Boletín nº 247 (31-12-2021)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Los Blázquez
Nº. 5.034/2021
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación de la Ordenanzas Municipales, cuyo texto se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA RUSTICA:
Art. 3º. Tipo de gravamen:
El tipo de gravamen del IBI aplicable a los Bienes de Naturaleza Rústica queda fijado en el 0,65%
IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA:
Art. 3º. Tipo de gravamen:
El tipo de gravamen del IBI aplicable a los Bienes de Naturaleza Urbana queda fijado en el 0,60 %
DESAGÜE DE CANALES:
Art. 3º. Cuantía:
Por cada metro lineal de fachada: 0,90 €.
ENTRADA DE VEHÍCULOS: Aprovechamiento o utilización especial del dominio público.
Art. 3º. Objeto:
E) Entrada de vehículos en cochera particular por metro lineal o fracción: 3,97 €.
TENENCIA DE ANIMALES:
Art. 4º. Tarifa:
Por cada perro: 4,00 €.
TRANSITO DE GANADO:
Art. 2º. Tarifa (por cabeza de ganado):
a) Caballar: 2,35 €.
b) Vacuno: 3,53 €.
c) Lanar y cabrío: 0,40 €.
SERVICIO DE RECOGIDA DE BASURA:
a) Canon fijo: 39,70 €.
b) Canon variable: 6,60 € por habitantes/año.
d) Locales comerciales:
1. Supermercados: 86,00 €.
2. Cafeterías y Bares con cocina: 79,38 €.
3. Bar de copas: 76,07 €.
4. Otros establecimientos: 62,77 €.
SERVICIO AGUA POTABLE:
Art. 3º. Cuantía:
B) Cuota consumo.
1. Uso doméstico:
Bloque I: de 0 a 30 m³: 0,32 €.
Bloque II: de 31 a 40 m³: 0,46 €.
Bolque III: de 41 a 50 m³: 0,63 €.
Bolque IV: mas de 50 m³: 1,64 €.
2. Uso industrial, comercial y otros:
Bloque I: de 0 a 36 m³: 1,10 €.
Bloque II: de 37 a 72 m³: 1,38 €.
Bloque III: más de 72 m³: 1,08 €.
LICENCIAS URBANISTICAS:
Art. 6º. Cuantía tributaria:
-El 1,40 % del presupuesto de obra.
LICENCIA PARA LA EDIFICACIÓN, CONSTRUCCIÓN, OBRAS E INSTALACIONES NO VINCULADAS CON EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS, PECUARIAS, FORESTALES& EN SUELO DE RÉGIMEN NO URBANIZABLE:
Art. 5º. Base Imponible. Tipo de gravamen.
-Actividades industriales: 1,40 % del presupuesto.
-Equipamientos y servicios, que no modifiquen los parámetros urbanísticos, paisajísticos y medioambientales: 0,70 % del presupuesto.
-Otras instalaciones no incluidas anteriormente: 1,40 % del presupuesto.
Los Blázquez, a 27 de diciembre de 2021. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Francisco Ángel Martín Molina.