Boletín nº 229 (02-12-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Alcaracejos

Nº. 4.662/2021

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria, celebrada el día 26/11/2021, acordó la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ASISTENCIA Y ESTANCIA EN CENTROS, RESIDENCIAS DE ANCIANOS Y OTROS ESTABLECIMIENTOS DE NATURALEZA ANÁLOGA.

Se modifica el articulo 6. Cuota tributaria. a) Tasa por asistencias y estancias en hogares y residencias de ancianos.

CENTRO

COSTE/DÍA

COSTE/MES

Residencia de Mayores Antonio Mansilla

34 €

1.020 €

Centro Andaluz de Alzheimer

47,33 €

1.420 €

Unidad Comarcal de Estancia Diurna UED

22 € s/t

27 € s/t

25 € cena s/t

-

Servicio de baño

-

30 € (2 baños/semana

Asistencia a talleres UED o Centros

(El número de plazas estará supeditado a las posibilidades de atención en los centros)

-

150 €

1,5 horas diarias de Lunes a viernes

Reserva de Plaza

50%

Servicio de comida en el Centro para acompañantes

Desayuno 2 €

Comida 7 €

Cena 7 €

Servicio de comida en el Centro para > 65 años y discapacitados 60 años

Desayuno 2 €

Comida 5,5 €

Cena 5,5 €

Servicio de Comida al exterior para pensionistas o discapacitados

Desayuno 2 €

Comida 5,5 €

Cena 5,5 €

Servicio de Fisioterapia y Psicología

15 € sesión

10 € sesión para > 65 años o pensionistas

BONIFICACIÓN. Se establece el 100% en el Servicio de Fisioterapia y Psicología al personal contratado por el Patronato Municipal Alcavise.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://alcaracejos.sedelectronica.es].

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

Acaracejos, 30 de noviembre de 2021. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, José Luis Cabrera Romero.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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