Boletín nº 19 (28-01-2022)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 205/2022

EXTRACTO CRITERIOS Y DIRECTRICES DEL PLAN PROVINCIAL DE INVERSIONES DE REPOSICIÓN Y MEJORA DE CAMINOS DE ENTIDADES LOCALES PARA LOS EJERCICIOS 2022-2023.

BDNS (Identif.) 605726

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/605726)

Servicio de Planificación de Obras y Servicios Municipales.

El Pleno de esta Excma. Diputación Provincial de Córdoba, en sesión ordinaria, celebrada el día 26 de enero 2022, aprobó los CRITERIOS Y DIRECTRICES DEL PLAN PROVINCIAL DE INVERSIONES DE REPOSICIÓN Y MEJORA DE CAMINOS DE ENTIDADES LOCALES PARA LOS EJERCICIOS 2022-2023.

BDNS (Identif.) 605726

Lo que se hace público para su general conocimiento mediante la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Provincia, tablón de anuncios electrónico de la Diputación Provincial de Córdoba y en la página web del Servicio de Planificación de Obras y Servicios Municipales; abriéndose un plazo de treinta días para la presentación de solicitudes por parte de las entidades locales beneficiarias, desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

El texto completo de los criterios al que deberán remitirse los interesados, así como los anexos, para confeccionar y presentar sus solicitudes, podrá consultarse en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Córdoba: (https://sede.dipucordoba.es/diputacion/tramites), o bien en la Base de Datos Nacional de Subvenciones con identificador de convocatoria nº 605726. De conformidad con el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes se presentarán exclusivamente a través del correspondiente formulario electrónico.

1. OBJETO Y FINALIDAD

1.1. El presente Plan tiene por objeto regular la ejecución de inversiones en los diferentes municipios y entidades locales autónomas de la provincia de Córdoba que incida en la mejora de caminos de su propia titularidad, siendo competencia de las Entidades Locales su acondicionamiento y mantenimiento, cuya función principal es conectar los núcleos rurales con las explotaciones agrarias con el fin de mejorar y potenciar la competitividad de estas explotaciones, considerándose como tales aquellas inversiones que permitan la prestación de los servicios mínimos de competencia municipal relacionados en el artículo 26 LRBRL.

1.2. Las actuaciones que se soliciten deben discurrir en la mayoría de su longitud en suelo rústico.

1.3. Las Entidades Locales beneficiarias de este plan provincial sólo podrán presentar un máximo de 3 proyectos.

1.4. A los efectos anteriores, podrán incluirse y financiarse con cargo al presente Plan, a modo orientativo, la siguiente relación no exhaustiva, con posibles actuaciones a realizar dentro del ámbito de aplicación:

1.4.1. REPOSICIÓN, REPARACIÓN Y MEJORA DE DRENAJE

-Despeje y/o desbroce localizado en drenajes.

-Limpieza y/o reparación de cunetas y caces.

-Limpieza de caños, alcantarillas y otras obras de drenaje.

-Formación y/o apertura de cunetas.

-Protección de cunetas y/o cursos de agua.

-Reposición y/o sustitución de obras de drenaje.

-Drenajes profundos.

1.4.2. REPOSICIÓN, REPARACIÓN Y MEJORA DE FIRME

-Limpieza de calzadas, arcenes y aceras.

-Reposición y/o reparación de arcenes.

-Reposición y/o reparación de blandones.

-Reposición y/o reparación de firme y/o pavimento.

-Mejora de firme y/o pavimento.

-Estabilización de suelos.

-Tratamientos superficiales.

-Sellado de fisuras.

-Bacheos con mezclas asfálticas en la calzada.

-Firmes asfálticos.

1.4.3. REPOSICIÓN, REPARACIÓN Y MEJORA DE SEGURIDAD VIAL

-Limpieza y conservación de señalización vertical.

-Reposición y/o reparación de señalización vertical.

-Mejora de señalización vertical.

-Reposición y/o reparación de señalización horizontal.

-Mejora de señalización horizontal.

-Limpieza y conservación de balizamiento.

-Reposición y/o reparación de balizamiento.

-Mejora de balizamiento.

