Boletín nº 50 (15-03-2022)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 737/2022

Título: XI Premio de Narrativa Infantil y Juvenil.

BDNS (Identif.) 614363

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/614363)

1. PARTICIPANTES

Podrán participar en este concurso narradores, de cualquier edad y nacionalidad, que presenten obras inéditas escritas en lengua castellana que no hayan sido premiadas en otros certámenes o hayan ganado este premio en ediciones anteriores. Cada autor/a sólo podrá presentar una obra. Asimismo, los participantes quedan obligados a someterse a las actuaciones de comprobación de la Administración.

2. REQUISITOS

Los originales deberán tener una extensión mínima de 75 páginas y máxima de 100 páginas, escritas por una sola cara. Se presentarán numerados y a dos espacios en letra Times New Roman o Arial tamaño 11 y sin firma, bajo lema o seudónimo escrito en la cabecera de la portada junto con el título de la obra presentada.

3. DOCUMENTACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LA OBRA

Las personas que opten al XI Premio de Narrativa Infantil y Juvenil tendrán que aportar la documentación y seguir las instrucciones que se detallan a continuación:

DOCUMENTACIÓN:

-Solicitud (formulario electrónico), dirigida al Presidente de la Diputación de Córdoba, según modelo que se adjunta en las presentes bases (Anexo I) que incluye declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de conformidad con el artículo 26 del Reglamento de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

-Fotocopia del DNI, así como certificados de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y Tesorería de la Seguridad Social (TGSS) no siendo necesaria la aportación de dicha documentación por parte de los beneficiarios, si no se rechaza en la solicitud, realizando la verificación de estos datos por el Departamento de Cultura a través de la Plataforma de Intermediación. Sólo en caso de rechazo deberá aportar dicha certificación en otra documentación.

-Breve currículum vitae.

-Obra a presentar al Premio con las indicaciones reflejadas en estas Bases.

PRESENTACIÓN DE LA OBRA

Podrá realizarse por distintos procedimientos (con y sin certificado de firma digital).

1. Para las personas que dispongan de certificado de firma digital:

La solicitud de participación junto al resto de la documentación especificada anteriormente se presentará en el Registro Electrónico de la Diputación Provincial de Córdoba.

El acceso a la tramitación electrónica estará disponible desde la sede electrónica, en la dirección www.dipucordoba.es/tramites y se realizarán a través del formulario electrónico habilitado al efecto, que contendrá la misma información que figurará en la solicitud (Anexo I) de la convocatoria. El modelo será cumplimentado de acuerdo con las instrucciones y controles establecidos por la aplicación informática. El Registro Electrónico proporcionará documento de acuse de recibo de la transacción realizada en los términos que refleja el artículo 6º del Reglamento citado.

Las obras se presentarán en formato PDF inferior a 5 MB.

2. Para las personas que no dispongan de certificado de firma digital:

Deberán cumplimentar la solicitud (formulario electrónico) dirigida al Presidente de la Diputación de Córdoba, según modelo que se adjunta en las presentes bases (Anexo I). Una vez cumplimentada deberán imprimirla siguiendo las instrucciones que el propio formulario facilita.

La remisión de la obra se llevará a cabo en un sobre que contendrá a su vez otros dos sobres. En el primero de ellos (sobre 1) se hará constar en su exterior la leyenda XI Premio de Narrativa Infantil y Juvenil, así como el título de la obra y el lema o seudónimo, incluyéndose en su interior el pendrive con la obra en los términos señalados en la Base 2.

En el segundo de los sobres (sobre 2) se hará constar en su exterior la leyenda XI Premio de Narrativa Infantil y Juvenil, así como el título de la obra, bajo lema o seudónimo y la mención Datos personales, incluyéndose en su interior toda la documentación especificada en la base tercera.

Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Diputación de Córdoba (Plaza de Colón s/n), de lunes a viernes en horario de 9,00 a 14,00 horas. Asimismo, se podrán presentar en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo. Si, conforme a dicho precepto, se presentara a través de las Oficinas de Correos, deberá aparecer el sello de certificado en el sobre exterior y en la propia solicitud. En caso de optar por presentar la solicitud en registro distinto al General de Diputación de Córdoba o a través de Correos, se deberá informar a la Delegación de Cultura de la Diputación, por correo electrónico a la dirección cultura@dipucordoba.es, con el Asunto XI Premio de Narrativa Infantil y Juvenil adjuntando copia de la solicitud. La ausencia de dicho requisito implicará la exclusión del solicitante.

Dirección para el envío por correo postal: Diputación Provincial de Córdoba. Plaza de Colón s/n. CP 14071. Córdoba (España).

4. PLAZO DE PRESENTACIÓN

El plazo de presentación se iniciará al día siguiente de la publicación de estas bases en el (BOP) Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y finalizará cuatro meses después. No serán admitidas las obras que se reciban fuera de plazo.

Finalizado el plazo de solicitudes, se publicará en el Tablón de Edictos de la Diputación de Córdoba, relación de trabajos presentados.

5. PREMIO

Se establece un premio de TRES MIL EUROS (3.000,00 €) cantidad que se imputará a la aplicación 293.3341.48102 del presupuesto para el ejercicio 2022. Dicha dotación estará sujeta a las retenciones fiscales que puedan corresponderle.

Los derechos de la obra ganadora quedarán en propiedad de la Diputación de Córdoba, durante el periodo máximo permitido por el vigente Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual y así se hará constar en el contrato de edición. La publicación de la obra ganadora se realizará durante el ejercicio de 2023 y podrá ser realizada en coedición con una editorial especializada. El autor o autora recibirá, junto con la dotación económica mencionada, 40 ejemplares de la obra.

6. JURADO

El Jurado designado por la Diputada de Cultura, estará formado por destacadas personalidades del ámbito literario. Actuará como Secretaria con voz, pero sin voto la Jefa del Departamento de Cultura de la Diputación de Córdoba.

El jurado emitirá su fallo, inapelable, antes de que finalice 2022. Si las obras presentadas no alcanzaran la calidad necesaria, el premio sería declarado desierto.

El fallo del jurado se comunicará al ganador/a personalmente y será publicado en la Web de la Delegación de Cultura, Boletín Oficial de la Provincia, y la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

7. ACEPTACIÓN

La participación en el concurso implica la aceptación y conformidad de estas bases, y en lo no previsto en las mismas, se estará a lo que dictamine el Jurado.

8. RESOLUCIÓN

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses, computado a partir de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.

9. OBRAS NO PREMIADAS

Los originales no premiados no serán devueltos y se destruirán a los 10 días del fallo del premio.

10. INCUMPLIMIENTO

Si con posterioridad a la concesión del premio se tuviese conocimiento de anomalía o incumplimiento de las bases, procederá su revocación por parte de la Diputación Provincial de Córdoba, previa consulta con el Jurado, siendo no obstante obligación inexcusable del beneficiario/a del Premio para poder percibirlo encontrarse al corriente de sus obligaciones con la Diputación de Córdoba, con el Estado y la Seguridad Social.

11. NORMATIVA

Instruirá el procedimiento para la concesión del Premio a que se refiere la presente convocatoria la Delegación de Cultura de la Diputación de Córdoba.

La resolución del procedimiento, que pone fin a la vía administrativa, se efectuará mediante Decreto del Delegado de Área de Presidencia, Asistencia Económica a los Municipios y Mancomunidades y Protección Civil, (Decreto de la Presidencia de 12 febrero 2022 (BOP Nº 33, de 17/02/2022).

Para lo no previsto en las Bases de la Convocatoria serán de aplicación:

-La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

-El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

-La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

-La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

-Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

-Bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación Provincial de Córdoba 2022.

-Ordenanza reguladora de la actividad subvencional. Criterios de graduación u potestad sancionadora en la materia, de la Diputación Provincial de Córdoba, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 29, de 22 de febrero de 2020.

Córdoba, 7 de marzo de 2022. Firmado electrónicamente por el Diputado Delegado de Área de Presidencia, Asistencia Económica a los Municipios y Mancomunidades y Protección Civil, Rafael Llamas Salas.


Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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