Boletín nº 237 (16-12-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 4.780/2021

Don José Alberto Alcántara Leonés, Titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, certifico:

Que la Junta de Gobierno Loca, en sesión ordinaria celebrada el día siete de diciembre de dos mil veintiuno, en turno de urgencias, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:

N.º 1168/21. GESTIÓN TRIBUTARIA. MOCIÓN DEL SR. TENIENTE DE ALCALDE DELEGADO DE HACIENDA, PARA LA CREACIÓN DE LA SEDE ELECTRÓNICA ASOCIADA OFICINA VIRTUAL DEL ÓRGANO DE GESTIÓN TRIBUTARIA DEL AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA, DEL REGISTRO ELECTRÓNICO AUXILIAR DEL ÓRGANO DE GESTIÓN TRIBUTARIA Y DE LA OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA ESPECIALIZADA DEL ÓRGANO DE GESTIÓN TRIBUTARIA.

Examinado el expediente tramitado al efecto; vistos y conocidos los informes obrantes en el mismo, y una vez declarada la Urgencia del asunto, justificada en la necesidad de avanzar administrativamente en la puesta en marcha de la Sede y el Registro, fundamentales para poder dar un adecuado servicio a los ciudadanos en materia tributaria, la Junta de Gobierno Local, de conformidad con la Moción que más arriba consta, adoptó los siguientes acuerdos:

PRIMERO. Autorización de la creación de la sede electrónica asociada Oficina Virtual del Órgano de Gestión Tributaria.

Atendiendo a las razones técnicas y organizativas y en aras a la eficacia y eficiencia que debe perseguir la administración pública y la mejor prestación de servicios a los ciudadanos se autoriza la creación de una sede electrónica asociada, denominada Oficina Tributaria Virtual, con la finalidad de insertar en la misma el catálogo de procedimientos y servicios relacionados con la gestión de ingresos, recaudación e inspección desarrollada por el Ayuntamiento de Córdoba y su sector público institucional.

SEGUNDO. Ámbito de aplicación.

El ámbito de la sede electrónica asociada creada se extiende exclusivamente a los procedimientos y servicios que integran el catálogo de procedimientos y servicios de gestión de ingresos, tributarios, recaudatorios y de inspección que obren en el Sistema de Información Administrativa (SIA) como propios del Ayuntamiento de Córdoba y su sector público institucional.

TERCERO. Identificación de la dirección electrónica de la sede electrónica asociada.

La dirección electrónica de referencia de la sede electrónica asociada será, https://tributos.cordoba.es.

CUARTO. Titularidad y gestión de la sede electrónica asociada.

La titularidad de la sede electrónica asociada corresponderá al Ayuntamiento de Córdoba como entidad matriz de los diferentes órganos con procedimientos y servicios radicados en la sede, correspondiendo la responsabilidad de su gestión tecnológica a la Delegación de Hacienda, responsable del sistema, y la responsabilidad de la coordinación y gestión de los contenidos comunes de la sede electrónica asociada y de la tutela de la integridad, veracidad y actualización de la información y los servicios a los que pueda accederse a través de la misma, al Órgano de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Córdoba.

Sin perjuicio de lo anterior, serán responsables de la gestión de la información, servicios, procedimientos y trámites puestos a disposición de los usuarios de la sede electrónica asociada los titulares de las unidades del Ayuntamiento y su sector público institucional que intervienen en los procedimientos y servicios que la sede proporciona, en el ámbito de sus respectivas competencias.-

QUINTO. Funcionamiento de la sede asociada y canales de acceso a los servicios de la sede electrónica asociada.

Los servicios en la sede electrónica asociada estarán operativos las 24 horas del día, todos los días del año.

Cuando por razones técnicas se prevea que la sede electrónica o algunos de sus servicios puedan no estar operativos deberá anunciarse con la máxima antelación que sea posible, indicando los medios de consulta alternativos que estén disponibles.

Se establecerán sistemas de seguimiento y detección de incidencias en el funcionamiento de la Sede Electrónica, así como protocolos a aplicar en los casos de detección de dichas incidencias, que en todo caso incluirán que la ciudadanía pueda ser informada de modo conveniente y en tiempo real de las mismas.

