Boletín nº 229 (02-12-2021)
IV. Junta de Andalucia
Delegación del
Gobierno en Córdoba
Secretaría General Provincial de la Consejería de
Hacienda y Financiación Europea
Nº. 4.431/2021
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN CÓRDOBA POR LA QUE SE CONCEDE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE ALTA TENSIÓN.
Expte. AT 34/071
ANTECEDENTES
PRIMERO: Con fecha 21 de junio de 2021, don FRANCISCO VALENZUELA ROMERO, en nombre y representación de ENDESA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA SL (unipersonal), con domicilio a efectos de notificación en Carretera del Aeropuerto Km. 2,1. 14005 Córdoba, solicita ante esta Delegación la Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción para la instalación eléctrica de media tensión recogida en el proyecto, suscrito por técnico competente y visado por el colegio profesional correspondiente, denominado PROYECTO ADECUACIÓN DE POSICIONES EXISTENTES A POSICIONES BLINDADAS CON CÓDIGO, REMONTE LONGITUDINAL-4 (323), BAT. COND 2 (352), NUDO D (374), REMONTE SECC. MEDIDA (322) Y PRESA (373) NECESARIAS PARA LA NUEVA POSICIÓN LÍNEA AUTOPRODUCTOR (375) PFV SOLAR CAMPIÑA DOS en la Subestación de Córdobilla, en el término municipal de Puente Genil modificando el expediente AT 34/71.
SEGUNDO: En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades y preceptos legales aplicables y en concreto los trámites previstos en el Título VII, Capítulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley del Sector Eléctrico.
En este sentido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, se sometió el expediente al trámite de información pública, insertándose a tal efecto anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 172, de fecha 9 de septiembre de 2021. Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 13.1 e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, se publicó el proyecto de la actuación en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, sin que se produjesen alegaciones en el plazo legalmente establecido.
TERCERO: Por el departamento de Energía ha sido emitido informe favorable a la Autorización Administrativa Previa y a la Autorización Administrativa de Construcción.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO: Esta Delegación es competente para la tramitación y resolución del presente expediente, según lo dispuesto en los artículos 1 y siguientes, y demás concordantes, de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en relación con los Reales Decretos 1091/1981, de 24 de abril y 4164/82, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias a la Junta de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, artículo 49 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 116/2020, de 8 de septiembre, por el que establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, modificado por el Decreto 122/2021, de 16 de marzo, y el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, así como la Resolución de 9 de marzo de 2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas por la que se delegan determinadas competencias en materia de autorizaciones de instalaciones eléctricas.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general ampliación, el Servicio de Industria, Energía y Minas de esta Delegación, PROPONE:
Conceder la Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción a Edistribución Redes Digitales SL (unipersonal), para la reformas de las instalaciones según proyecto presentado, y cuyas principales características se describen a continuación:
DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
-Parque 25 kV:
Tipo: Cabinas interior blindadas aisladas en gas SF6.
Esquema: Simple Barra.
Alcance: Instalación de las siguientes posiciones nuevas:
1 posición de salida de línea autoproductor PFV (H28).
1 posición de acople de barras con interruptor (H29).
1 posición de remonte de barras con seccionar y medida (H025).
Modificación de tecnología posiciones existentes:
1 posición de salida de línea PRESA (H024).
1 posición de Bateria de Condensadores 2 (H027).
1 posición de salida de línea NUDO D (H026).
Sistema de control y protección existente, compuesto por remota y sistema protectivo que se ampliará con nuevos equipos con motivo de la ampliación de la salida de línea de 66 kV, objeto de este proyecto.
El titular de la instalación deberá cumplir con las condiciones que en la normativa anteriormente citada se establecen y con las especiales siguientes:
Esta autorización sólo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación y se otorga a reserva de las demás autorizaciones, permisos y licencias que sea necesario obtener de otros Organismos y Administraciones en el ejercicio de sus competencias, cuyos condicionantes habrán de respetarse; y a salvo de los legítimos derechos e intereses de terceros.
Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.
El plazo de puesta en marcha será de 24 meses contados a partir de la presente Resolución.
El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Territorial, a efectos de su reconocimiento definitivo y la extensión de acta de puesta en servicio. Se adjuntará a la solicitud de puesta en servicio certificado de dirección final de obra suscrito por técnico facultativo competente, el certificado de la empresa instaladora de alta tensión que ha ejecutado la instalación y, en su caso, documento de cesión a empresa distribuidora.
Durante la ejecución del proyecto, y en su explotación, se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación.
La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma.
En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
PROPUESTO:
El Jefe de Servicio de Industria, Energía y Minas
Fdo. Ángel Antonio Bravo Molina.
Vista la anterior PROPUESTA DE RESOLUCIÓN, esta DELEGACIÓN RESUELVE ELEVARLA A DEFINITIVA:
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación/notificación de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
RESUELVE:
Córdoba, 9 de noviembre de 2021. Firmado electrónicamente por el Delegado del Gobierno, Antonio Jesús Repullo Milla.