Boletín nº 89 (11-05-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montalbán

Nº. 1.583/2022

Expediente GEX 2022/971.

Proceso selectivo para la provisión de una plaza de cocinero/a para la E.I.M. Carmen Sillero Ruz en régimen laboral fijo por el sistema de concurso-oposición.

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN, CON CARÁCTER DE PERSONAL LABORAL FIJO, DE UNA PLAZA DE COCINERO/A PARA LA ESCUELA INFANTIL MUNICIPAL CARMEN SILLERO RUZ, POR EL SISTEMA SELECTIVO DE CONCURSO-OPOSICIÓN.

Primera. Objeto de la convocatoria

I. Normas generales

Primera. El objeto de la presente convocatoria es la cobertura, con carácter laboral fijo, mediante el sistema de concurso-oposición, de una plaza vacante en la Plantilla de Personal Laboral, con funciones de Cocinero/a Escuela Infantil, clasificada con un grupo de categoría profesional C2, según Relación de Puestos de Trabajo (RPT) aprobada en sesión de Pleno, de fecha 16 de noviembre de 2021.

PERSONAL LABORAL

Denominación de la plaza

Cocinero/a Escuela Infantil

Régimen

Personal laboral fijo

Unidad

Escuela Infantil

Categoría profesional

C2

Titulación exigible

Graduado en E.S.O.

Sistema selectivo

Concurso-Oposición

Nº de vacantes

1

La plaza se incluye en la Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio 2022, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 390, de 14 de febrero de 2022.

Las funciones y el perfil a desempeñar en el puesto de trabajo serán las siguientes, según la citada Relación de Puestos de Trabajo (RPT):

-Confeccionar menús y dietas equilibradas adecuados a las necesidades de los alumnos.

-Comprar o controlar la compra de suministros y provisiones.

-Controlar el almacenamiento de suministros y provisiones.

-Preparar y confeccionar los alimentos.

-Planificar, supervisar y coordinar el trabajo de los ayudantes de cocina.

-Limpiar los instrumentos de trabajo (cocina, marmita, peladora, freidora, frigorífico, encimeras, fregadero, etc.).

-Limpiar la cocina y dependencias de esta.

-Firmar libros de transaminasas y de entrada y salida de alimentos.

-Mantener la necesaria higiene en las dependencias de la cocina y almacén, así como en la elaboración de los alimentos, debiendo estar en posesión del carnet de manipulador de alimentos.

-Poner a disposición de los padres los menús que vayan a ser servidos en la escuela.

-Asistir a reuniones con los educadores para evaluar y programar la actividad.

-Cualquier otra que sea encomendada por su superior jerárquico en el marco de las funciones del área.

Asimismo, realizara las actividades de carácter complementario asociadas al puesto, para el logro de las funciones principales del mismo.

Segunda. Las retribuciones serán las correspondientes a su categoría profesional, estando dotada con el salario acorde al Grupo C, Subgrupo C2 y demás emolumentos que legalmente correspondan.

Tercera. El sistema de selección será el de concurso-oposición, que constará de dos ejercicios de carácter eliminatorio y de realización obligatoria.

Cuarta. A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por RDL 5/2015, de 30 de octubre y, en lo no opuesto al mismo, la Ley 7/1985, de 2 de abril, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, el RD 781/1986, de 18 de abril, el RD 896/1991, de 7 de junio; en lo no previsto en las anteriores normas, la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de Andalucía, el Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, las Bases de la presente convocatoria y supletoriamente el RD 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso en la Administración del Estado.

Quinto. Con objeto de evitar que la utilización de modos de expresión no sexista ocasione una dificultad perturbadora añadida a la lectura y comprensión del presente texto, se hace constar expresamente que cualquier término genérico referente a personas, como opositor, aspirante, empleado, etc, debe entender en sentido comprensivo de ambos sexos.

Sexta. La participación de los opositores en el presente proceso selectivo presupone el otorgamiento de su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal que son necesarios para tomar parte en el presente proceso selectivo, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente en la materia.

II. Requisitos de los aspirantes

Séptima. Para ser admitidos/as a la realización de las pruebas selectivas los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

c) Estar en posesión del título Graduado en E.S.O. o equivalente. En caso de titulación obtenida en el extranjero debe hallarse en posesión de la credencial que acredite su homologación oficial, adjuntándose además al título su traducción jurada.

d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas de Cocinero/a.

e) Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

f) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el normal ejercicio de las funciones a desempeñar.

g) Estar en posesión del carné de manipulador de alimentos.

h) Acreditación del requisito establecido en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor (modificada por la ley 26/2015, de 28 de julio, y regulada en el Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, cuya entrada en vigor ha sido en marzo de 2016) mediante la presentación de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.

Octava. Los requisitos establecidos en la base séptima deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.

III. Forma y plazo de presentación de las solicitudes

Novena. La convocatoria del proceso selectivo, junto con sus Bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, y en la Sede Electrónica, Tablón de Edictos, del Ayuntamiento de Montalbán de Córdoba (https://www.montalbandecordoba.es). Asimismo, se publicará un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Décima. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Undécima. Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria, conforme al Anexo II de las presentes bases, manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en las presentes Bases referidos a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente

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