Boletín nº 71 (13-04-2022)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 1.168/2022

La Junta de Gobierno de esta Excma. Diputación Provincial, en sesión ordinaria, celebrada el día veintidós de marzo del año en curso ha adoptado, entre otros, el siguiente acuerdo, según consta en el borrador del acta, aún pendiente de aprobación y a reserva de los términos que de ésta resultaren:

"3. DESIGNACIÓN DE MIEMBROS EN LAS MESAS DE CONTRATACIÓN DE ESTA CORPORACIÓN (GEX 2018/6035). Al pasar a tratarse el expediente instruido en el Servicio de Contratación, se da cuenta de informe-propuesta suscrito por el Adjunto a la Jefatura de dicho Servicio, por el Jefe del mismo y conformado por el Sr. Secretario General de la Corporación, fechado el día 15 del mes de marzo en curso, y que presenta los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos de derecho".

"ANTECEDENTES DE HECHO Y FUNDAMENTOS DE DERECHO

Mediante Decreto de 24 de febrero de 2018, y Decreto de 11 de marzo de 2019, se procedió a la regulación de la composición de las 2 mesas de contratación de carácter permanente que asisten a los órganos de contratación, todo ello en referencia a la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 noviembre, de Contratos del Sector Público (en sucesivas referencias, LCSP).

A raíz de la constitución de la nueva Corporación y la renovación de sus órganos, según acuerdo del Pleno de la Diputación Provincial, de fecha 28 de junio de 2019, se procedió por acuerdo de la Junta de Gobierno del pasado 24 de septiembre, a la designación de nuevos miembros de las mesas de contratación a los efectos, principalmente, de los cambios operados en la Presidencia según apartado 7 de D.A. citada.

El anterior acuerdo se modificó por resolución de la Junta de Gobierno de esta Excma. Diputación Provincial adoptada, en sesión ordinaria, del día 12 de noviembre de 2019, que estimó la propuesta del Jefe del Servicio de Contratación, en torno a la formación de una única mesa de contratación con el objetivo de lograr una mayor eficacia y eficiencia en la gestión de la licitación de los expedientes de contratación a cargo de ese Servicio.

Con motivo de la incorporación, con carácter interino, de dos funcionarias a la Subescala Técnica de Administración General, doña Carmen Correa Moreno y doña Eva María Martínez González, adscritas, cada una de ellas, a la Unidad de Secretaría y al Servicio de Contratación, respectivamente, se modificó de nuevo por Decreto del Presidente de la Corporación, dictado el 14 de abril de 2020 (número de resolución 1937/2020), la composición de la mesa de contratación permanente de la Diputación con el fin de alcanzar, en función de los recursos humanos disponibles en ese momento, la máxima profesionalización posible, incluyendo en ella a empleadas públicas de la más alta subescala dentro de la escala de administración general.

Con motivo de la propuesta del Secretario General de la Corporación, de 22 de diciembre de 2020, en la que se propuso, a resultas de la adscripción a la Unidad de Secretaria del funcionario de carrera don Antonio Ávila Martín, su incorporación al puesto que desempeñaba doña Carmen Correa, pasando ésta a ser la 2ª suplente, se volvió a modificar la composición de la mesa de contratación, al proveerse la vocalía de un funcionario de carrera, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 3º del apartado 7 de la Disposición Adicional 2ª.

Vistos el artículo 326 y la Disposición Adicional 2ª de la LCSP, así como los artículos 21 y 22 del Real Decreto 817/2009, de 9 de mayo.

CONSIDERANDO el reciente cese de la funcionaria doña Eva María Martínez González, que se encontraba adscrita al Servicio de Contratación y desempañaba el puesto de titular de la vocalía 4ª.

CONSIDERANDO el reciente traslado de la funcionaria doña Elena Vigo Álvarez, del Departamento de Contratación, al Departamento de Programas Europeos y que desempeñaba el puesto de suplente 2ª de la vocalía 3ª.

CONSIDERANDO el reciente nombramiento de doña Isabel M. Robles Palma como funcionaria interina adscrita al Servicio de Contratación.

