Boletín nº 20 (31-01-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Pozoblanco

Nº. 164/2022

El Excmo. Ayuntamiento de Pozoblanco, en sesión ordinaria de Pleno, celebrada en fecha 29 de junio de 2021, aprobó inicialmente el Régimen de Utilización del Centro de Desarrollo Económico y Empresarial Impulsa 10 de esta Ciudad.

Sometido el expediente a información pública y audiencia a los interesados por plazo de treinta días, no han sido presentadas reclamaciones y/o sugerencias.

La señora Secretaria de la Corporación Certifica con fecha 20 de enero de 2022, la elevación a definitiva de la aprobación inicial.

Procede su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia.

RÉGIMEN DE UTILIZACIÓN DEL CENTRO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y EMPRESARIAL IMPULSA 10 EN POZOBLANCO.

1. Características del edificio y distribución.

El edificio consta de dos plantas, conforme a lo expresado en el Proyecto Básico de Ejecución para Adecuación de Centro de Salud a Centro de Desarrollo Económico y Empresarial, fechado en marzo de 2017.

La superficie total construida actual es de 1.135,12 metros cuadrados.

Linderos de la edificación: Frente con calle de su situación (Calle Dr. Vicente Pérez, 1); linda por la derecha con Calle Menéndez Pelayo; por la izquierda con Calle Laurel; y por el fondo con las traseras de las viviendas con entrada por Calle Villanueva del Duque.

La Planta Baja tiene una superficie útil de 823,85 metros cuadrados y una construida de 928,35 metros cuadrados. Y en la misma, constan las siguientes dependencias:

-Módulo 1: 48,10 metros cuadrados.

-Módulo 2: 55,20 metros cuadrados.

-Módulo 3: 58,10 metros cuadrados.

-Módulo 4: 62,90 metros cuadrados.

-Módulo 5: 62,90 metros cuadrados.

-Módulo 6: 63,60 metros cuadrados.

-Módulo 7: 61,50 metros cuadrados.

-Módulo 8: 33,90 metros cuadrados.

-Módulo 9: 33,90 metros cuadrados.

-Nave: 67,10 metros cuadrados.

-Sala reuniones:13,65 metros cuadrados.

-Sala de Juntas: 29,60 metros cuadrados.

-Recepción: 10,25 metros cuadrados.

-Administración: 16,50 metros cuadrados.

-Vestíbulo: 62,90 metros cuadrados.

-Pasillo- sala de espera: 87,10 metros cuadrados.

-Aseos- vestuarios: 23,15 metros cuadrados.

-Aseos: 32,00 metros cuadrados.

-Cuarto contadores: 3,20 metros cuadrados.

-Escalera- ascensor: 9,85 metros cuadrados.

-Limpieza: 2,10 metros cuadrados.

La Planta Primera tiene una superficie útil de 171,10 metros cuadrados y una construida de 202,70 metros cuadrados. Y en la misma, constan las dependencias que se relacionan a continuación:

-Salón de usos múltiples: 120,35 metros cuadrados.

-Dirección: 13,10 metros cuadrados.

-Vestíbulo: 19,30 metros cuadrados.

-Aseo: 4,20 metros cuadrados.

-Aseo minusválidos: 4,60 metros cuadrados.

-Escalera- ascensor: 9,55 metros cuadrados.

El inmueble se encuentra libre de cargas y gravámenes.

Inventario: Dicho inmueble ha sido objeto de remodelación a través de un proyecto de adecuación a Centro de Desarrollo Económico y Empresarial, inscrito en el Inventario General de Bienes y Derechos del Excmo. Ayuntamiento de Pozoblanco, en el epígrafe de bienes inmuebles construcciones como (A02.190).

Referencia Catastral: La referencia catastral es 7998301UH3479N0001TA, con domicilio tributario en Calle Doctor Vicente Pérez, nº 1.

2. Clasificación y calificación urbanística.

Suelo Urbano, zona de ensanche y equipamiento.

3. Finalidad asignada a este edificio.

Destinado preferentemente a acoger empresas con un carácter digital, empresas que potencien el uso de nuevas tecnologías, y aquellas otras que introduzcan elementos innovadores en los procesos productivos. Se excluirán aquellas actividades que generen externalidades que perjudiquen o impidan el normal desarrollo del centro o la convivencia en el mismo.

Se admitirá la implantación de empresas pertenecientes a sectores económicos tradicionales, siempre que en el desarrollo de su trabajo incorporen elementos innovadores y nuevas tecnologías.

Esta implantación tendrá carácter provisional y de duración limitada en el tiempo para dar oportunidad a nuevos emprendedores, marcándose la misma en los pliegos que al efecto se aprueben por la Corporación.

