Boletín nº 73 (19-04-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montalbán

Nº. 1.211/2022

Expediente GEX 2021/1526.

Modificación de competencias concejalía delegada de personal.

ANUNCIO EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Don Miguel Ruz Salces, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Montalbán de Córdoba, hace saber:

Habiéndose aprobado definitivamente por Resolución de Alcaldía nº 2022/00000379, de fecha 7 de abril de 2022, el expediente de modificación de delegación de competencias en la Concejalía de Personal atribuidas a don José Gálvez Jiménez, se publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 44 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, quedando las mismas del siguiente modo:

-Dirección interna, organizativa y funcional de la Concejalía de Personal.

-Gestión de los servicios correspondientes relativos a la Concejalía de Personal.

-Potestad disciplinaria frente a los empleados públicos, incluyendo la facultad de dictar actos administrativos con efectos jurídicos respecto de terceros.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se pudiera estimar más conveniente a derecho.

En Montalbán de Córdoba, 11 de abril de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Miguel Ruz Salces.

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