo. El sistema de ejecución de las nuevas actuaciones, es el de licitación y contratación por la Entidad Local, debiendo dar cumplimiento a las siguientes condiciones, de conformidad con lo dispuesto en los Criterios de Elaboración y Aprobación del mencionado Plan Provincial:

a) La ejecución de las obras se ajustará a la normativa vigente, en especial a lo dispuesto en la normativa que regula la Contratación en el Sector Público, y en el RD 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas sobre Seguridad y Salud en las obras de construcción. La dirección y coordinación de seguridad y salud se llevará a cabo por técnico legalmente capacitado y que libremente designe la Entidad Local, debiendo asimismo comunicar dicha designación a esta Diputación Provincial.

b) La Entidad Local deberá efectuar la licitación y adjudicación de las obras conforme al proyecto aprobado, por un presupuesto máximo igual a la cantidad aprobada, ya que cualquier exceso sobre esta cantidad correrá a cargo exclusivo de la Entidad Local. Una vez efectuada la adjudicación, se remitirá el correspondiente acuerdo a la Diputación Provincial. En ningún caso podrán fraccionarse las obras a licitar y, por consiguiente, fragmentar el contrato a celebrar.

c) La supervisión de los Proyectos, los documentos técnicos redactados y la ejecución de las obras corresponden a los Servicios Técnicos de esta Diputación Provincial que, en su momento, designarán al técnico supervisor, debiendo la Entidad Local comunicar, en todo caso, el inicio y finalización de la actuación, así como cualquier incidencia de interés que acontezca en la obra (tales como Modificados, etc).

d) El pago de las aportaciones que financian las obras se podrá realizarse con carácter anticipado a la realización y/o justificación de la actuación, siempre que exista disponibilidad presupuestaria, no pudiendo licitar las obras hasta que no hayan sido supervisados los Proyectos Técnicos correspondientes por los Servicios Técnicos de esta Diputación Provincial.

e) La justificación de la asignación económica otorgada deberá aportarse a la finalización de las actuaciones, debiendo de remitir la documentación que se especifica en el articulo 14 de los Criterios de Elaboración y Aprobación del mencionado Plan Provincial.

f) Toda la documentación técnica remitida por las Entidades Locales será supervisada por los Servicios Técnicos de la Diputación Provincial de Córdoba.

g) El Ayuntamiento asume la responsabilidad exclusiva del cumplimiento de los plazos legales de abono a los contratistas adjudicatarios de las correspondientes certificaciones de obra.

Tercero. Seguir la tramitación establecida en el artículo 32 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y en su consecuencia, publicar el citado acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de posibles alegaciones o reclamaciones, durante el plazo de 10 días.

Este documento lo firma electrónicamente en Córdoba, 26 de octubre de 2021, el Diputado Delegado de Cohesión Territorial, Juan Díaz Caballero.

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