Boletín nº 212 (09-11-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Fuente Palmera

Nº. 4.224/2021

Don Francisco Javier Ruiz Moro, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Fuente Palmera (Córdoba), hace saber:

Que por Resolución de Alcaldía nº 2683/2021, de fecha 19 de octubre, se inicia el procedimiento para el ejercicio de la potestad de investigación relativo al Camino de las Balbuenas, que se presume de titularidad municipal, al objeto de su inclusión en el Inventario Municipal de Caminos Públicos.

El camino en cuestión se situa entre las coordenadas, referidas al sistema geodésico de referencia ETRS89 y proyección UTM en el huso 30: Oeste (X: 312.202, Y: 4.173.159); Este (X: 315.988, Y: 4.173.435).

El camino parte en dirección noreste de la carretera provincial CO-4311, desde la que se accede. Frente a este acceso, se sitúa la entrada al actual camino público de referencias catastrales Polígono 6, Parcela 9008, denominado en el Inventario de caminos como Calle Divisoria Fundacional nº 10 y cuya toponimia en el Mapa Topográfico de Andalucía corresponde al Camino de las Balbuenas. Por tanto, con independencia de la situación jurídica de los dos tramos de camino aludidos, existe una vía de comunicación que pierde su continuidad al ser atravesada por la carretera provincial, pero que une explotaciones a uno y otro lado de la misma y que comunica estas con la carretera.

Desde el punto de acceso anteriormente referido, el camino se dirige a través de la parcela 6-70 hasta el vértice sureste de la 6-89. Posteriormente discurre entre las parcelas 24 y 26 hasta cruzar el arroyo Cantalapiedra, sin existir, para ello, obra de paso alguna, por lo que el mismo se realiza con dificultad y a través de un vado inundable realizado por el propio tránsito.

En este punto el camino continúa hasta la intersección entre los caminos del Castillo (6-9006) y Camino de Servicio (6-9013), ambos incluidos en el inventario de caminos de Fuente Palmera.

Lo que se hace público para general conocimiento de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 126 del Decreto 18/2006, de 24 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, para que todas las personas interesadas puedan alegar cuanto estimen conveniente a su derecho, aportar los títulos y documentos en que pretendan fundarlo, instar la apertura de un período de prueba y solicitar la práctica de las que consideren necesarias y los medios de los que intenten valerse, en un plazo de veinte días, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Fuente Palmera (Córdoba), 26 de octubre de 2021. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Francisco Javier Ruiz Moro.


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