Boletín nº 234 (13-12-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba

Nº. 4.752/2021

Expediente n.º: 3469/2021.
Bases que han de regir la convocatoria y el proceso de selección.
Procedimiento: Selecciones de Personal y Provisiones de Puestos.

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA-PRESIDENCIA.

Antecedentes de hecho.

ÚNICO. Aprobación de las bases selectivas para la conformación de una bolsa de DINAMIZADOR DEL CENTRO DE INICIATIVAS EMPRESARIALES, del Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba, para cubrir las necesidades que pudieran surgir mediante nombramiento como funcionario interino para, cubrir temporalmente el puesto de trabajo.

Fundamentos de derecho.

I

Que en cuanto a la competencia para la aprobación de las bases, le corresponde a la Alcaldía-Presidencia, de conformidad con lo establecido en el art. 21.1.g).- de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

II

Que en cuanto al fondo del asunto, resulta aplicable lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, así como la Orden APU/1461/2002, de 6 de junio, por la que se establecen las normas para la selección y nombramiento de personal funcionario interino (BOE núm. 134, de 15 de junio de 2002).

Visto cuanto antecede, los datos y documentos obrantes en el expediente administrativo, y las atribuciones que me confiere el ordenamiento jurídico,

RESUELVO:

PRIMERO. Aprobar las bases selectivas para la conformación de una bolsa como funcionario interino, a media jornada, Dinamizador del Centro de Iniciativas Empresariales del Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba, grupo A2, escala de administración general, mediante concurso de méritos.

SEGUNDO. Publicar la presente RESOLUCIÓN, aprobatoria de las bases selectivas, para la conformación de una bolsa de DINAMIZADOR DEL CENTRO DE INICIATIVAS EMPRESARIALES, (CIE), del Ayuntamiento de Villanueva, grupo A2, en el Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba, en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, así como en los medios de difusión habituales.

TERCERO. Contra esta RESOLUCIÓN, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, contador a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con los artículos 8.6 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, sin perjuicio de que alternativamente pueda interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante Ssª. Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba, en cuyo caso no cabrá interponer rel recurso contencioso-administrativo en tanto no recaiga resolución expresa o presunta, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112.1 y 123 y ss. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro que estime pertinente.

BASES

1. Objeto de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la aprobación de las bases selectivas para la conformación de una bolsa de DINAMIZADOR DEL CENTRO INICIATIVAS EMPRESARIALES del Ayuntamiento de Villanueva, para nombramientos como funcionario interino, al amparo de lo establecido en el 10.1.c).- del EBEP, mediante el sistema de acceso a través del procedimiento de selección de concurso, de una (1) plaza denominada Dinamizador del Centro de Iniciativas Empresariales, grupo A2.

1.2. La duración del nombramiento, y por tanto de la posterior bolsa, queda supeditado a recepción de la subvención que se concede al Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba para el mantenimiento de los centros de Iniciativas Empresariales, por parte de la diputación Provincial de Córdoba, en relación a lo dispuesto en el art. 10.1.c).- del EBEP.

1.3. Funciones y características del puesto. Con el grado de responsabilidad, dificultad y complejidad del nivel de formación exigido para la provisión del puesto de trabajo, realiza funciones de Implementación, control evaluación y mejora continua del plan de acción contemplado en el plan director para la dinamización de la Red de CIEs de la provincia de Córdoba, destacando las siguientes:

-Diseño de actividades que faciliten el desarrollo de las estrategias planteadas en el Plan Director, para la dinamización de la Red de CIEs, de la provincia de Córdoba.

-Será el responsable técnico de la movilización, promoción y captación de iniciativas empresariales emprendedoras, a través de recursos de los municipios, para su integración en programas activos, así como en el desarrollo de iniciativas innovadoras.

-Deberá ser el enlace entre el CIE y los agentes económicos y sociales del territorio, así como su inclusión y participación.

-Establecer y en su caso mejorar los canales de comunicación permanente con los usuarios, trasladando sus necesidades a las unidades de gestión del CIE.

-Será el responsable de la captación de nuevas necesidades para la mejora de los programas del plan de acción.

-Entre sus objetivos estará el contribuir a que el CIE, sea un centro de referencia en la realidad socio-económica de la comarca.

-Organizar y gestionar, en el marco del Plan Director para la dinamización de la Red CIEs de la provincia de Córdoba, los programas, proyectos y actividades a desarrollar en el CIE.

-Seguir las directrices del Ayuntamiento, en coordinación con la unidad de Gestión del propio CIE y de la Red de Centros, para la aplicación de los acuerdos que se adopten.

-Colaborar aportando nuevas ideas que contribuyan al mejor funcionamiento del Centro y de la Red de Centros.

-Cumplir con las obligaciones en lo que respecta a las labores de gestión del centro y que le sean encomendadas.

-Prospección de recursos ociosos o infrautilizados, de proyectos empresariales de promoción económica local e iniciativas, para la generación de empleo en el ámbito comarcal.

-Difusión y estímulo de potenciales oportunidades, de creación de actividad, entre personas desempleadas, promotoras y emprendedoras, así como instituciones colaboradoras.

Cualquiera otras funciones análogas o conexas con las anteriores que, su superior le encomiende, en atención a la categoría profesional y/o especialidad del propio puesto, al objeto de que la Corporación pueda prestar eficaz y eficientemente los servicios públicos que le competen, dando cumplimiento a la satisfacción del interés general.

2. Legislación aplicable.

Las presentes Bases se regirán por lo dispuesto en Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, así como la Orden APU/1461/2002, de 6 de junio, por la que se establecen las normas para la selección y nombramiento de personal funcionario interino (BOE núm. 134, de 15 de junio de 2002).

Las bases vinculan al Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba como Administración convocante, al Tribunal y a quienes participen en las mismas. Las convocatorias o sus bases, una vez publicadas, solamente podrán ser modificadas con sujeción estricta a las normas de la Le

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