Boletín nº 72 (18-04-2022)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Fuente Palmera
Nº. 1.197/2022
Don Francisco Javier Ruiz Moro, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Fuente Palmera (Córdoba), hace saber:
Que con fecha 8 de abril de 2022, se ha dictado Resolución de Alcaldía nº 931/2022, a través de la cual se acuerda la ampliación del plazo para resolver el procedimiento para el ejercicio de la potestad de investigación relativo al Camino de las Balbuenas, que se presume de titularidad municipal, al objeto de su inclusión en el Inventario Municipal de Caminos Públicos, y que se transcribe a continuación:
"DECRETO Nº 931/2022
Visto el contenido del expediente Gex nº 1583/2017, iniciado en este Ayuntamiento de oficio para la recopilación y análisis de aquellos antecedentes que permitan reunir indicios fehacientes sobre el carácter inmemorial y el uso público del Camino de las Balbuenas al objeto, según prevé la ordenanza municipal, de su inclusión en el inventario de caminos municipales, recabando los informes y estudios necesarios para determinar la concurrencia de los presupuestos para el ejercicio de la potestad de investigación.
Visto que con fecha 19 de octubre de 2021, se dictó el Decreto de Alcaldía nº 2683/2021, a través del cual se iniciaba el procedimiento para el ejercicio de la potestad de investigación relativo al Camino de las Balbuenas, que se presume de titularidad municipal, al objeto de su inclusión en el Inventario Municipal de Caminos Públicos.
Visto que según el artículo 123 del Decreto 18/2006, de 24 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía (RBELA):
"1. El plazo para resolver y notificar los procedimientos previstos en el presente Título será de seis meses desde su iniciación.
2. La falta de resolución en plazo producirá los efectos previstos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común".
Visto que la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece en su artículo 32 lo siguiente:
"1. La Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero. El acuerdo de ampliación deberá ser notificado a los interesados. [...]
3. Tanto la petición de los interesados como la decisión sobre la ampliación deberán producirse, en todo caso, antes del vencimiento del plazo de que se trate. En ningún caso podrá ser objeto de ampliación un plazo ya vencido. Los acuerdos sobre ampliación de plazos o sobre su denegación no serán susceptibles de recurso, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento".
En virtud de las competencias otorgadas por el artículo 21.1.s), de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
HE RESUELTO:
Primero: Ampliar en tres meses el plazo para resolver el procedimiento para el ejercicio de la potestad de investigación relativo al Camino de las Balbuenas, que se presume de titularidad municipal, al objeto de su inclusión en el Inventario Municipal de Caminos Públicos.
Segundo: Publicar la presente Resolución mediante la inserción de un anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento, y notificarla a los interesados en el procedimiento.
Tercero: Dar cuenta de la presente resolución al Pleno en la siguiente sesión ordinaria que celebre".
Lo que se hace público para general conocimiento.
Fuente Palmera (Córdoba), 8 de abril de 2022. Firmado electrónicamente por el Sr. Alcalde-Presidente, Francisco Javier Ruiz Moro.