Boletín nº 246 (30-12-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Doña Mencía

Nº. 4.966/2021

Expte. Gex 4373/2021

Don Salvador Cubero Priego, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Doña Mencía, hace saber:

Que la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en ejercicio de las competencias delegadas por resolución de la Alcaldía, de 8 de julio de 2019 (BOP número 138, de 22 de julio de 2019), en sesión ordinaria, celebrada el 03 de diciembre de 2021, adoptó los siguientes acuerdos:

8.1. Aprobación de la Oferta de Empleo Público de estabilización autorizada por Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

.../...

ACUERDOS

Primero: Aprobar la Oferta de Empleo Público de estabilización autorizada por Real Decreto-Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en los términos que se señalan en el Anexo al presente acuerdo.

Segundo: Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

ANEXO

PERSONAL LABORAL

Denominación del puesto

Grupo

Subgrupo

Nº plazas

Auxiliar Servicios Técnicos

C

C2

1

Jardinero

AP

AP

1

Técnico Deportivo

C

C1

1

Limpiadora edificios municipales

AP

AP

1

Limpiadora edificios escolares

AP

AP

1

Limpieza viaria

AP

AP

3

Directora CEI

A

A2

1

Cocinera CEI

C

C2

2

Auxiliar CEI

C

C2

5

Director Escuela de Música

2

-

1

Taquillera piscina

C

C2

1

Socorrista piscina

C

C2

2

Dinamizadora Radio

A

A2

1

Auxiliar Administrativo

C

C2

1

Técnico de contabilidad

A

A2

1

Oficial de obras

C

C1

1

Contra el anterior acuerdo que, según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer los siguientes recursos:

Recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la presente publicación, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, según lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la presente publicación, tal y como establece el artículo 46.1 de Ley 29/1998 citada.

En el supuesto de que se interponga recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en tanto aquél no se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, por el transcurso del plazo de un mes desde su

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