CONSIDERANDO el reciente nombramiento de doña Alba M. Pedraza Luna, como funcionaria de carrera adscrita al Servicio de Contratación.

CONSIDERANDO el elevado volumen de expedientes de contratación que actualmente se encuentran en fase de licitación, se hace necesario atender a estas propuestas con el fin de garantizar el normal funcionamiento de la mesa de contratación de carácter permanente.

CONSIDERANDO la potestad de autoorganización que ostenta esta Corporación provincial y de la competencia de la Junta de Gobierno como órgano de contratación en virtud de la Disposición adicional segunda de la LCSP, se han de tener en cuenta los siguientes actos y acuerdos de tipo organizativo interno:

-Decreto 3870/2019, de 9 de julio, en virtud del cual se delega en la Junta de Gobierno la contratación de obras, de suministros, de servicios, de concesión de obras y concesión de servicios, los contratos administrativos especiales y los contratos privados cuando su valor estimado exceda de 300.000 euros en los contratos de obras y de 200.000 euros en los demás contratos y no supere el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de seis millones de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, eventuales prórrogas incluidas, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada.

-Acuerdo del Pleno de la Corporación, adoptado en sesión celebrada el día 10 de julio de 2019, mediante el que se delega en la Junta de Gobierno la contratación de obras, de suministros, de servicios, de gestión de servicios públicos, los contratos administrativos especiales y los contratos privados cuando su importe supere el 10 % de los recursos ordinarios del presupuesto o, en cualquier caso la cuantía de seis millones de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración sea superior a cuatro años en todo caso, y los plurianuales de duración inferior siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades supere el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, o la cuantía señalada.

CONSIDERANDO, igualmente, la competencia de la Presidencia para el resto de contratos y lo determinado en Sentencia del Tribunal Supremo de 21 de septiembre de 1993, en cuanto a la validez del ejercicio de la atribución mediante el voto de la Presidencia en el citado órgano colegiado, así como la mayor idoneidad de la decisión con el concurso de la asistencia de la Junta de Gobierno a la Presidencia en el ejercicio de sus funciones según artículo 35.2 a) de Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local".

A la vista de lo anterior, y de conformidad con lo propuesto en el informe de referencia, la Junta de Gobierno, en votación ordinaria y por unanimidad, acuerda:

PRIMERO. Que en los expedientes de contratación aprobados con anterioridad a la presente disposición y que se encuentren en cualquier estado de tramitación dentro del procedimiento de licitación, así como en aquellos otros que sean aprobados con posterioridad, hasta la constitución de una nueva Corporación o hasta que se derogue este acuerdo por otro posterior, las mesas de contratación, designadas de manera permanente, para asistir a los órganos de contratación competentes para la adjudicación de los contratos, Junta de Gobierno y Diputados delegados con delegación genérica, estará compuesta por los siguientes miembros:

PRESIDENTE:

Titular: Sr. Don Juan Díaz Caballero, Diputado Delegado de Cohesión Territorial.

Suplente 1: Sr. Don Francisco Palomares Sánchez, Diputado Delegado de Medio Natural y Carreteras.

Suplente 2: Sra. Doña Inmaculada Concepción Silas Márquez, Diputada Delegada de Recursos Humanos y Turismo.

Suplente 3: Sr. Don Víctor Montoro Caba, Vicepresidente 5º y Diputado Delegado de Delegado de Programas Europeos y Administración Electrónica.

Una vez iniciada cada sesión, las sustituciones coyunturales por el tiempo imprescindible de la Presidencia serán resueltas mediante sustitución por el suplente o el miembro del órgano colegiado de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden.

En las situaciones de ausencia, enfermedad y el resto de supuestos previstos en artículo 13.1 Ley 40/2015, circunstancia debidamente justificadas, sus funciones serán desempeñadas por el siguiente orden, por los funcionarios de carrera que a continuación se relacionan:

Suplente 4: Sr. Don Francisco García Delgado, funcionario de carrera de esta Corporación, Jefe del Servicio de Planificación y Cooperación con los municipios.

Suplente 5: Sra. Doña Carmen Ruiz Aguayo, SecretariaInterventora adscrita al Servicio Jurídico Contencioso de la Excma. Diputación de Córdoba.

