Boletín nº 90 (12-05-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Palma del Río

Nº. 1.545/2022

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria, celebrada el día 3 de mayo de 2022, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

«SEGUNDO. APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DE LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO AÑO 2019.

De conformidad con el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de Empleo Público, o a través de otro instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal, lo que comportará la obligación de convocar los correspondientes procesos selectivos para las plazas comprometidas.

Visto que el artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, dispone que las Corporaciones locales formarán públicamente su oferta de empleo, ajustándose a los criterios fijados en la normativa básica estatal. Igualmente, la selección de todo el personal, sea funcionario o laboral, debe realizarse de acuerdo con la oferta de empleo público, mediante convocatoria pública y a través del sistema de concurso, oposición o concurso-oposición libre en los que se garanticen, en todo caso, los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.

Visto que el articulo 37.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, establece como materias objeto de negociación: 1. Serán objeto de negociación, en su ámbito respectivo y en relación con las competencias de cada Administración Pública y con el alcance que legalmente proceda en cada caso, las materias siguientes:

(&)

l) Los criterios generales sobre ofertas de empleo público.

Visto el acuerdo de la Mesa General de Negociación del Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río y sus Organismos Autónomos, de fecha 27 de abril de 2022, sobre elevación al Órgano Municipal Competente para la adopción del acuerdo sobre aprobación de la modificación de la Oferta de Empleo Público 2019.

Vista la Providencia de la Teniente de Alcalde y Concejala Delegada de Recursos Humanos, de fecha 28 de abril de 2022, por la que se insta al Departamento de Recursos Humanos a elaborar informe al respecto.

Visto el informe emitido por el Departamento de Recursos Humanos, de fecha 28 de abril de 2022.

Visto el Decreto de Resolución nº 1835/2019, de 25 de junio de 2019, sobre Delegación de competencias de la Sra. Alcaldesa-Presidenta en la Junta de Gobierno Local.

Los reunidos, por unanimidad, con 8 votos a favor, que supone la mayoría exigida legalmente, acuerdan.

Primero. Modificar la Oferta de Empleo Público 2019, en el sentido de detraer de la Oferta de Empleo Público del año 2019, las siguientes plazas:

PERSONAL FUNCIONARIO

Denominación

Grupo Profesional

Escala

Subescala

Observaciones

Auxiliar

Administrativo

C2

Administración

General

Auxiliar

Correspondiente al personal declarado indefinido no fijo por Sentencia judicial nº 212/18, de fecha 27 de julio del Juzgado de lo Social Número cuatro de Córdoba

Psicólogo/a

A1

Administración

Especial

Técnica

Correspondiente al personal declarado indefinido no fijo por Sentencia judicial nº 261/16, de fecha 5 de septiembre del Juzgado de lo Social nº 1 de Córdoba.

Segundo. Incluir las plazas del apartado anterior en la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal, conforme a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Tercero. Publicar el presente acuerdo en el Tablón de Anuncios Electrónico del Iltre. Ayto. de Palma del Río, en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y remitirse a la Administración General del Estado y de la Comunidad Autónoma, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 56.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local».

Lo que se publica para general conocimiento, significando que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

No obstante, se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, conforme a lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa en relación con el artículo 46 de la citada Ley Jurisdiccional.

En el supuesto de que fuese interpuesto recurso potestativo de reposición, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo se contará desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición, o en que éste deba entenderse presuntamente desestimado.

No obstante se podrá ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso estime procedente.

Palma del Río, 5 de mayo de 2022. Firmado electrónicamente por la Concejala-Delegada de Recursos Humanos, Ana Belén Santos Navarro.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad