Boletín nº 51 (16-03-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Iznájar

Nº. 751/2022

Don Lope Ruiz López, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Iznájar (Córdoba), hace saber:

Que por Decreto de Alcaldía número 120, de fecha 9 de marzo de 2022, se han aprobado las bases y la convocatoria para la contratación, con carácter laboral temporal, mediante el sistema de concurso de méritos, de un Técnico de Desarrollo Local durante seis meses por acumulación de tareas, con sujeción a las bases que se insertan a continuación:

CONVOCATORIA Y BASES PARA LA CONTRATACIÓN, CON CARÁCTER LABORAL TEMPORAL, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO DE MÉRITOS, DE UN TÉCNICO DE DESARROLLO LOCAL DE APOYO A LA OFICINA DEL ÁREA DESARROLLO DEL AYUNTAMIENTO DE IZNÁJAR DURANTE SEIS MESES POR ACUMULACIÓN DE TAREAS.

1. OBJETO

El objeto de la presente convocatoria es la selección y provisión temporal de un puesto de Técnico de Desarrollo Local.

Denominación

Técnico de desarrollo local de apoyo a la Oficina del Área de Desarrollo del Ayuntamiento de Iznájar.

Régimen

Laboral temporal

Jornada

Completa

Sistema selectivo

Concurso de méritos

El trabajador/a seleccionado/a desarrollará sus funciones en el Ayuntamiento de Iznájar. El contrato tendrá una duración de seis meses a jornada completa y con un sueldo bruto mensual de 1.545,85 € más la parte proporcional a la paga extraordinaria de 257,65 €. Se trata de un puesto de trabajo temporal para garantizar el buen funcionamiento del área de desarrollo del Ayuntamiento de Iznájar, en el que se desarrollarán principalmente las siguientes funciones:

-Tramitación y control de las subvenciones municipales tanto solicitadas por el propio ayuntamiento como las concedidas por éste a particulares y empresas.

-Tramitar las solicitudes de alquiler de diferentes edificios municipales.

-Colabora en la organización de eventos y festejos (colabora en la organización, preparación y puesta en funcionamiento).

-Elaboración de estudios, informes y propuestas.

-Información a colectivos, empresas, entidades sobre las iniciativas en desarrollo.

-Ayuda a renovar o reactivar una tarjera de demanda de empleo, solicitud de citas al SAE, SEPE y Seguridad social.

-Inscripción de viviendas en el registro de turístico de la Junta de Andalucía.

-Revisión de subvenciones concedidas al Ayuntamiento en colaboración con intervención/tesorería, comprobando que disponen de los datos para su contabilización y verificando que se encuentren justificadas, dentro de plazo justificación o ejecución.

-Actualizar las bases de subvenciones y publicarlas, dar información a los posibles interesados, recoger la documentación de los solicitantes para su tramitación, informe de las solicitudes presentadas para la comisión informativa y realizar el seguimiento para su posterior justificación.

-Búsqueda, preparación y gestión de subvenciones, ayudas y convenios con otras administraciones para actividades a desarrollar por el propio Ayuntamiento, en muchas materias.

-Información a los emprendedores y las empresas sobre líneas de subvenciones y ayudas.

-Apoyo transversal a otros departamentos municipales. En acciones de promoción local, en actividades relacionadas con el desarrollo local, etc.

-Atención de usuarios, facilitando información y atención a diferentes departamentos del Ayuntamiento.

Según lo dispuesto en el artículo 14 E.T., se establece un periodo de prueba de un mes, durante los cuales la Alcaldía de este Ayuntamiento podrá dejar sin efecto el contrato, mediante Resolución motivada y contratar al siguiente aspirante por orden de puntuación, aplicándole también a éste lo establecido anteriormente sobre el período de prueba.

2. REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS ASPIRANTES

Para ser admitidos al proceso de selección mediante concurso de méritos, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos referidos al último día de plazo de presentación de instancias y mantenerlos hasta el momento de la formalización del correspondiente contrato de trabajo:

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público (acceso al empleo público de nacionales de otros Estados).

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

e) Estar en posesión del Título de Diplomado, Licenciado o Título de grado universitario equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación en España.

Los requisitos, establecidos en las presentes bases deberán cumplirse el último día de plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el procedimiento de selección hasta el momento de su contratación.

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Se realizará la publicación íntegra de las bases de la convocatoria en el Boletínn Oficial de la Provincia de Córdoba y en el Tablón de edictos del Ayuntamiento de Iznájar.

4. SOLICITUDES

Las solicitudes, requiriendo tomar parte en el correspondiente proceso de selección, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para el puesto, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, asimismo se publicarán en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en su página web.

La solicitud (anexo I) deberá ir acompañada por:

-Los documentos previstos en la base quinta: Procedimiento de selección: documentación a aportar por los aspirantes, que se encuentra a continuanción.

5. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

Documentación a aportar por los aspirantes:

-Instancia (Anexo I) solicitando tomar parte en la convocatoria, en la que los aspirantes deberán hacer constar mediante declaración jurada que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en la convocatoria, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, que aceptan en su totalidad y se someten a las bases que rigen la presente convocatoria, se dirigirán al Ilmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Iznájar y se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La no presentación de la instancia en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

-Fotocopia, del Documento Nacional de Identidad vigente o en el supuesto de renovación del DNI, fotocopias, por ambas caras, del resguardo de la solicitud, así como de dicho documento caducado, o, en el caso de no tener la nacionalidad española, fotocopia del documento oficial acreditativo de la personalidad, en vigor.

-Fotocopia del Título Universitario de Diplomado, Licenciado o Título de grado universitario equivalente.

-Autobaremación. (Anexo II)

-Documentación acreditativa de los méritos manifestados por el interesado en el impreso de autobaremación (Anexo II)

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