Boletín nº 86 (06-05-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Palma del Río

Nº. 1.456/2022

La Cuarta Teniente de Alcaldía y Concejala Delegada de Recursos Humanos ha dictado el Decreto 966/2022, de 25 de abril, que a continuación se transcribe:

Decreto aprobando el expediente y las bases de la Convocatoria para la provisión en propiedad, mediante el sistema de concurso-oposición, por promoción interna, de dos plazas de oficial de la Policía Local, vacantes en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Palma del Río (Córdoba).

Vista la Providencia por la que se procede a incoar el correspondiente procedimiento para llevar a cabo la convocatoria para la provisión en propiedad, mediante el sistema de concursooposición, por promoción interna, de dos plazas de Oficial de la Policía Local, vacantes en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Palma del Río (Córdoba), incluidas en la Oferta de Empleo Público de los ejercicios 2019 y 2020.

Visto el informe emitido con fecha 1 de febrero de 2022, por el Negociado de Recursos Humanos, con propuesta de bases que han de regir el proceso selectivo.

Visto el informe fiscalización emitido con fecha 20 de abril de 2022, por el Sr. Interventor de Fondos.

Visto el informe favorable sobre la propuesta de bases reguladoras que han de regir la convocatoria para la provisión en propiedad, mediante el sistema de concursooposición, por promoción interna, de dos plazas de Oficial de la Policía Local, vacantes en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Palma del Río (Córdoba), incluidas en la Oferta de Empleo Público de los ejercicios 2019 y 2020, de la Junta de Personal y el Comité de Empresa, conforme al articulo 47 b) del Convenio Colectivo y del Acuerdo General entre el Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río y sus Organismos Autónomos, y el personal laboral y funcionario a su servicio.

Y en virtud de las atribuciones conferidas en la legislación vigente, por medio del presente

HE RESUELTO:

PRIMERO. Aprobar el expediente y las bases de la convocatoria para la provisión en propiedad, mediante el sistema de concurso-oposición, por promoción interna, de dos plazas de Oficial de la Policía Local, vacantes en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Palma del Río (Córdoba), que más adelante se transcriben.

SEGUNDO. Autorizar el gasto, disponer y reconocer la obligación con cargo a las partidas 130.00.120.03, 130.00.121.00, 130.00.121.01 y 130.00.160.00 del Estado de Gastos del Presupuesto del ejercicio 2021.

TERCERO. Convocar las pruebas selectivas de la referida convocatoria.

CUARTO. Publicar el texto íntegro de las bases reguladoras de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en el Tablón de Anuncios Electrónico del Iltre. ayuntamiento de Palma del Rio y en su página web .

QUINTO. Publicar un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial del Estado, siendo la fecha de este último anuncio la que servirá para el inicio del cómputo del plazo de presentación de solicitudes.

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN, POR PROMOCIÓN INTERNA, DE DOS PLAZAS DE OFICIAL DE LA POLICÍA LOCAL, VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE PALMA DEL RÍO (CÓRDOBA).

1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión como funcionario de carrera, mediante el sistema de acceso de promoción interna y a través del procedimiento de selección de concurso-oposición, de dos plazas vacantes en la plantilla y relación de puestos de trabajo de este Ayuntamiento, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Categoría de Oficial del Cuerpo de la Policía Local, previstas en las Ofertas de Empleo Público de los ejercicios 2019 y 2020.

1.2. Las plazas citadas adscritas a la Escala Básica, conforme determina el artículo 18 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, se encuadran, de acuerdo con la Disposición Transitoria Tercera 2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, transitoriamente en el Grupo C, Subgrupo C1, dotada con las retribuciones correspondientes, y resultante de las Ofertas de Empleo Público de los ejercicios 2019 y 2020.

2. LEGISLACIÓN APLICABLE

Las presentes Bases se regirán por lo dispuesto en la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales, Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local, Decreto 66/2008, de 26 de febrero, por el que se modifica el Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local, Orden de 22 de diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local, Orden de 31 de marzo de 2008 y Orden de 30 de noviembre de 2020, por la que se modifica la Orden de 22 de diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local, y en lo no previsto en la citada legislación, les será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por lo que se aprueba el texto refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, Real Decreto Legislativo 5/201, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.

3. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

Para participar en el proceso selectivo los aspirantes deberán reunir, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Pertenecer al cuerpo de funcionarios de la Policía Local de Palma del Río.

b) Haber permanecido, como mínimo, dos años de servicio activo como funcionarios de carrera en los Cuerpos de la Policía Local, en la categoría inmediata anterior a la que se aspira, computándose a estos efectos el tiempo en que haya permanecido en la situación de segunda actividad por causa de embarazo.

c) No hallarse en la situación administrativa de segunda actividad, salvo que sea por causa de embarazo.

d) Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico o equivalente.

e) Carecer de anotaciones por faltas graves o muy graves en su expediente personal, en virtud de resolución firme. No se tendrán en cuenta las canceladas.

Estos requisitos deberán acreditarse documentalmente antes de realizar el curso de capacitación en el Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía o Escuelas de Policía de las Corporaciones Locales, salvo el de la titulación, que se acreditará cuando se curse la solicitud.

4. SOLICITUDES

4.1. En el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOE de la presente convocatoria, quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud dirigida al titular de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento, manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos.

4.2. Con la solicitud se presentará la documentación justificativa de los méritos alegados, a valorar en la fase del concurso.

4.3. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o conforme a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4.4. Si alguna de las solicitudes adolece de algún defecto, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o, en su caso, acompañe los documentos preceptivos, indicándole que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, ya citada.

5. ADMISIÓN DE ASPIRANTES

5.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano correspondiente del Ayuntamiento dictará Resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos y las causas de exclusión. En dicha Resolución, que deberá publ

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