Boletín nº 96 (20-05-2022)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Montilla
Nº. 1.704/2022
Expediente GEX: 9888/2022.
ANUNCIO
La Alcaldía, mediante resolución de fecha 16 de mayo de 2022, ha acordado la aprobación de la Oferta de Empleo Público de Estabilización de Empleo Temporal para el ejercicio 2022, la cual, se transcribe íntegramente:
Visto que, por Acuerdo del Pleno, de fecha 2 de febrero de 2022, se aprobó, juntamente con el Presupuesto Municipal, la Plantilla y la Relación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento para el año 2022, siendo publicadas íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 45, de fecha 8 de marzo de 2022.
Visto el informe emitido por el Área de Recursos Humanos, de fecha 29 de abril de 2022, en relación con las plazas vacantes y ocupadas temporalmente de manera ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016 en la Plantilla de este Ayuntamiento de cara a la aprobación de la Oferta de Empleo Público de Estabilización de Empleo Temporal para el ejercicio 2022.
Examinada la Plantilla de Personal y correspondiente Relación de Puestos de Trabajo, figuran vacantes y ocupadas temporalmente de manera ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016 diversas plazas, a excepción de dos plazas de Psicólogo/a del CAIT, que serán objeto de creación e incorporación en la citada Plantilla de Personal y Relación de Puestos de Trabajo que será modificada con ocasión del presente proceso de estabilización, y estando dotadas presupuestariamente las mencionadas plazas, las mismas cumplen con los requisitos señalados en el artículo 2.1 y en la Disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (en adelante, Ley 20/2021).
Considerando que el artículo 2.1 de la Ley 20/2021 señala que adicionalmente a lo establecido en los artículos 19.Uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 y 19.Uno.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, se autoriza una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal que incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de recursos humanos que estén contempladas en las distintas Administraciones Públicas y estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 diciembre de 2020.
Considerando que la Disposición adicional sexta de la Ley 20/2021 dispone que las Administraciones Públicas convocarán, con carácter excepcional y de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.6 y 7 del TREBEP, por el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016. Estos procesos, que se realizarán por una sola vez (&)
Visto el informe emitido por la Secretaría General, de fecha 4 de mayo de 2022, que obra en el expediente de su razón.
Visto lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (en adelante, Ley 7/1985) y en el artículo 70. 2 y apartado 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (en adelante, TREBEP).
Considerando que el artículo 2.2 de la Ley 20/2021 señala que las ofertas de empleo que articulen los procesos de estabilización contemplados en el apartado 1, así como el nuevo proceso de estabilización, deberán aprobarse y publicarse en los respectivos Diarios Oficiales antes del 1 de junio de 2022, y serán coordinados por las Administraciones Públicas competentes.
La publicación de las convocatorias de los procesos selectivos para la cobertura de las plazas incluidas en las ofertas de empleo público, deberá producirse antes del 31 de diciembre de 2022.
La resolución de estos procesos selectivos deberá finalizar antes del 31 diciembre de 2024.
Visto el acta, de fecha 6 de abril de 2022, por el que se cumple con lo dispuesto en el apartado segundo de la Disposición adicional sexta de la Ley 20/2021 y con la obligación establecida en el artículo 37.1 del TREBEP de someter a Mesa General de Negociación los criterios generales sobre la Oferta de Empleo Público.
Por el presente y en uso de las atribuciones que me están conferidas de conformidad con el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985,
HE RESUELTO:
PRIMERO. Aprobar la Oferta de Empleo Público de Estabilización de Empleo Temporal del Ayuntamiento de Montilla para el año 2022, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 2 y en la Disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, mediante el sistema de selección de concurso, que contiene las siguientes plazas:
PERSONAL FUNCIONARIO
-Administración General.
PLAZA |
GRUPO/ SUBGRUPO |
Nº |
IDENTIFICACIÓN |
Administrativo |
C1 |
1 |
Deportes |
Administrativo |
C1 |
1 |
Intervención |
Administrativo |
C1 |
1 |
Servicios Sociales |
Aux. Administrativo |
C2 |
1 |
Recursos Humanos |
Aux. Administrativo |
C2 |
1 |
Secretaría y Atención al Ciudadano |
Subalterno |
E |
1 |
Secretaría y Atención al Ciudadano |
-Administración Especial.
PLAZA |
GRUPO/ SUBGRUPO |
Nº |
IDENTIFICACIÓN |
Arquitecto Técnico |
A1 |
1 |
Servicios Técnicos |
Arquitecto Superior |
A1 |
2 |
Servicios Técnicos |
Archivero Bibliotecario |
A1 |
1 |
Cultura |
Técnico de Desarrollo |
A1 |
1 |
Centro de Iniciativas |
Técnico de Desarrollo |
A2 |
1 |
Centro de Iniciativas |
Ingeniero Técnico Industrial |
A2 |
1 |
Servicios Técnicos |
Psicólogo |
A1 |
1 |
Servicios Sociales |
Trabajador Social |
A2 |
5 |
Servicios Sociales |
Técnico Informático |
C1 |
1 |
Informática |
PERSONAL LABORAL
-Administración General.
PLAZA |
GRUPO/ SUBGRUPO |
Nº |
IDENTIFICACIÓN |
Administrativo |
C1 |
1 |
Secretaría y Atención al Ciudadano |
Administrativo |
C1 |
1 |
Servicios Técnicos |
-Administración Especial.
PLAZA |
GRUPO/ SUBGRUPO |
Nº |
IDENTIFICACIÓN |
Psicólogo |
A1 |
2 |
CAIT |
Oficial 1ª Conductor Maquinista |
C2 |
2 |
Servicios Técnicos |
Oficial 1ª Medio Ambiente |
C2 |
2 |
Servicios Técnicos |
Oficial 2ª Medio Ambiente |
C2 |
1 |
Servicios Técnicos |
Oficial 2ª Jardinero |
C2 |
1 |
Deportes |
SEGUNDO. Publicar el anuncio de la presente Oferta de Empleo Público de Estabilización de Empleo Temporal en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios de la Corporación, ubicado en la sede electrónica del Ayuntamiento de Montilla (https://sede.eprinsa.es/montilla/tablon-de-edictos), y en el Portal de Transparencia de la Corporación, dando así cumplimiento a lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno así como en la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, antes del 1 de junio de 2022.
TERCERO. Convocar las plazas ofertadas en ejecución de la presente Oferta de Empleo Público de Estabilización de Empleo Temporal antes del 31 de diciembre de 2022, así como la resolución de los precitados procesos selectivos antes del 31 de diciembre de 2024.
CUARTO. Certificar al Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, el número de plazas estructurales ocupadas de forma temporal existente en cada uno de los ámbitos afectados.
Contra la anterior resolución que, según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer indistintamente o recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio ante la Alcaldía del Ayuntamiento de Montilla, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Si se optara por interponer el recurso potestativo de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo, al transcurrir el plazo de un mes desde su interposición. En este último caso, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo mencionado, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de seis meses contados a partir del día siguiente a aquél en que se produzca tal acto presunto.
Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer recurso extraordinario de revisión o ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Lo que se publica para general conocimiento.
Montilla, 16 de mayo de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Rafael Ángel Llamas Salas.