Boletín nº 9 (14-01-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montoro

Nº. 37/2022

Por Resolución nº 3120 de fecha 30 de diciembre de 2021 de la Concejala Delegada del Área de Bienestar Social y Recursos Humanos, se aprobó convocatoria de las pruebas selectivas, mediante concurso-oposición para cubrir una plaza vacante en la Administración General, Subescala Gestión, subgrupo A2, denominada Técnico Medio, para su cobertura interina, perteneciente a la OEP 2021, la que copiada dice así:

RESOLUCIÓN DE LA CONCEJALÍA DEL ÁREA DE BIENESTAR SOCIAL Y RECURSOS HUMANOS. (GEX 9678/2021)

Teniendo en cuenta que por Resolución nº 1627/2021 de fecha 7 de julio de la Concejal Delegada de Bienestar Social y Recursos Humanos fue aprobada la Oferta de Empleo Público para 2021 (BOP nº 132 de 13 de julio de 2021) y en dicha oferta se incluía una plaza de técnico medio interino, perteneciente a la Escala de Administración General, subescala gestión. Teniendo en cuenta la necesidad de convocar este proceso selectivo por falta de personal funcionario de esta categoría así como la necesidad de crear una bolsa de empleo para cubrir futuras interinidades.

Resultando que han sido elaboradas por la Secretaría General una propuesta de bases de selección.

Considerando que la Constitución garantiza en el acceso a la función pública los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, a los que el Estatuto Básico del Empleado Público ha añadido otros no menos importantes desde el punto de vista práctico:

a) Publicidad de las convocatorias y sus bases.

b)Transparencia.

c) Imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección.

d) Independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección.

e) Adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a desarrollar.

f) Agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección.

Considerando que la propuesta de bases elaborada se estima conforme al ordenamiento jurídico, respetando los principios y reglas a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local.

Conocido el informe de fiscalización emitido por el Interventor de este Ayuntamiento de fecha 30 de diciembre de 2021.

Considerando que corresponde a la Alcaldía la competencia para aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal, conforme a lo dispuesto en el artículo 21.1 g) de la Ley 7/1985 de 2 abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en virtud de delegación de la Alcaldía efectuada por Resolución nº 1306 de fecha 26/06/2019 (BOP nº 130 de 10 de julio de 2019) a la Concejala Delegada de Bienestar Social y Recursos Humanos, por el presente,

RESUELVO

PRIMERO. Aprobar el expediente y las bases de la convocatoria de las pruebas selectivas, mediante concurso-oposición para cubrir una plaza vacante en la Escala de Administración General, Subescala Gestión, subgrupo A2, denominada Técnico medio, para su cobertura interina, con arreglo a las siguientes especificaciones:

Subgrupo A2

Nivel: 23

Escala: Administración General.

Subescala: Gestión

SEGUNDO. Publicar el presente decreto en el Boletín Ofical de la Provincia de Córdoba, en el Tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento de Montoro y en la página web del Ayuntamiento.

TERCERO. Dar cuenta del presente Decreto a la Intervención municipal.

Montoro, fecha y firma electrónica. Certifica Secretaría General

Montoro, 3 de enero de 2022. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Ana María Romero Obrero.

ANEXO

BASES QUE HAN DE REGIR LA SELECCIÓN PARA LA PROVISIÓN CON CARÁCTER INTERINO DE UNA PLAZA DE TÉCNICO MEDIO AL SERVICIO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MONTORO, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN. TURNO LIBRE.

PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

1. Es objeto de la presente convocatoria la selección para cubrir una plaza vacante en la Escala de Administración General, subescala de Gestión, Subgrupo A2 para su nombramiento como funcionario interino, al amparo del artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y prevista en la Oferta de Empleo Público municipal 2021 BOP nº 132 de 13 de julio de 2.021 que se adscribirá a Secretaría, sin perjucio de que pueda utilizarse la bolsa que de este proceso selectivo se forme para cubrir puestos de similares características en el Servicio de Intervención.

2. Las retribuciones serán las correspondientes al Grupo de clasificación y las previstas en el Presupuesto General de la Corporación.

Sus funciones serán las exigidas a estos puestos por la normativa de aplicación.

SEGUNDA. LOS REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

a) Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Estatuto Básico del Empleado Público en lo referente al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Las personas con discapacidad serán admiitidas en igualdad de condiciones con las demás aspirantes sin que se establezcan exclusiones por limitaciones físicas o psíquicas, salvo en los casos que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no excerder de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autonómas, no hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al empleo público. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarese inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha en la que finalice el plazo para presentar las instancias, título universitario de Grado en Derecho, Económicas o Empresariales, o equivalente, o Diplomatura Universitaria equivalente (En su caso la equivalencia deberá ser justificada y acreditada por el aspirante de acuerdo a la normativa en vigor ), requiéndose estas titulaciones por la necesidad de contar el aspirante con una formación jurídica y económica para el desempeño del puesto.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial de homologación a título habilitante español, o certificado de su equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.

f) No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad conforme a la normativa.

Los requisitos establecidos en la base segunda deberán poseerse en el momento de finalización del plazo para presentar las instancias y mantenerse durante todo el procedimiento.

TERCERA. SOLICITUDES

1. Las solicitudes deberán cumplimentarse según el modelo que consta como ANEXO I según lo previsto en el artículo 66.6 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las solicitudes deberán presentarse, preferentemente en la sede electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Montoro, sí se dispone de certificado digital, en caso contrario, se imprimirá la solicitud y se presentará en el Registro General del Ayuntamiento o conforme a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. Junto a las solicitudes se acompañará:

    - Fotocopia del DNI en vigor, en el caso de que la solicitud no sea presentada por sede electrónica.

    - Resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los derechos de examen que ascienden según la vigente ordenanza (BOP nº 64 de 4-04-2018) a 26,98 euros, cantidad que deberá ser abonada en la cuenta bancaria que a continuación se detalla:

    Caja Rural de Jaén ES73 3067 0154 7130 0357 2124.

    En el concepto del ingreso deberá figurar: Convocatoria Técnico Medio Interino, junto con el nombre y apellidos del aspirante, aún cuando sea realizado por persona distinta.

    La falta de abono de la tasa en el momento de presentación de las solicitudes de particpación en el proceso selectivo determinará que el solicitante quede excluido del mismo.

    - Hoja de autobaremación de méritos debidamente cumplimentada y suscrita, según modelo Anexo II. No se tendrán en cuenta, en ningún caso, los méritos no alegados en la instancia, entendiendo por tales aquellos que no se hayan incluido en la autobaremación.

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