Boletín nº 242 (23-12-2021)

VIII. Otras Entidades

Instituto Provincial de Bienestar Social
Córdoba

Nº. 4.917/2021

El Consejo Rector del Instituto Provincial de Bienestar Social de Córdoba, en sesión ordinaria celebrada el día 1 de diciembre de 2021 adoptó por unanimidad de sus miembros, entre otros, el siguiente acuerdo;

VI. Aprobación de la Oferta de Empleo Público extraordinaria del Instituto Provincial de Bienestar Social para el año 2021 por Estabilización de empleo temporal acogida al RDL 14/2021 de 6 de julio de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

1. La aprobación por este Consejo Rector de la OFERTA DE EMPLEO PUBLICO Extraordinaria 2021 de Estabilización de Empleo Temporal en los términos previstos en el RD-Ley 14/2021, de 6 de Julio de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, correspondiente al año con 104 plazas pertenecientes a la Plantilla de Personal Laboral en los términos señalados en la presente propuesta:

PLAZAS

GRUPO

CATEGORIA

ADS

PLAZA (Núm.)

12

A1

MEDICO

L

84-97-98-99-100-101-142-143-144-145-146-147

25

A1

PSICOLOGO

L

51-52-53-54-55-56-57-82-83-92-93-94-95-96-131-132-133-134-135-136-137-138-

139-140-141

20

A2

EDUCADOR SOCIAL

L

60-61-62-63-64-65-66-67-68-69-70-71-72-73-74-75-127-128-12-130

27

A2

TRABAJADOR SOCIAL

L

8-29-31-34-85-103-105-106-107-108-109-110-111-112-113-114-115-116-117-

118-119-120-121-122-123-125-126

1

A2

TEC. MEDIO GESTiON FINANCIERA

L

148

1

A2

TEC. MEDIO PREVENCION DROGODEPEND.

L

149

1

C1

TEC. ESPEC. INFORMATICA

L

76

9

C2

AUX. ADMINISTRATIVO

L

47-48-49-77-78-79-80-86-87

1

C2

AUX. SOCIAL

L

150

1

C2

MONITOR INCORP. SOCIAL

L

104

1

C2

PORTERO INFORMADOR

L

89

4

AP-E

AUXILIAR DE CENTRO

L

151-152-153-154

1

AP-E

AUX. INTERCULTURAL

L

155

104

2º. Facultar al Presidente del Organismo para la publicación del acuerdo en la propia Sede Electrónica y en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia y demás trámites previstos en el artículos 56 y 91 de LBRL y 70.2 del TR de la LEBEP.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potesta- tivamente recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

No obstante, se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, conforme a lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de

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