Boletín nº 33 (17-02-2022)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 469/2022

ANUNCIO DE RESOLUCIONES DE LA PRESIDENCIA SOBRE DELEGACIONES GENÉRICAS Y ESPECIALES.

I. Con fecha 12 de febrero y nº de Resolución 816, el Ilmo Sr. Presidente dictó Decreto sobre Delegaciones Genéricas y Especiales del siguiente tenor:

DECRETO

Con fecha 1 de junio y nº de Resolución 4470 se dictó Decreto de la Presidencia sobre Delegaciones Generales y Específicas, sin embargo, la asunción de nuevos proyectos y actividades desde la Diputación aconseja proceder a una remodelación en la estructura del gobierno provincial reconociéndole a la Presidencia el carácter de Área Funcional, como el resto de Áreas existentes en la Diputación a fin de disponer de una visión global de los proyectos, trabajando de forma unificada y efectiva incrementando sus contenidos.

De acuerdo con lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 63 y siguientes del RD 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, por el presente Decreto vengo en modificar el régimen general de Delegaciones de la Presidencia en los/as Sres/as Diputados/as, quedando referidas delegaciones del siguiente modo:

1. ÁREA DE PRESIDENCIA, ASISTENCIA ECONÓMICA A LOS MUNICIPIOS, PROGRAMAS EUROPEOS Y EMPLEO: Se integran dentro de este área los contenidos referidos a:

-Coordinación y seguimiento de las Áreas Funcionales de la Diputación, principalmente cuando afecten a distintos Ejes Estratégicos.

-Planificación y Desarrollo Estratégico del Plan de Reactivación, Transformación y Resiliencia de la Provincia de Córdoba.

-Apoyar la actividad del Presidente y prestarle asistencia en todo lo necesario para el desempeño y ejercicio de sus funciones institucionales.

-Garantizar la organización de los actos protocolarios de la Corporación y prestar la cobertura necesaria ante los medios de comunicación y la sociedad para garantizar las relaciones de la Presidencia con la provincia. Diseño, Configuración y Ejecución de las Políticas de Comunicación de la Diputación de Córdoba.

-Garantizar la presencia en los órganos de coordinación de la Corporación Provincial.

Quedan adscritos al Área los Servicios/Departamentos/Delegaciones de Presidencia, Desarrollo Económico, Empleo, Administración Electrónica, Turismo y Cultura, Comisionado para la Agenda 2030, Comunicación e Imagen, asimismo quedarán adscritos los Servicios/Departamentos que se determinen dentro de la estructura organizativa y organismos y entidades vinculados o dependientes por razón de materia.

Correspondiendo a la Presidencia la dirección del gobierno y administración de la Provincia, aquélla se reserva la totalidad de las competencias referidas a: Servicio Jurídico Provincial, tramitación y resolución de las subvenciones excepcionales, Consejo de Alcaldes y, a nivel institucional, Asesoría Técnica Comisionado de la Agenda 2030.

1.1. Delegado Genérico: Al Sr. Diputado Provincial don Rafael Llamas Salas: Delegado de Área de Presidencia, Asistencia Económica a los Municipios y Mancomunidades y Protección Civil, a quien le corresponderá la coordinación de dicha delegación genérica con las demás que están comprendidas dentro de este Área. Asimismo le corresponderá la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquéllos gastos relativos a las materias propias de su delegación, incluidos los derivados por obras y servicios enmarcados en el Programa Operativo FEDER Plurirregional de España (POPE, Economía baja en carbono) y las del Área objeto de delegación especial, así como gestión administrativa y coordinación Asesoría Técnica Comisionado de la Agenda 2030. Queda adscrita a esta Delegación el Consorcio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios.

1.2. Delegado Especial: Al Sr. Diputado Provincial don Miguel Ruz Salces: Delegado de Empleo, a quién corresponderá su dirección interna y gestión.

1.3. Delegado Genérico: Al Sr. Diputado Provincial don Victor Montoro Caba Delegado de Programas Europeos y Administración Electrónica, a quién le corresponderá la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquéllos gastos relativos a las materias propias de la Delegación excluidos los derivados por obras y servicios enmarcados en el Programa Operativo FEDER Plurirregional de España (POPE, Economía baja en carbono). Queda adscrita a esta Delegación la Agencia Provincial de la Energía.

1.4. Delegada Especial: A la Sra. Diputada Provincial doña Inmaculada Silas Márquez: Delegada de Turismo, a quién corresponderá su dirección interna y gestión.

1.5. Delegada Especial: A la Sra. Diputada Provincial doña Salud Navajas González: Delegada de Cultura, a quién corresponderá su dirección interna y gestión.

2. ÁREA DE BIENESTAR SOCIAL, IGUALDAD Y MEMORIA DEMOCRÁTICA: quedan adscritos al Área los Servicios/Departamentos/Delegaciones de Bienestar Social, Igualdad, Cooperación al Desarrollo, Memoria Democrática, Centro de Atención a Personas con Discapacidad Intelectual, Intermediación Hipotecaria y atribuciones de registros públicos de demandantes de vivienda protegida y competencias prestacionales vinculadas a parque público de viviendas protegidas de alquiler (en los términos señalados por decreto de esta presidencia, de fecha 1 de junio de 2021); asimismo quedarán adscritos los Servicios/Departamentos que se determinen dentro de la estructura organizativa y organismos y entidades vinculados o dependientes por razón de materia.

2.1. Delegación Genérica: Al Sr. Diputado Provincial don Francisco Ángel Sánchez Gaitán: Delegado de Presidencia del Instituto Provincial de Bienestar Social y Centro de Atención a Personas con Discapacidad Intelectual, a quien le corresponderá además de dichas funciones las referentes a materia de vivienda reseñadas en el párrafo anterior y asimismo le corresponderá la coordinación de dicha delegación genérica con las Igualdad, Cooperación al Desarrollo y Memoria Democrática. Asimismo le corresponderá la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquéllos gastos relativos a las materias de su Delegación y materias del Área objeto de delegación especial.

2.2. Delegación Genérica: A la Sra. Diputada Provincial doña Alba Mª Doblas Miranda: Delegada de Igualdad; correspondiéndole la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquéllos gastos relativos a las materias de dicha delegación genérica.

2.3. Delegación Especial: Al Sr. Diputado Provincial don Ramón Hernández Lucena: Delegado de Cooperación al Desarrollo, a quién corresponderá su dirección interna y gestión.

2.4. Delegación Especial: Al Sr. Diputado Provincial don Ramón Hernández Lucena: Delegado de Memoria Democrática, a quién corresponderá su dirección interna y gestión.

3. ÁREA DE ASISTENCIA TÉCNICA A LOS MUNICIPIOS: Quedan adscritos al Área los Servicios/Departamentos/Delegaciones de Carreteras, Medio Ambiente, Arquitectura y Urbanismo, Ingeniería Civil, Infraestructuras Rurales, Planificación de Obras y Servicios Municipales, Centro Agropecuario, Sistema de Información Geográfica y Estadística; asimismo quedarán adscritos los Servicios/Departamentos que se determinen dentro de la estructura organizativa y organismos y entidades vinculados o dependientes por razón de materia.

3.1. Delegado Genérico: Al Sr. Diputado Provincial don Juan Díaz Caballero: Delegado de Cohesión Territorial, a quien le corresponderá la coordinación de dicha delegación genérica con las Delegaciones de Infraestructuras Rurales, Medio Natural y Carreteras y Agricultura. Los Servicios de Planificación de Obras y Servicios Municipales, Arquitectura y Urbanismo e Ingeniería Civil quedarán dentro de la Delegación. Asimismo le corresponderá la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquéllos gastos relativos a las materias de su Delegación.

En materia de contratación se delega las competencias de firmar todos los contratos administrativos así como los contratos privados a que hace referencia el artículo 26 de la Ley Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público vinculados al Área de Asistencia Técnica a los Municipios, a excepción de la suscripción de escrituras públicas y aquellos contratos vinculados a materia de Vivienda, que serán atribuidos al Delegado pertinente según materia.

3.2. Delegado Genérico: Al Sr. Diputado Provincial don Manuel Olmo Prieto, Delegado de Infraestructuras Rurales. Asimismo le corresponderá la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquellos gastos relativos a las materias de Infraestructuras Rurales y de la Delegación Especial de Agricultura.

