Boletín nº 243 (27-12-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Fuente Tójar

Nº. 4.915/2021

SUMARIO

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Fuente-Tójar, por el que se aprueba el expediente de modificación de créditos nº 2/2021 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de transferencia de crédito entre aplicaciones de distintas áreas de gasto, que no afectan a altas y bajas de crédito de personal.

TEXTO

Aprobado definitivamente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, transcurrido el plazo de 15 días de exposición sin haberse presentado alegaciones, se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Altas en Aplicaciones de Gastos

Aplicación

Descripción

Créditos

iniciales

Transferencia

de crédito

Créditos

Finales

161

22199

Abastecimiento y distribución agua-Reparación, Mantenimiento de Infraestructuras.

10.000€

5130,40€

15130,40€

323

62300

Funcionamiento de Centro Docentes de Enseñanza Preescolar.

1.000€

1.202,74€

2.202,74€

TOTAL

11.000€

6.333,14€

17.333,14€

Bajas en Aplicaciones de Gastos

Aplicación

Descripción

Créditos

Iniciales

Modificaciones

presupuestarias

Transferencia

de crédito

Créditos

Finales

338

22699

Festejos populares-Gastos diversos de organización fiestas p.

23.502,12€

2.541,00€

5.130,40€

15.830,72€

337

22699

Ocio y tiempo libre-Programa municipal juventud.

5.000,00€

0,00€

1.202,74€

3.797,26€

TOTAL

28.502,12€

2.541,00€

6.333,14€

19.627,98€

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

Lo firma electrónicamente la Sra. Alcaldesa-Presidenta, doña María F. Muñoz Bermúdez, en Fuente-Tójar a 20 de diciembre de 2021.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad