Boletín nº 226 (29-11-2021)

VI. Administración Local

Mancomunidad de La Subbética
Córdoba

Nº. 4.558/2021

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA.

SUMARIO

Acuerdo de Junta General de la Mancomunidad de Municipios de la Subbética Cordobesa por el que se aprueba inicialmente el expediente de modificación de créditos del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería.

TEXTO

La Junta General de la Mancomunidad de Municipios de la Subbética, en sesión ordinaria, celebrada el día 20 de octubre de 2021, acordó la aprobación inicial del expediente de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería.

Aprobado inicialmente el expediente crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, por Acuerdo de Junta General, de fecha 20 de octubre de 2021, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se sometió a información pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en este Boletín Oficial de la Provincia. No habiéndose presentado reclamaciones se entiende a elevado con carácter definitivo si bien requiere publicación del resumen por capítulos de la modificación de crédito.

Altas en aplicaciones de gastos

Aplicación

Descripción

Créditos

iniciales

Crédito

extraordinario

Créditos

finales

Económica

Progr.

62301

430

INSTALACIONES DESMONTABLES

0 euros

20.000 euros

20.000 euros

62302

920

INSTALACIONES TÉCNICAS ENERGÉTICAS

0 euros

12.300 euros

12.300 euros

TOTAL

0 euros

32.300 euros

32.300 euros

2º FINANCIACIÓN

Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:

Altas en Concepto de Ingresos

Aplicación económica

Descripción

Euros

Cap.

Art.

Conc.

REMANENTE DE TESORERÍA

32.300 euros

8

87

870

TOTAL INGRESOS

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

A fecha de la firma electrónica Sr. Presidente de la Mancomunidad.

Carcabuey, 22 de noviembre de 2021. Firmado electrónicamente por el Presidente de la Mancomunidad de la Subbética, Lope Ruiz López.

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