3.3. Delegado Especial: Al Sr. Diputado Provincial don Francisco Palomares Sánchez, Delegado de Medio Natural y Carreteras, a quién corresponderá su dirección interna y gestión.

3.4. Delegado Especial: Al Sr. Diputado Provincial don Francisco Ángel Sánchez Gaitán, Delegado de Agricultura, a quién corresponderá su dirección interna y gestión.

3.5. Delegado Genérico: Al Sr. Diputado Provincial don Esteban Morales Sánchez: Delegado de Innovación Tecnológica de la Información en Infraestructuras y Equipamientos. Asimismo le corresponderá la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquellos gastos relativos a las materias propias de referida Delegación. Queda integrado en la Delegación el Sistema de Información Geográfica y Estadística.

4. ÁREA DE HACIENDA, GOBIERNO INTERIOR Y RECURSOS HUMANOS: Quedan adscritos al Área los Servicios/Departamentos/Delegaciones de Recursos Humanos, Tesorería, Intervención, Hacienda, Contratación, Secretaría General, Patrimonio (incluidos el Parque Público de Viviendas Protegidas y Asistencias Técnica para PMVS, en los términos señalados por decreto de esta presidencia de fecha 1 de junio de 2021), Parques y Talleres, Archivo provincial, Ediciones, Publicaciones y BOP, Cohesión Social, Consumo y Participación Ciudadana y Juventud y Deportes (sin perjuicio de su adscripción funcional y soporte jurídico-administrativo del Servicio Administración general Bienestar Social con respecto a estas dos últimas), Protocolo y Relaciones Institucionales (sin perjuicio de los contenidos fijados en el Área 1), asimismo quedarán adscritos los Servicios/Departamentos que se determinen dentro de la estructura organizativa y organismos y entidades vinculados o dependientes por razón de materia.

4.1. Delegada Genérica: A la Sra. Diputada Provincial doña Felisa Cañete Marzo Delegada de Hacienda y Gobierno Interior, a quien le corresponderá la coordinación de dicha delegación genérica con la de Recursos Humanos, con la de Cohesión Social, Consumo, Participación Ciudadana y con la de Juventud y Deportes. Asimismo le corresponderán los actos de gestión del presupuesto de ingresos relativos a la gestión tributaria y de cualquier otro tipo de ingreso público, así como la resolución de expedientes de todo tipo en materia de gestión de ingresos. Todo ello en los términos regulados en la Base 32 de Ejecución del Presupuesto de esta Corporación Provincial.

También le corresponde la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquéllos gastos relativos a las materias de dicha delegación genérica y de la especial de Juventud y Deportes, incluyendo la facultad de resolver mediante actos que afecten a terceros en la citada delegación genérica y en la delegación especial de Juventud y Deportes.

Finalmente, también se le delega la ordenación de pagos incluida la disposición de fondos necesarios para la realización material de los pagos y la aprobación del Plan de disposición de Fondos y sin perjuicio de que esta competencia la ostente la Presidencia en el caso de ausencia del Sr. Diputado. Queda adscrito a esta Delegación el Instituto de Cooperación con la Hacienda Local.

En materia de contratación se delega las competencias de firmar los contratos administrativos, cualquiera que sea su naturaleza, así como los contratos privados a que hace referencia el artículo 26 de la Ley Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, derivada de las atribuciones previstas en el artículo 61.11 del citado Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, no contemplados en apartado 4.1 del presente Decreto, a excepción de escrituras públicas.

4.2. Delegado Genérico: Al Sr. Diputado Provincial don Esteban Morales Sánchez: Delegado de Innovación Tecnológica de la Información en Infraestructuras y Equipamientos. Al que le corresponderá la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquéllos gastos relativos a las materias de dicha delegación genérica y de la especial de Recursos Humanos incluyendo la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros de referidas delegaciones.

4.3. Delegada Especial: A la Sra. Diputada Provincial doña Inmaculada Silas Márquez: Delegada de Recursos Humanos, a quién corresponderá su dirección interna y gestión.

