Boletín nº 95 (19-05-2022)

VI. Administración Local

Entidad Local Autónoma de Castil de Campos

Nº. 1.665/2022

Expediente nº: 286/2022.

Procedimiento: Plan Estabilización de Empleo.

Fecha: 13/05/2022.

SUMARIO

Edicto sobre la aprobación de la Oferta de Empleo Público, conforme a lo previsto en el artículo 2 y en la de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la Disposición Adicional 6ª reducción de la temporalidad en el empleo público.

TEXTO

EDICTO INFORMACIÓN PÚBLICA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO

Por el Pleno de la Junta Vecinal de la ELA de Castil de Campos, en sesión extraordinaria, celebrada el día 12 de mayo de 2022, se ha aprobado la siguiente Oferta de Empleo Público, para dar cumplimiento de lo previsto en el artículo 2 y en la Disposición Adicional 6ª de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público:

1. FUNCIONARIOS DE CARRERA

DENOMINACIÓN

ESCALA/SUBESCALA

GRUPO

PLAZAS

FORMA ACCESO

OBSERVACIONES

AUXILIAR ADMINISTRATIVO /A

AGE/AUXILIAR

C2

1

CONCURSO OPOSICIÓN

50% PARCIAL

2. PERSONAL LABORAL FIJO

DENOMINACIÓN

CATEGORÍA

Nº PLAZAS

FORMA ACCESO

OBSERVACIONES

ANIMADOR/A SOCIOCULTURAL

C1

1

CONCURSO OPOSICIÓN

50% PARCIAL

DINAMIZADOR/A DEPORTIVO

C2

1

CONCURSO

LIMPIADOR/A

AGP

3

CONCURSO

75% PARCIAL

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiendo a los interesados que contra dicho Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer, alternativamente, o recurso de reposición potestativo ante la Junta Vecinal, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Asimismo, podrá ejercitar cualquier otro recurso que considere pertinente.

Castil de Campos, 13 de mayo de 2022. Firmado electrónicamente por el Presidente de la Junta Vecinal, Justo Antonio Muñoz Hermosilla.

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