Este centro podrá dar acogida a instituciones públicas y privadas de interés general directamente relacionadas con la creación del empleo o con la formación y asesoramiento a empresas o profesionales.

4. Clasificación de las zonas por usos.

Para determinar el régimen de utilización de las distintas dependencias se van a agrupar por usos, indicándose su tramitación de acceso:

La Planta Baja:

-Módulo 1 (con aforo máximo para 14 personas). USO PÚBLICO PREVIA AUTORIZACIÓN.

-Módulo 2, 3, 4. FINALIDAD FORMATIVA EN NUEVAS TÉCNOLOGÍAS E INNOVACIÓN. USO PREFERENTE MUNICIPAL SIN PERJUICIO DE USO PÚBLICO PARA IMPARTICIÓN DE CURSOS PREVIA AUTORIZACIÓN.

-Módulo 5. USO EXCLUSIVO DEL AYUNTAMIENTO (FINALIDADES PÚBLICAS DE INTERÉS).

-Módulo 6, 7, 8, 9. OBJETO DE LICITACIÓN PÚBLICA.

-Nave (Sala Gastronómica): USO PREFERENTE MUNICIPAL SIN PERJUICIO DE USO PÚBLICO PREVIA AUTORIZACIÓN, ASÍ COMO DE ADJUDICATARIOS SIEMPRE QUE SE ENCUENTRE DISPONIBLE COMO ÁREA DE DESCANSO Y USO DE OFFICE.

-Sala reuniones (con aforo máximo para 6 personas). USO PÚBLICO PREVIA AUTORIZACIÓN.

-Sala de Juntas (con aforo máximo para 10 personas). USO PÚBLICO PREVIA AUTORIZACIÓN.

-Recepción: USO EXCLUSIVO DEL AYUNTAMIENTO.

-Administración: USO EXCLUSIVO DEL AYUNTAMIENTO.

-Vestíbulo: USO COMÚN.

-Pasillo- sala de espera: USO COMÚN.

-Aseos- vestuarios: USO EXCLUSIVO AYUNTAMIENTO.

-Aseos: USO COMÚN.

-Cuarto contadores: USO EXCLUSIVO DEL AYUNTAMIENTO.

-Escalera- ascensor: USO COMÚN.

-Limpieza: USO EXCLUSIVO DEL AYUNTAMIENTO.

La Planta Primera:

-Salón de usos múltiples (con aforo máximo para 50 personas).- USO PÚBLICO PREVIA AUTORIZACIÓN.

-Dirección. USO EXCLUSIVO AYUNTAMIENTO.

-Vestíbulo. USO COMÚN.

-Aseo.- USO COMÚN.

-Aseo minusválidos. USO COMÚN.

-Escalera- ascensor. USO COMÚN.

a) Zonas comunes del edificio: Vestíbulos, pasillos-sala de espera, aseos, escaleras, tanto de planta baja como de planta primera.

b) Zonas de uso exclusivo de la Administración: zona de contadores, cuarto de limpieza, aseos-vestuarios de planta baja, Módulo 5, recepción, administración y Dirección en planta primera.

c) Zonas destinadas a utilización por terceros que ostenten la condición de adjudicatarios en procedimientos de arrendamientos tramitados en esta administración: en principio se realizará procedimiento de adjudicación para los módulos 8 y 9; Sin perjuicio de la posibilidad de posteriores procedimientos de contratación respecto de los módulos 6 y 7, ambos situados en la planta baja de dicho edificio. Serán de uso exclusivo de adjudicatario del módulo según los términos contenidos en contrato y en el presente documento. En caso de contradicción entre el contrato y el régimen de utilización, será el responsable del contrato designado por la Administración quien realice una redacción aclarando los extremos, examinando las incidencias que deriven de la implantación de este régimen y proponiendo una solución a la cuestión planteada.

Con independencia de lo anterior, la condición de adjudicatario otorgará el derecho de utilización de los siguientes espacios: sala de juntas, sala de reuniones, sala gastronómica y salón de usos múltiples de la planta primera: respecto de las mismas será necesario rellenar comunicación por escrito antes de su utilización (con la máxima antelación posible) a su disposición en la recepción del centro como medida para coordinar el calendario y horario de las actividades públicas y privadas previstas en dichos espacios, a ejecutar por la autoridad municipal de forma mensual. Tras su utilización serán estos espacios objeto de supervisión por personal municipal con la finalidad de cotejar que todo se ha dejado en adecuadas condiciones para posteriores utilizaciones.

Asimismo la condición de adjudicatario otorgará el derecho de utilización de los espacios comunes de edificio.

d) Zonas de uso público previa autorización municipal: Teniendo la consideración de zonas excluidas de la licitación: en planta baja el espacio impulsa coworking (módulo 1), sala

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