Boletín nº 74 (20-04-2022)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Puente Genil
Nº. 1.149/2022
SUMARIO
Resolución de la Sra. Concejala Delegada de la Presidencia, Hacienda, Personal y Turismo (Decreto de Delegación de fecha 19/06/19) nº 1530/2022 de 28 de marzo de 2022, del Ayuntamiento de Puente Genil por la que se aprueba el nombramiento de personal laboral fijo de plantilla según la convocatoria para la selección de personal para cubrir la plaza de Psicóloga, en régimen de personal laboral,
TEXTO
Por la Sra. Concejala Delegada de la Presidencia, Hacienda, Personal y Turismo se ha dictado con fecha 28/03/22 la siguiente:
RESOLUCIÓN: Vista la propuesta del Tribunal Calificador del proceso selectivo puesto en marcha por el Excmo. Ayuntamiento de Puente Genil para cobertura como personal laboral fijo de plantilla de una plaza de psicólogo/a, vacante en la plantilla de personal laboral de este Ayuntamiento e incluida en la Oferta de Empleo Público de 2018, del día 21 de febrero de 2022, a favor de la candidata doña Gloria Villalobos Núñez.
Visto el escrito presentado por doña Gloria Villalobos Núñez, con registro de entrada número 1899, de 4 de marzo de 2022, al que se adjunta la documentación prevista en la base novena de las que rigen la convocatoria y comprobado que dicha documentación se halla conforme a lo dispuesto en las bases.
Vista la base décima de las que rigen la convocatoria, Formalización del Contrato, en la que se recoge que se dispondrá la contratación del aspirante propuesto, en el plazo máximo de un mes.
Vista que la fecha prevista para formalización del contrato es el 1 de abril de 2022.
Es por ello y en virtud del Decreto de Delegación de competencias de fecha 19 de junio de 2019, por el presente
HE RESUELTO:
Contratar para la provisión como personal laboral fijo de plantilla, de una plaza de Psicólogo/a, vacante en la plantilla de personal laboral de este Ayuntamiento e incluida en la Oferta de Empleo Público de 2018, a doña Gloria Villalobos Núñez, para el día 1 de abril de 2022.
Notifíquese la presente resolución a los negociados correspondientes del Ayuntamiento, así como a la interesada.
Lo que se hace público para general constancia y conocimiento, advirtiendo que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer el interesado recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1, 2, 3, 4 ó 5 de Córdoba, de conformidad con la distribución de competencias del artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de Jurisdicción Contencioso Administrativa, bien directamente, o interponiendo previamente y con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de publicación de la presente Resolución, ante el Órgano que ha dictado la presente resolución.
El plazo para interponer el recurso contencioso administrativo será de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, si se interpone directamente, o desde el día siguiente al de la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si es expreso, si no lo fuere, el plazo será de seis meses a partir del día siguiente a aquél en que se entienda desestimado el recurso, de conformidad con el artículo 46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puente Genil, 6 de abril de 2022. Firmado electrónicamente por la Secretaria General Accidental, Inmaculada Berral Prieto.