Boletín nº 246 (30-12-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Fernán Núñez

Nº. 4.988/2021

Don Alfonso Alcaide Romero, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de la Villa de Fernán Núñez (Córdoba), hace saber:

Por Resolución de la Alcaldía, de fecha 21 de diciembre de 2021, se aprobaron las Bases que han de regir la convocatoria para la cobertura del puesto de Oficial del Cuerpo de Policía Local de Fernán Núñez (córdoba) por promoción interna, a tráves del procedimiento de concurso, tras recibir requerimiento de subsanación de Actos y Disposiciones de las Entidades Locales Andaluzas formulado por la Delegación del Gobierno en Córdoba, Servicio de Administración Local, las cuales se publican a continuación:

BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA COBERTURA DEL PUESTO DE OFICIAL DEL CUERPO DE POLICÍA LOCAL DE FERNÁN NÚÑEZ POR PROMOCIÓN INTERNA, A TRAVÉS DEL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO.

PRIMERA. Objeto de la Convocatoria.

Es objeto de las presentes bases cubrir en propiedad, mediante el sistema de acceso de promoción interna y a través del procedimiento de selección de concurso, la plaza vacante de Oficial del Cuerpo de Policía local de este Municipio cuyas características son:

Grupo

C

Subgrupo

C1

Escala

Básica

Subescala

Servicios especiales

Categoría

Oficial

Denominación del puesto

Oficial de la Policía Local de Fernán Núñez

Nº de vacantes

1

Sistema de selección

Concurso

SEGUNDA. Condiciones de Admisión de Aspirantes.

Para tomar parte en un proceso selectivo por promoción interna, los aspirantes habrán de reunir, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, los requisitos siguientes:

a) Haber permanecido, como mínimo, dos años de servicio activo como funcionario de carrera en el Cuerpos de la Policía Local, en la categoría inmediata inferior a la que aspiran, computándose a estos efectos el tiempo en el que se haya permanecido en la situación de segunda actividad por causa de embarazo.

b) Tener la correspondiente titulación académica, que será la establecida en el artículo 18.1.e) del Decreto 201/2003, de 8 de julio.

c) Carecer de anotaciones por faltas graves o muy graves en su expediente personal, en virtud de resolución firme. No se tendrán en cuenta las canceladas.

d) Encontrarse en el momento de presentar la instancia en situación de servicio activo en el Ayuntamiento de Fernán Núñez.

Estos requisitos deberán acreditarse antes de realizar el curso de capacitación, salvo que el Ayuntamiento decida en las bases de convocatoria, que algunos de los requisitos deben acreditarse con la presentación de solicitudes.

TERCERA. Forma y Plazo de Presentación de Instancias.

Las solicitudes (Anexo I), requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento y se presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia, se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, insertándose un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Asimismo, quedará a disposición de los interesados en la sede electrónica del Ayuntamiento:

https://sede.eprinsa.es/fnunez.

CUARTA. Admisión de Aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, y las causas de exclusión. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica https://sede.eprinsa.es/fnunez señalándose un plazo de diez días hábiles para que puedan formular reclamaciones o subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión.

Finalizado el plazo de reclamaciones y subsanaciones y resueltas las mismas, la Autoridad u órgano convocante elevará a definitivas las listas de admitidos y excluidos mediante resolución que se publicará igualmente en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica del Ayuntamiento https://sede.eprinsa.es/fnunez. Dicha publicación servirá de notificación a efectos de impugnaciones y recursos. En la misma publicación se hará constar el día de baremación de los méritos de los aspirantes propuestos. Igualmente, en la misma resolución, se hará constar la designación nominal del tribunal.

QUINTA. Tribunal Calificador.

Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.

El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección. No pueden formar parte del tribunal aquellos funcionarios que hubieren realizado tareas de formación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria.

La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

El número de los miembros de los Tribunales nunca será inferior a cinco, asimismo, su composición será predominantemente técnica y los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.

Los Tribunales Calificadores estarán constituidos por:

Presidente.

Secretario.

Cuatro vocales, actuando uno de ellos como Secretario.

La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

SEXTA. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos.

El sistema de selección mediante promoción interna será el concurso y constará de dos fases:

-Primera fase. Concurso.

-Segunda fase. Curso de capacitación en el Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía o Escuelas Municipales de Policía Local.

PRIMERA FASE: Concurso.

Se procederá a la valoración de los méritos alegados y justificados por los aspirantes, de conformidad al baremo de méritos que se establezca, sin limitación de puntuación por apartados, siendo la puntuación obtenida por los aspirantes, determinante del orden de prelación de los mismos.

En el Anexo I de estas bases se establecen los baremos a tener en cuenta para la fase de concurso.

SEGUNDA FASE: Curso de capacitación.

Tras la baremación de méritos, los aspirantes deberán superar un curso de capacitación en el Instituto de Emergencia

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