Boletín nº 227 (30-11-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Benamejí

Nº. 4.575/2021

Doña Carmen Lara Estepa, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Benamejí, Córdoba, hacer saber:

Que en sesión extraordinaria urgente, celebrada por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 11 de noviembre de 2021, y en relación con el punto del día que se cita, se adoptó el siguiente ACUERDO cuya parte dispositiva se relaciona:

2. PROPUESTA ALCALDÍA SOBRE APROBACIÓN E INCORPORACIÓN ANEXO I Y VI DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BENAMEJÍ PARA LA PRESTACIÓN, CON CARACTER SUPRAMUNICIPAL Y A TRAVÉS DE EMPROACSA, DEL CICLO INTEGRAL DEL AGUA.

PRIMERO. Levantar, por los motivos expuestos, el reparo formulado por la Secretaría-Intervención, de fecha 10 de noviembre de 2021, procediendo en consecuencia la continuidad del expediente y asumiendo el compromiso de incluir los créditos adecuados y suficientes para financiar las obligaciones en los presupuestos correspondientes.

SEGUNDO. Aprobar los Anexos I y VI e incorporarlos al Convenio de Cooperación entre la Excma. Diputación Provincial de Córdoba y el Ayuntamiento de Benamejí, para la prestación, con carácter supramunicipal y a través de EMPROACSA, del Ciclo Integral del Agua, aprobado en sesión plenaria de esta Corporación, de fecha 29 de septiembre de 2021.

TERCERO. Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en el Tablón de anuncios electrónico y en el Portal de Transparencia de este Ayuntamiento.

CUARTO. Facultar a la Alcaldía para llevar cuantas gestiones sean necesarias para su firma y para cuantos documentos sean necesarios en relación con este asunto.

QUINTO. Dar traslado de este acuerdo a la Excma. Diputación Provincial de Córdoba a los efectos oportunos.

Anexos:

ANEXO I

Aportación municipal del Ayuntamiento de Benamejí.

El Ayuntamiento realizará una aportación por el importe de las cuotas de depuración y/o vertido, correspondientes a la tarifa de la Empresa Provincial de Aguas de Córdoba (o EMPROACSA) SA, por la prestación del servicio supramunicipal de gestión del ciclo integral hidráulico, que se facture a los abonados del municipio con excepción de los suministros municipales.

En las facturas que EMPROACSA emita a los abonados por la prestación del servicio supramunicipal de gestión del ciclo integral hidráulico se incluirá la deducción correspondiente a la citada aportación.

Tras la emisión de cada una de las remesas de facturación, EMPROACSA emitirá al Ayuntamiento de Benamejí una factura por el importe de la aportación deducida en las facturas emitidas a los abonados en cada período facturado, siendo el plazo de pago de la misma de 30 días desde su fecha de emisión.

En el caso de que no se efectuará el pago en el plazo fijado, será de aplicación lo establecido en la Cláusula 16ª del presente Convenio. En caso de no poderse recuperar por esta vía se procederá a la recuperación en las facturas de los abonados de las deducciones no atendidas.

El Ayuntamiento podrá reducir el importe de la citada aportación previa comunicación a EMPROACSA con dos meses de antelación a la de la entrada en efecto de la minoración.

El importe de la deducción de la aportación en la cuota de depuración en las facturas por reclamaciones será, en cada caso, la vigente en el período de lectura al que se refiera la reclamación.

ANEXO VI

PERSONAL ADSCRITO AL SERVICIO

En aplicación del presente Convenio Interadministrativo, EMPROACSA procede a la contratación laboral del siguiente trabajador adscrito al Servicio Municipal de Aguas de Benamejí, que pasará a regir sus relaciones laborales por el Convenio Colectivo de Aguas de Córdoba-EMPROACSA:

Don Antonio Molero Pinto, con DNI (***2357**), con la categoría de Administrativo Base.

La relación laboral del citado trabajador con EMPROACSA tendrá vigencia mientras que esta entidad sea la encargada de la prestación del servicio del Ciclo Integral del Agua en el municipio de Benamejí. En el supuesto de que el servicio revierta al Ayuntamiento de Benamejí se producirá el cese de su contrato de trabajo con EMPROACSA. En este caso, el trabajador meritado se reincorporará a la plantilla de personal de este Ayuntamiento manteniendo las mismas condiciones que tuviese con EMPROACSA en el momento de producirse el cese.

Benamejí, a 19 de noviembre de 2021. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Carmen Lara Estepa.

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