Suplente 6: Sr. Don Victoriano Castro Vivar, funcionario de carrerra de esta Corporación, Jefe del Servicio de Hacienda.

VOCALES:

Vocal 1:

Titular: Don Jesús Cobos Climent, Secretario General de la Corporación.

En las situaciones de ausencia, permisos, suplencia o sustitución coyuntural del Vocal 1 Secretario General Titular, debidamente justificadas por éste, sus funciones serán desempeñadas por los siguientes funcionarios por el orden de prelación indicado:

Suplente 1: Don Antonio Ávila Martín, funcionario de carrera, Adjunto a la Jefatura de Servicio de Secretaría General.

Suplente 2: Doña Carmen Correa Moreno, funcionaria interina, Técnica de Administración General adscrita a la Secretaría General.

Vocal 2:

Titular: Don Alfonso Montes Velasco, Interventor de Fondos de la Corporación.

Suplente 1: Doña Teresa Eugenia del Río Nieto, funcionaria de carrera, Técnica de administración general adscrita al Servicio de Intervención.

Suplente 2: Doña Adelaida Ramos Gallego, funcionaria de carrera, Técnica de Administración General, Jefa de la Unidad de Fiscalización y Control Financiero Permanente de la Intervención de Fondos.

Vocal 3:

Titular: Don Juan Carandell Mifsut, funcionario de carrera, Técnico de Administración General, Jefe del Servicio de Contratación.

Suplente: Doña Victoria Alcalde Ortiz, funcionaria interina, Técnica de Administración General adscrita al Servicio de Contratación.

Suplente: Doña María Tello Arenas, personal laboral, administrativa, Técnica especialista en gestión de contratación de obras, adscrita al Servicio de Contratación.

Vocal 4:

Titular: Doña Alba M. Pedraza Luna, funcionaria de carrera, Técnica de Administración General adscrita al Servicio de Contratación.

Suplente: Doña Isabel M. Robles Palma, funcionaria interina, Técnica de Administración General adscrita al Servicio de Contratación.

Suplente: Doña Dolores Ruiz Jiménez, funcionaria de carrera, Administrativa de Administración General, Responsable de Administración de Contratación.

SECRETARIO:

Titular: Don Juan José Gómez Gracia, funcionario de carrera, Técnico de Administración General, Adjunto a la Jefatura del Servicio de Contratación.

Suplente 1ª: Doña Carmen Ramírez Díaz, funcionaria de carrera, Administrativa de Administración General, Adjunta Jefatura de Sección Contratación.

Suplente 2ª: Don Daniel Guerrero Caler, funcionario de carrera, Administrativo de Administración General, Adjunto Jefatura Sección Contratación.

Se podrá incorporar como asesor, con voz pero sin voto, el funcionario responsable del Servicio que solicita la contratación o persona que éste designe.

SEGUNDO. Facultar al Secretario titular de la mesa de contratación para que designe en la Plataforma de Contratación del Sector Público a los gestores del órgano de asistencia que considere necesario al objeto de apoyarlo en las labores de gestión de las sesiones electrónicas de la mesa de contratación.

TERCERO. Que al tratarse de una designación permanente o para un pluralidad de contratos, se deberá publicar en el Perfil de Contratante alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público y, además, en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, de conformidad con lo establecido en el artículo 21.4 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

CUARTO. Al objeto de compatibilizar la eficacia y el adecuado funcionamiento del órgano y el desempeño ordinario de las atribuciones de cada uno de sus miembros, se deberán adoptar las medidas oportunas por el Servicio de Contratación para que el día ordinario de reunión del mismo se mantenga con carácter general los jueves de cada semana, sin perjuicio de su modificación o alteración en función de las circunstancias concurrentes y siempre que lo anterior resulte compatible con el régimen legal y reglamentario de celebración de la Mesa.

Para su conocimiento y cumplimiento expido la presente certificación de orden y con el visto bueno de la Presidencia.

Córdoba, 28 de marzo de 2022. V.ºB.º de Presidente, Antonio Ruiz Cruz. Firmado electrónicamente por el Secretario General, Jesús Cobos Climent. 

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