-Limpieza y conservación de balizamiento.

-Limpieza y conservación de sistemas de contención.

-Reposición y/o reparación de sistemas de contención.

-Mejora de sistemas de contención.

-Desbroce y poda de plantaciones para mejora de seguridad vial.

1.4.4. REPOSICIÓN, REPARACIÓN Y MEJORA POR INCIDENCIAS GEOLÓGICO-GEOTÉCNICAS

-Reparación y/o reposición de muros de contención y sostenimiento.

-Protección de taludes.

-Integración paisajística y medidas medioambientales.

1.4.5. REPOSICIÓN, REPARACIÓN Y MEJORA POR CONDICIONANTES CLIMATOLÓGICOS Y/O ACCIDENTES EXTRAORDINARIOS

-Reposición, reparación y mejora de daños por condiciones climatológicas y/o accidentes extraordinarios.

Se debe indicar que los trabajos recogidos en el apartado primero, son trabajos necesarios previos a los recogidos en los siguientes puntos, no siendo como tal trabajos que fundamenten la intervenciónpropuesta, salvo excepción que se estudiará de forma particular en fase de formación del Plan por los Servicios Técnicos de la Diputación Provincial.

2. DURACIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LAS INVERSIONES

2.1. El presente Plan Provincial tiene carácter plurianual, con una programación temporal de dos anualidades: 2022 y 2023.

2.2. Las actuaciones podrán tener la consideración anual o plurianual en función de los plazos de ejecución establecidos en el proyecto y en los pliegos que sirvan de base a su contratación.

2.3. La inclusión de las actuaciones en uno u otro año se realizará en función de los criterios establecidos en el presente Plan.

2.4. Las actuaciones deberán finalizarse dentro de los plazos establecidos en cada proyecto, y en todo caso, antes del 31 de diciembre de 2022 y 31 de diciembre de 2023 (según el año), sin perjuicio de las prorrogas que con carácter excepcional se puedan conceder.

3. BENEFICIARIOS

3.1. Podrán solicitar las inversiones reguladas en este Plan, todos municipios con una población inferior a 50.000 habitantes y las entidades locales autónomas de la provincia de Córdoba que tengan atribuidas competencias de conformidad con la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía. A estos efectos, se tendrán en cuenta únicamente las cifras oficiales de población de cada uno de los municipios y entidades locales autónomas vigentes.

3.2. Los municipios y entidades locales autónomas beneficiarias mantienen la condición de promotores, pudiendo ser titulares o beneficiarios públicos de las actuaciones, a cuyo efecto deben prestar la debida conformidad a los proyectos que se realicen, para que puedan ser licitados por la Diputación, o aprobarlos, en el caso de que sean contratados o ejecutados por ejecución directa por la entidad local.

3.3. En el caso de que la asignación de la inversión conlleve la concesión de aportación a la entidad local, no podrán ser beneficiarios aquellos ayuntamientos y entidades locales autónomas que no se hallen al corriente de pago de obligaciones por reintegro de cantidades en periodo ejecutivo con esta Diputación, en cuyo caso se considerará que el ayuntamiento o la entidad local autónoma se encuentra al corriente en el pago cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado su suspensión con ocasión de la impugnación de la correspondiente resolución de reintegro.

4. PRESUPUESTO Y FINANCIACIÓN. APORTACIONES LOCALES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS

El presupuesto total del Plan Provincial, comprende, la aportación de la Diputación Provincial ascendente a la cantidad de 4.062.000,00 €, que se financiará con cargo a las aplicaciones presupuestarias correspondientes del Presupuesto de la Diputación de los ejercicios 2022 y 2023 y las aportaciones correspondientes de las Entidades Locales beneficiarias.

Las inversiones que se incluyen en el presente Plan Provincial se financiarán mediante aportaciones de la Diputación Provincial y de los municipios y entidades locales autónomas, beneficiarios.(Anexo I RELACIÓN ENTIDADES LOCALES E IMPORTE ASIGNADO).

5. CRITERIOS OBJETIVOS PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LOS FONDOS

Con respecto a los Municipios, el presupuesto propio disponible para las inversiones previstas

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