Boletín nº 60 (29-03-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Palma del Río

Nº. 845/2022

El Alcalde-Presidente del Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río, dicta resolución de fecha 5 de marzo de 2022, y nº de registro 2022/00000531, mediante la que:

PRIMERO. Avocar las competencias delegadas a la Junta de Gobierno por Decreto de la Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Palma del Río nº 1835/2019, de 25 de junio, respecto al órgano de contratación y la aprobación de proyectos, respectivamente, en los expedientes administrativos que correspondan a actuaciones acogidas a los incentivos del Programa de subvenciones a proyectos singulares de entidades locales que favorezcan el paso a una economía baja en carbono a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en el marco del eje 4 (Economía Baja en Carbono) del Programa Operativo Plurirregional de España 2014-2020.

SEGUNDO. Delegar en don José María Parra Ortiz, Concejal Delegado de Régimen Interior, además de las competencias delegadas en la Resolución de la Alcaldía 220/2020, de 4 de febrero, en referencia los expedientes administrativos que correspondan a actuaciones acogidas a los incentivos del Programa de subvenciones a proyectos singulares de entidades locales que favorezcan el paso a una economía baja en carbono a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en el marco del eje 4 (Economía Baja en Carbono) del Programa Operativo Plurirregional de España 2014-2020, las relativas a:

1. Competencias como órgano de contratación respecto de contratos de obras, de suministros, de servicios, de gestión de servicios públicos, los contratos administrativos especiales y los contratos privados cuando su importe, teniendo en cuenta la duración total del contrato y sus eventuales prórrogas, supere la cantidad de 150.000 €, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido y dicho importe no sea superior al 10 por ciento de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, a la cuantía de 6.000.000,00 €, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni los 6.000.000,00 €.

2. Aprobación de los proyectos de obra cuyo importe supere la cantidad de 150.000 €, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, siempre y cuando dichos proyectos estén previstos en el Presupuesto. Y la aprobación de los servicios cuyo importe, teniendo en cuenta la duración total del contrato y sus eventuales prórrogas, supere la cantidad de 150.000,00 €, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, siempre y cuando tales servicios estén previstos en el Presupuesto.

Palma del Río, 9 de marzo de 2022. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Esperanza Caro de la Barrera Martín.

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