Boletín nº 220 (19-11-2021)
VI. Administración Local
Diputación de Córdoba
Nº. 4.475/2021
Mediante Decreto núm. 10913/2021 de fecha 15 de noviembre de 2021, he dictado lo que sigue:
En el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba núm. 211, de fecha 8 de noviembre de 2021, se han publicado las bases de convocatoria de proceso selectivo para cubrir, mediante el sistema de concurso-oposición, las necesidades temporales de personal en el Departamento de Ediciones, Publicaciones y BOP de la Diputación Provincial de Córdoba, en las categorías de Oficial 1ª Máquinas, Oficial 1ª Encuadernador y Oficial 1ª Maquetador/ Diseñador, mediante Anuncio núm. 4.260/2021.
Detectado error por omisión en la Base 8, apartado b) Fase de concurso, subapartado b1. Experiencia Profesional y de conformidad con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de Administraciones Públicas, se procede a su rectificación.
DONDE DICE:
b.1. Experiencia Profesional:
Hasta un máximo de 5 puntos, de conformidad con el siguiente baremo:
-Por cada mes completo de servicios prestados en cualquiera de las Administraciones Públicas Locales, incluidos sus Organismos Autónomos y Empresas Públicas dependientes, en categoría igual a la que se aspira: 0,10 puntos.
-Por cada mes completo de servicios prestados en el resto de las Administraciones Públicas, incluidos sus Organismos Autónomos y Empresas Públicas dependientes, en categoría igual a la que se aspira: 0,06 puntos.
-Por cada mes de servicios prestados en empresas privadas en categoría igual a la que se aspira: 0,05 puntos.
No se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados. Tampoco se computarán los servicios realizados mediante contratos para trabajos específicos, como personal eventual, de consultoría o asistencia o en régimen de colaboración social. Los servicios prestados a tiempo parcial se valorarán proporcionalmente.
La experiencia profesional en Administraciones Públicas se justificará mediante informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social y certificación expedida por el órgano competente, donde debe constar la denominación del puesto de trabajo que ocupa o haya ocupado, con expresión del tiempo que ha venido desempeñando y relación jurídica que ha mantenido o mantiene en el desempeño del mismo. La experiencia profesional en el ámbito de la Diputación Provincial de Córdoba se acreditará, mediante informe de vida laboral y certificado, que se emitirá de oficio cuando las personas interesadas lo hubiesen alegado en su solicitud.
DEBE DECIR:
b.1. Experiencia Profesional:
Hasta un máximo de 5 puntos, de conformidad con el siguiente baremo:
-Por cada mes completo de servicios prestados en cualquiera de las Administraciones Públicas Locales, incluidos sus Organismos Autónomos y Empresas Públicas dependientes, en categoría igual a la que se aspira: 0,10 puntos.
-Por cada mes completo de servicios prestados en el resto de las Administraciones Públicas, incluidos sus Organismos Autónomos y Empresas Públicas dependientes, en categoría igual a la que se aspira: 0,06 puntos.
-Por cada mes de servicios prestados en empresas privadas en categoría igual a la que se aspira: 0,05 puntos.
No se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados. Tampoco se computarán los servicios realizados mediante contratos para trabajos específicos, como personal eventual, de consultoría o asistencia o en régimen de colaboración social. Los servicios prestados a tiempo parcial se valorarán proporcionalmente.
La experiencia profesional en Administraciones Públicas se justificará mediante informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social y certificación expedida por el órgano competente, donde debe constar la denominación del puesto de trabajo que ocupa o haya ocupado, con expresión del tiempo que ha venido desempeñando y relación jurídica que ha mantenido o mantiene en el desempeño del mismo. La experiencia profesional en el ámbito de la Diputación Provincial de Córdoba se acreditará, mediante informe de vida laboral y certificado, que se emitirá de oficio cuando las personas interesadas lo hubiesen alegado en su solicitud.
La experiencia profesional fuera del ámbito de la Administración Pública deberá justificarse en todo caso mediante el informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social. A él se unirá cualquiera de los siguientes documentos:
1. Contrato de trabajo registrado en el Servicio de Empleo de la Comunidad Autónoma correspondiente.
2. Certificado de Empresa en modelo oficial.
3. TC2.
4. Cualquier otro documento que permita conocer el periodo y la categoría profesional en la que se prestaron los servicios.
Solo será tenida en cuenta la experiencia profesional, debidamente acreditada, adquirida con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Se consideran válidas las solicitudes presentadas en la convocatoria publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, de 8 de noviembre de 2021, salvo que las mismas sean modificadas mediante presentación de nueva solicitud y documentación, a tenor de la corrección por omisión indicada en el baremo de méritos, en el plazo habilitado al efecto, que será de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación del anuncio de rectificación, en la forma indicada en la Base 3ª.
Lo que se publica para general conocimiento.
Córdoba, 16 de noviembre de 2021. Firmado electrónicamente por el Diputado Delegado de Recursos Humanos, Esteban Morales Sánchez.