Boletín nº 36 (22-02-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 466/2022

DECRETO Nº: 2022/2224.

Fecha: 15/02/2022.

Nº Exptediente: 2021/82470.

Asunto: SITAC - Sede Electrónica, Registro y otros trámites.

Referente a: Creación del Libro Auxiliar de Resoluciones de Órganos Unipersonales del SIT.

DECRETO SOBRE CREACIÓN DEL LIBRO AUXILIAR DE RESOLUCIONES DE ÓRGANOS UNIPERSONALES DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN TRIBUTARIA, ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA AUTOMATIZADA PARA LA TOMA DE RAZÓN, A LOS EFECTOS DE FE PÚBLICA Y SU INSCRIPCIÓN EN EL LIBRO ELECTRÓNICO DE RESOLUCIONES, Y ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA AUTOMATIZADA PARA LA FIRMA DE LAS DILIGENCIAS DE APERTURA Y CIERRE CON EL SELLO DE ÓRGANO TITULAR DEL ÓRGANO DE APOYO.

De conformidad con el informe-propuesta efectuado por la Titular del Órgano de Gestión Tributaria con CSV c7ff263fa7467a73f82944bf71c1800b0395683a y el informe del Jefe del Departamento de Gestión Tributaria con CSV 1615529e65dfb1c7d8851d9bc6d52c4ce962aa6e sobre la creación del Libro auxiliar de Resoluciones de órganos unipersonales del Sistema de Información Tributaria, actuación administrativa automatizada para la toma de razón, a los efectos de fe pública y su inscripción en el Libro electrónicos de Resoluciones y actuación administrativa automatizada para la firma de las diligencias de apertura y cierre con el sello de órgano Titular del Órgano de Apoyo,

HE RESUELTO:

PRIMERO. Aprobar la creación del Libro Electrónico de Resoluciones Auxiliar del Sistema de Información Tributaria y Recaudatoria (SITAC ) visto el informe emitido por el titular del órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local de fecha 2 de febrero de 2022 (CSV 165a245358745b7e4b3e9c4f9b91356969092ebd) y atendiendo a las consideraciones de interés público reflejadas por la titular del Órgano de Gestión Tributaria.

En el citado libro auxiliar se harán constar las Resoluciones dictadas por órganos unipersonales en los procedimientos administrativos que se tramitan por los mencionados órganos y las unidades administrativas que les dan soporte, tanto del Ayuntamiento de Córdoba como de sus Organismos Autónomos o Agencias en el citado SITAC.

SEGUNDO. Autorizar la utilización del sello electrónico Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, basado en certificado electrónico cualificado que reúne los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica, cuyas características son conformes a lo establecido en el Real Decreto 4/2010, que será entregado por la Delegación de Transformación Digital al Órgano de Gestión Tributaria y cuya custodia será responsabilidad del OGT, en las siguientes actuaciones administrativas automatizadas:

1) Transcripción y numeración en el Libro electrónico auxiliar del SITAC de las Resoluciones dictadas por órganos unipersonales en los procedimientos administrativos que se tramitan por los mencionados órganos y las unidades administrativas que les dan soporte, tanto del Ayuntamiento de Córdoba como de sus Organismos Autónomos o Agencias en el citado SITAC.

2) Firma de las notificaciones electrónicas generadas de forma automatizada tras la transcripción y numeración en el libro electrónico de las Resoluciones.

Los órganos competentes en relación con las presentes actuaciones automatizadas hasta que el sistema responda a los parámetros establecidos por el titular del órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local en el informe emitido con fecha 2 de febrero de 2022 (CSV 165a245358745b7e4b3e9c4f9b91356969092ebd), son los siguientes:

-La responsabilidad del diseño informático, programación y mantenimiento, auditoría del sistema de información y del código fuente le corresponderá al Órgano de Gestión Tributaria.

-La supervisión y control de calidad a la Unidad de Junta de Gobierno Local que podrá realizar por sí o acompañada de expertos cuantas auditorías estime pertinentes.

TERCERO. Instar al órgano de Gestión Tributaria para que por parte del/la Responsable del contrato relativo al Sistema de Información Tributaria del Ayuntamiento de Córdoba (SITAC), se requiera a la empresa adjudicataria del mismo realizar las adaptaciones correspondientes en el plazo de seis meses para dar cumplimiento a los requisitos establecidos en el informe emitido con fecha 2 de febrero de 2022 por el Titular del órgano de apoyo de la Junta de Gobierno Local:

(CSV 165a245358745b7e4b3e9c4f9b91356969092ebd).

CUARTO. Ordenar a la titular del Órgano de Gestión Tributaria que proceda a adoptar las medidas necesarias para capacitar a los empleados públicos usuarios del SITAC en el nuevo módulo de resoluciones.

QUINTO. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia para general conocimiento, así como proceder a su publicación en el portal web para conocimiento de todas las Unidades y de sus empleados públicos, en la Sede Electrónica Asociada dentro del apartado Normativa y en el portal de transparencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y en el artículo 10 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.

Córdoba, 15 de febrero de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, José Mª Bellido Roche.

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