Boletín nº 37 (23-02-2022)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 502/2022

El Pleno de esta Excma. Diputación Provincial de Córdoba, en sesión ordinaria, celebrada el día 16 de febrero de 2022, adoptó acuerdo de aprobar la modificación del artículo 14.2 de los Criterios y Directrices para la elaboración, aprobación y ejecución del Plan Provincial Plurianual de Cooperación a las Obras y Servicios de competencia municipal para el cuatrienio 2020-2023, relativo a la ejecución, abono y justificación de los fondos, quedando el contenido del mismo como sigue:

<< 14. EJECUCIÓN, ABONO Y JUSTIFICACIÓN DE LOS FONDOS

...//...

14.2. Todas las entidades locales beneficiarias del presente Plan Provincial que hayan solicitado la contratación de la actuación, la ejecución directa de la obra o la adquisición de inmuebles necesarios para la prestación de un servicio de competencia municipal, se les transferirá, siempre que exista disponibilidad presupuestaria, el importe de la actuación o actuaciones solicitadas. En todo caso, estas Entidades Locales no podrán comenzar la actuación (inicio del expediente de contratación administrativa, inicio de la obra en el sistema de ejecución directa o formalización de la adquisición mediante Escritura Notarial para la adquisición de inmuebles) hasta que no haya sido supervisado el Proyecto Técnico de la obra o el informe técnico municipal sobre el valor de la adquisición por los Servicios Técnicos de esta Diputación Provincial.

...//...>>

Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 32 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, este acuerdo se somete al trámite de información pública durante un plazo de diez días hábiles, al objeto de que las Entidades Locales interesadas, puedan formular alegaciones y/o reclamaciones frente a la misma.

Este documento lo firma electrónicamente en Córdoba, 18 de febrero de 2022, el Diputado Delegado de Cohesión Territorial, Juan Díaz Caballero.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad