Boletín nº 69 (11-04-2022)

VIII. Otras Entidades

Patronato Municipal de Deportes
Cabra (Córdoba)

Nº. 1.003/2022

BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A PROYECTOS DEPORTIVOS DEL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES DEL ILMO. AYUNTAMIENTO DE CABRA.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

-La Ley 5 /2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, consagra, en su artículo 5, como principios rectores de los poderes públicos de Andalucía entre otros los siguientes:

-La promoción de las condiciones que favorezcan el desarrollo general del deporte, con atención preferente a las actividades físico-deportivas dirigidas a la ocupación del tiempo libre, al objeto de desarrollar la práctica continuada del deporte con carácter recreativo y lúdico.

-La implantación y desarrollo de la educación física y del deporte en los distintos niveles, grados y modalidades educativas contemplados en el currículo, así como la promoción del deporte en edad escolar.

-El fomento del deporte de competición.

-La promoción y regulación del asociacionismo deportivo y, en general, de la participación social y del voluntariado.

-La prevención y erradicación de la violencia, xenofobia, racismo e intolerancia, el dopaje y el fraude en el deporte, fomentando el juego limpio en las manifestaciones deportivas y la colaboración ciudadana.

-El fomento del patrocinio deportivo en los términos que legal o reglamentariamente se determinen.

-La coordinación y promoción de la colaboración entre el sector público y el privado, a fin de optimizar y garantizar la más amplia y mejor oferta deportiva.

-La Ley 5 /2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, en su artículo 9 apartado 18, establece, entre otras, las siguientes competencias propias de los municipios en materia de deporte:

-La planificación, ordenación, gestión y promoción del deporte base y del deporte para todos.

-La organización y, en su caso, autorización de manifestaciones y competiciones deportivas que transcurran exclusivamente por su territorio, especialmente las de carácter popular y las destinadas a participantes en edad escolar y a grupos de atención especial.

-La contribución que muchos clubes deportivos del municipio de Cabra realizan en la promoción del deporte, tanto de competición como de base, requiere un esfuerzo singular, implicando un coste que justifican la concesión de ayudas procedentes de la Administración Municipal.

-Las ayudas a los clubes deportivos egabrenses se configuran como instrumentos básicos de apoyo para el fomento y promoción del deporte en el ámbito territorial municipal.

-Las presentes bases tienen por objeto regular el fomento de la práctica deportiva y el desarrollo de la educación física en general entre la población del municipio de Cabra, a través de las diversos clubes deportivos del municipio. De acuerdo con el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el procedimiento ordinario se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, a través de la correspondiente convocatoria y publicación de sus Bases Reguladoras.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ordenanza General Reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Cabra, estas subvenciones se regirán bajo los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.

1. RÉGIMEN JURÍDICO

Las subvenciones concedidas al amparo de las presentes Bases Reguladoras se regirán, además de por lo previsto en las mismas, por:

a. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

b. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

c. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

d. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

e. La Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

f. La Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.

g. La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

h. El Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, Ley reguladora de las Haciendas Locales.

i. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

j. El Real Decreto 203/2022, de 30 de marzo, Reglamento de Actuación y Funcionamiento del Sector Público por Medios Electrónicos.

k. El Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la Publicidad de las Subvenciones y demás Ayudas Públicas.

l. El Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Entidades Locales.

m. El Decreto de 17 de junio de 1955, Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales.

n. La Ordenanza General reguladora de la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Cabra, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 59, de 29 de marzo de 2006.

2. Vigencia y disponibilidad presupuestaria

Las presentes bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y regularán las convocatorias que se realicen a partir de entonces, siendo la respectiva cuantía anual la consignada a ese fin en el Presupuesto del Patronato Municipal de Deportes del Ilmo. Ayuntamiento de Cabra para cada ejercicio y en la correspondiente convocatoria, partida presupuestaría 452.1.489.00. Dicha cuantía se distribuirá entre el colectivo de beneficiarios en función de los criterios contenidos en las presentes bases.

3. Objeto y finalidad de la concesión de la subvención

a) Objeto:

Las convocatorias reguladas por las presentes bases tienen por objeto el fomento de la práctica deportiva y el desarrollo de la educación física en general entre la población del municipio de Cabra a través de la financiación de proyectos en materia de deportes que se desarrollen durante el ejercicio de la convocatoria y que soliciten entidades deportivas de la localidad de Cabra.

Será objeto de la Convocatoria la cesión gratuita del uso de las instalaciones deportivas municipales, si bien los beneficiarios serán única y exclusivamente los equipos que militen en competición federada que precisen esos recintos para sus entrenamientos o disputa de la competición, todo ello conforme al calendario de uso que el personal técnico del PMD considere idóneo en cada caso. Para otros supuestos, los clubes deberán abonar los precios públicos establecidos por utilización de Instalaciones Deportivas aprobadas por el Ayuntamiento de Cabra.

El uso gratuito de la Piscina Climatizada para los entrenamientos de los equipos Federados de Natación, queda excluido. El precio será lo establecido en la Ordenanza Reguladora de Precios Públicos de las Instalaciones Deportivas del Ayuntamiento de Cabra, que establece que se bonificará con un 50 % del precio público establecido. Se concederá la cesión gratuita de la instalación de la Piscina Climatizada para la organización de eventos deportivos oficiales de Natación.

b) Finalidad:

Apoyar a los Clubes Deportivos con domicilio social en la localidad de Cabra para que desarrollen sus actividades deportivas durante el año de la convocatoria.

4. líneas por las que se puede solicitar la subvención

a) Ayudas a entidades deportivas de la localidad de Cabra por la participación de sus equipos federados en competiciones deportivas organizadas por la Federación correspondiente y con un calendario de competición oficial (ligas o campeonatos provinciales, autonómicos y/o nacionales) donde debe participar en todas las jornadas del calendario por normativa de la Federación organizadora.

b) Ayudas a entidades deportivas de la localidad de Cabra para la organización y participación en eventos deportivos oficiales (campeonatos provinciales, campeonatos autonómicos, campeonatos de nacionales, campeonatos internacionales, etc).

c) Ayudas a entidades deportivas de la localidad de Cabra para la organización de actividades deportivas de carácter NO federativo (no organizadas por la Federación deportiva correspondiente) cuyo objeto sea el de fomentar la práctica deportiva y el desarrollo de la educación física en general entre la población de nuestro municipio.

Una misma entidad deportiva sólo podrá presentar un proyecto eligiendo en el ANEXO I a que línea opta el proyecto para la subvención.

5. actividades no subvencionables

-Actividades no deportivas.

-Actividades que aun incluyendo alguna actuación en el ámbito deportivo, esta no sea la actuación principal.

-Actividades lucrativas, es decir, que tengan beneficios económicos para la entidad organizadora (más ingresos que gastos).

-Asistencia como espectadores a eventos deportivos.

6. conceptos subvencionables y no subvencionables

Serán objetos subvencionables los que se hayan efectuado por el solicitante entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año de la convocatoria. Dichos gastos deberán estar directamente re

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