Boletín nº 53 (18-03-2022)
VIII. Otras Entidades
Instituto de
Cooperación con la Hacienda Local
Córdoba
Nº. 805/2022
Órgano: Vicepresidencia del I.C.H.L.
En ejercicio de las competencias delegadas mediante Decreto de la Presidencia del Instituto de Cooperación con la Hacienda Local, de fecha 11 de julio de 2019, esta Vicepresidencia, ha decretado el 8 de marzo de 2022, la aprobación de los padrones cobratorios del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de características especiales del ejercicio 2022, correspondientes a los municipios de ADAMUZ, AGUILAR DE LA FRONTERA, ALCARACEJOS, ALMODÓVAR DEL RÍO, BAENA, BELALCÁZAR, BELMEZ, CARCABUEY, DOS TORRES, EL CARPIO, EL VISO, ESPEJO, ESPIEL, FUENTE OBEJUNA, FUENTE PALMERA, GUADALCAZAR, HINOJOSA DEL DUQUE, HORNACHUELOS, IZNAJAR, LA CARLOTA, LA RAMBLA, LUCENA, LUQUE, MONTALBÁN, MONTILLA, MONTORO, OBEJO, PALMA DEL RÍO, PEDRO ABAD, PEDROCHE, PEÑARROYA PUEBLONUEVO, POZOBLANCO, PRIEGO DE CÓRDOBA, PUENTE GENIL, RUTE, TORRECAMPO, VILLA DEL RÍO, VILLAFRANCA DE CÓRDOBA, VILLANUEVA DE CÓRDOBA, VILLANUEVA DEL DUQUE y VILLAVICIOSA DE CÓRDOBA.
La notificación de las liquidaciones contenidas en los padrones se realiza de forma colectiva, en virtud de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y en el artículo 78 de la Ordenanza General de Gestión, Inspección y Recaudación de Ingresos de Derecho Público de la Diputación Provincial de Córdoba.
Estos padrones quedan expuestos al público en cada Ayuntamiento, en el tablón de edictos de la Sede Electrónica del Instituto de Cooperación con la Hacienda Local (https://sede.haciendalocal.es), y en las distintas oficinas de Atención al Público del Organismo, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 de la Ordenanza General de la Diputación de Córdoba.
-Recursos:
Contra estas liquidaciones, se podrá interponer el recurso de reposición del artículo 14.2 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del período de exposición pública, pudiendo presentarse en la sede central, sita en la calle Reyes Católicos, número 17 de Córdoba, o en cualquier otra oficina del Organismo en la Provincia.
-Plazo de pago en período voluntario:
Desde el día 21 de marzo hasta el día 24 de mayo de 2022, ambos inclusive.
Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
-Forma de pago:
Las deudas que no estuvieran domiciliadas, podrán abonarse de forma telemática en la oficina virtual del Organismo accesible en la Sede Electrónica https://sede.haciendalocal.es.
El abono personal en ventanilla, podrá realizarse únicamente mediante la presentación del correspondiente abonaré remitido al domicilio del obligado al pago, durante el horario de oficina en cualquiera de las sucursales de las siguientes Entidades colaboradoras de la Recaudación provincial: BANCO SANTANDER, LA CAIXA, CAJA RURAL DE BAENA, CAJA RURAL DEL SUR, CAJA RURAL DE CAÑETE, CAJA RURAL DE ADAMUZ, CAJA RURAL DE N.CARTEYA y CAJASUR.
En caso de pérdida o extravío del abonaré podrá obtener un duplicado del mismo en cualquier oficina del Organismo en la provincia o, en su defecto, en el propio Ayuntamiento.
-Servicio de atención telefónica:
957498283
Córdoba, 10 de marzo de 2022. Firmado electrónicamente por la Vicepresidenta del Organismo, Felisa Cañete Marzo.