4.4. Delegación Especial: A la Sra. Diputada Provincial doña Ana Belén Blasco Juárez: Delegada de Juventud y Deportes, a quién corresponderá su dirección interna y gestión.

4.5. Delegación Genérica: A la Sra. Diputada Provincial doña Mª Dolores Amo Camino, Delegada de Cohesión Social, Consumo y Participación Ciudadana, correspondiéndole la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquéllos gastos relativos a las materias de dicha delegación genérica incluyendo la facultad de resolver mediante actos que afecten a terceros en la citada delegación genérica, Queda adscrita a la misma el Instituto Provincial de Desarrollo Económico.

De conformidad con el artículo 115 del ROF se conservarán las facultades previstas normativamente en relación con la competencia delegada correspondiendo a esta Presidencia la resolución de recursos de reposición que puedan interponerse frente a los actos dictados por el órgano delegado en el ejercicio de dichas atribuciones.

La anteriores delegaciones genéricas, salvo aquellas materias específicas referidas a las respectivas Áreas que no sean delegables de acuerdo con el artículo 34.2 de la LBRL, se ajustarán a lo previsto en los artículos 63 y 64 del ROF y las delegaciones especiales no incluyen la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, ajustándose igualmente a lo previsto en los artículos 63 y 64 del aludido Reglamento.

Del presente Decreto, deberá darse cuenta al Pleno corporativo a los efectos procedentes, debiendo llevarse a cabo la preceptiva publicación en el B.O.P.------------

II. Con fecha 15 de febrero y nº de Resolución 934, el Ilmo Sr. Presidente ha dictado Decreto de Revocación de la Delegación de Igualdad por baja de la Sra. Diputada Delegada del siguiente tenor:

DECRETO

Ante la situación de baja por Incapacidad Laboral Transitoria de la Sra. Diputada doña Alba Doblas Miranda, con fecha 26 de noviembre y nº de resolución 11618, se resolvió, mientras se mantenga la situación de baja, revocar la Delegación de Igualdad que se hizo mediante Decreto de 1 de junio del año 2021.

Habida cuenta que se ha modificado el Decreto antes aludido de Delegaciones de 1 de junio (nº 4472) siendo sustituido por otro posterior de fecha 12 de febrero en curso (nº 816) y que la Sra. Diputada Delegada doña Alba Doblas Miranda mantiene su situación de baja por Incapacidad Laboral Transitoria, se hace necesario actualizar el Decreto de revocación de la Delegación de Igualdad, por lo que a tal efecto y en armonía con lo dispuesto en los artículos 63 y siguientes del RD 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, por el presente Decreto vengo en resolver:

Primero: Revocar la delegación efectuada por la Presidencia en la Sra. Diputada doña Alba Doblas Miranda, como Delegada Genérica de Igualdad, dejando sin efecto el Decreto de fecha 12 de febrero de 2022 y nº de resolución 816 en lo relativo a dicha delegación durante el tiempo en el que se encuentre la Sra. Diputada anteriormente mencionada en la referida situación de baja por Incapacidad Laboral Transitoria.

Segundo: Delegar en el Sr. Diputado Delegado don Francisco A. Sánchez Gaitán la Delegación de Igualdad, por lo que dicho Diputado ostentará la Delegación Genérica de Presidencia del Instituto Provincial de Bienestar Social y Centro de Atención a Personas con Discapacidad Intelectual y de Igualdad, correspondiéndole, por tanto, la autorización, compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquellos gastos relativos a las materias propias de dicha Delegación de Igualdad, todo ello durante el tiempo en el que se encuentre de baja por Incapacidad Laboral Transitoria la Sra. Diputada doña Alba Doblas Miranda.

Tercero: Del presente Decreto que surtirá efecto desde el día siguiente al de su fecha, deberá darse cuenta al Pleno corporativo a los efectos procedentes, debiendo llevarse a cabo la preceptiva publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Lo que se publica para general conocimiento y en cumplimiento de las determinaciones que, sobre esta materia, se contienen en el vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, Texto Articulado aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Córdoba, 15 de febrero de 2022. Firmado electrónicamente por el Secretario General, Jesus Cobos Climent.

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