También se establecerán sistemas de auditoría de los servicios de la Sede Electrónica, incorporando indicadores públicos de funcionamiento, uso y evolución.

En cuanto a la resolución de dudas sobre acceso, identificación y firma electrónica, serán a través del Servicio de atención multicanal en el uso de la sede electrónica, oficina virtual y localización de información en las páginas web del Ayuntamiento de Córdoba.

SEXTO: Contenidos de la sede electrónica asociada.

1. La sede electrónica asociada dispondrá del contenido y servicios a disposición de las personas interesadas establecidos por el artículo 11 del Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, entre otros los siguientes contenidos:

a) Identificación de la sede, así como del órgano titular y los órganos competentes para la gestión del procedimiento y trámites puestos a disposición en la misma.

En cuanto a la identificación de la sede será necesario disponer de certificado cualificado de sede electrónica tal y como exige el art. 38.6 Ley 40/2015, es decir, certificados de autenticación de sitio web para identificar y garantizar una comunicación segura con una Sede electrónica. Estos certificados electrónicos son expedidos en cumplimiento con los requisitos del Reglamento (UE) Nº 910/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior, y validan la identidad de la sede electrónica de un órgano de una Administración Pública, garantizando la privacidad, identidad y seguridad de las comunicaciones entre los ciudadanos y la sede a través de herramientas criptográficas y de validación extendida, para cuya emisión se verifica la identidad y existencia legal de la entidad solicitante.

Se delega en el Teniente de Alcalde Delegado de Hacienda las facultades necesarias, la realización de cuantos trámites y dictado de cuantas resoluciones sean necesarias para la obtención del mencionado certificado de sede electrónica.

b) Acto de creación, debiendo insertarse en la sede principal referencia al mismo y enlace a su publicación en el BOP.

c) Información necesaria para la correcta utilización de la sede, incluyendo su mapa o información equivalente, con especificación de la estructura de navegación y las distintas secciones disponibles, así como la relacionada con propiedad intelectual, protección de datos personales y accesibilidad.

d) Relación de sistemas de identificación y firma electrónica que sean admitidos o utilizados en la sede. Se garantizará la identificación y autenticación y firma con DNI electrónico, certificados cualificados expedidos por prestadores cualificados de servicios de confianza que figuren en la lista que establece, mantiene y publica el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ( antes por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo) según lo previsto en el artículo 22 del Reglamento (UE) 910/2014 , sistemas de identificación Cl@ve, cl@ve pin y cl@ve permanente, con especial importancia de cl@ve permanente y cl@ve firma.

e) Normativa reguladora del Registro utilizado.

f) Indicación de la fecha y hora oficial, así como el calendario de días inhábiles de la sede electrónica asociada. La fecha y hora de la sede electrónica asociada se sincronizará con la del Real Instituto y Observatorio de la Armada conforme establece el artículo 15.2 del Esquema Nacional de Interoperabilidad.

g) Información acerca de cualquier incidencia técnica que acontezca e imposibilite el funcionamiento ordinario de un sistema o aplicación necesario para el ejercicio de un derecho así como de la ampliación del plazo no vencido que, en su caso, haya acordado el órgano competente debido a dicha circunstancia.

h) Relación actualizada de los servicios, procedimientos y trámites disponibles.

i) Relación actualizada de las actuaciones administrativas automatizadas vinculadas a los servicios, procedimientos y trámites descritos en la letra anterior. Cada una se acompañará de la descripción de su diseño y funcionamiento, los mecanismos de rendición de cuentas y transparencia, y los sistemas de firma empleados.

2. La sede electrónica asociada dispondrá, al menos, de los siguientes servicios a disposición de las y los interesados y sus representantes:

a) Acceso a los servicios y trámites disponibles en la sede electrónica, con indicación de los plazos máximos de duración de los mismos, así como de los efectos de la no resolución en plazo.

b) Enlace para la formulación de sugerencias y quejas ante los órganos que en cada caso resulten competentes.

c) Los mecanismos de comunicación y procedimiento de reclamación establecidos al respecto de

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