Boletín nº 95 (19-05-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Luque

Nº. 1.666/2022

Expediente nº: GEX/1628/2021.

Asunto: Delegación de competencias de Alcaldía en la Junta de Gobierno Local para la concesión de las ayudas a empresas y autónomos locales 2021. Gex/1628/2021.

DECRETO

VISTO que por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria, celebrada el día doce de noviembre de 2021, en el punto 2º del orden del día <<... « 2º.- Aprobación, si procede, Bases Reguladoras de concesión de ayudas a empresas y autónomos locales 2021. Gex nº 1628/2021. .. Contando con el informe favorable de la Comisión Informativa de Asuntos Generales, la Corporación por unanimidad, acuerda:

Primero. Aprobar las Bases reguladoras de concesión de ayudas a empresas y autónomos locales 2021.

Segundo. Publicar las Bases reguladoras de concesión de ayudas a empresas y autónomos locales 2021 en el Boletín Oficial de la Provincia, así como en la Base de Datos Nacional de Subvenciones en los términos del artículo 20 LGS.

Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento:

https://sede.eprinsa.es/luque/tablon-de-edictos.»..>>.

VISTO que en el artículo 10 de las citadas bases establece que:<<... ARTÍCULO 10. Resolución. La Junta de Gobierno Local, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, la cual se hará pública en el Tablón de Edictos de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Luque, https://sede.eprinsa.es/luque/tablon-de-edictos, a efectos de que los interesados puedan presentar alegaciones en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de dicha publicación. Dicha publicación será la determinante a efectos de cómputo de plazos administrativos. Transcurrido el plazo establecido y examinadas las alegaciones de los interesados se formulará propuesta de resolución definitiva o bien se elevará automáticamente a definitiva la propuesta provisional de no existir alegaciones...>>.

CONSIDERANDO que la competencia para conceder subvenciones en las Corporaciones Locales corresponde a los órganos que tengas atribuidas tales funciones en la legislación de régimen local, de conformidad con el artículo 10 de LGS. La competencia corresponde a la Sra. Alcaldesa, de conformidad con lo previsto en el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 y 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local,

VENGO EN RESOLVER

PRIMERO. Delegar el ejercicio de la competencia de concesión de las ayudas a empresas y autónomos locales 2021, expediente: GEX/1628/2021, de esta Alcaldía en la Junta de Gobierno Local, ajustándose a lo previsto en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, para toda la tramitación del expediente de concesión de las ayudas citadas.

SEGUNDO. Esta Delegación surtirá efecto a partir del día siguiente al de la presente Resolución, y se dará cuenta al Pleno y a la Junta de Gobierno Local en la próxima sesión que se celebre.

TERCERO. Publicar el acuerdo de delegación en el Boletín Oficial de la Provincia, cursando efecto a partir del día siguiente al de su adopción.

Luque, 12 de mayo de 2022. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Felisa Cañete Marzo.

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