Boletín nº 208 (03-11-2021)
VIII. Otras Entidades
Gerencia Municipal de
Urbanismo
Córdoba
Nº. 4.120/2021
La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 6 de septiembre de 2021, adoptó, entre otros, el acuerdo del tenor literal siguiente:
PRIMERO. Aprobar Inicialmente el documento de INNOVACIÓN-MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN PARCIAL O-5 Camino de Turruñuelos en el ámbito de la PARCELA 1.1, promovido por la entidad mercantil FUNDACIÓN CONSTRUCTORA DE VIVIENDAS CONVISUR E.B.C.; y con códigos seguros de verificación:
24a583da990e285f6d63d2e38c791b94435cd7ab y
dce3128ecdb32dc2bd128281d599ddfa080f2a69, redactado por los arquitectos don Antonio Ruiz Roldán y don Jesús Fernández Martínez.
SEGUNDO. Proceder a la apertura de un periodo de información pública por un plazo de un mes, mediante inserción de anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia, Prensa Local, Tablón de anuncios del Ayuntamiento y notificación personal al promotor y al resto de propietarios de terrenos de la Parcela 1.1, tanto a las que figuren el en Registro de la Propiedad como en el Catastro, debiendo hacer constar en el expediente, antes de la formalización efectiva de la información pública, la identidad de todos los propietarios o titulares de otros derechos reales sobre las fincas afectadas durante los cinco años anteriores a la aprobación inicial de aquél, según conste en el registro o instrumento utilizado a efectos de notificaciones a los interesados de conformidad con la legislación en la materia, en cumplimiento del artículo 70.ter.c) de la LRBRL, y de conformidad con lo previsto en el punto 8 del informe emitido por el Departamento de Planeamiento, de 23 de julio de 2021, con CSV:
70760f47e6a8e177a1d8611b942fffe7b76e747f.
TERCERO. Solicitar, durante el trámite de información pública, informe de la Delegación Territorial de Córdoba de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, que deberá emitirse en el plazo de un mes desde la solicitud, acompañada del correspondiente instrumento de planeamiento. Transcurrido el plazo sin haber emitido informe o si el informe se emite fuera de plazo es de aplicación el artículo 80.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Córdoba, 15 de octubre de 2021. Firmado electrónicamente por el Gerente, Luis Valdelomar Escribano.