Boletín nº 97 (23-05-2022)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de La Rambla
Nº. 1.747/2022
EXP. GEX 2022/4152.
ANUNCIO
La Junta de Gobierno Local, en sesión extraordinaria y urgente, celebrada el día 17 de mayo de 2022, adoptó los siguientes acuerdos:
PRIMERO: Aprobar la Oferta de Empleo Público correspondiente al proceso de estabilización de empleo temporal en el Ayuntamiento de La Rambla:
NATURALEZA |
Nº PLAZAS |
DENOMINACIÓN |
GRUPO |
SISTEMA SELECCIÓN |
Laboral |
1 |
Administrativo/a |
C1 |
Concurso de méritos |
Laboral |
2 |
Auxiliar Administrativo/a |
C2 |
Concurso de méritos |
C2 |
||||
Laboral |
1 |
Auxiliar Administrativo/a-Dinamizador/a Juvenil |
C2 |
Concurso de méritos |
Laboral |
1 |
Masajista Deportivo |
C2 |
Concurso de méritos |
Laboral |
2 |
Maestro/a Educación Infantil |
A2 |
Concurso de méritos |
A2 |
||||
Laboral |
3 |
Monitor/a Deportivo |
C1 |
Concurso de méritos |
C1 |
||||
C1 |
||||
Laboral |
1 |
Oficial Obras y Servicios |
C2 |
Concurso de méritos |
Laboral |
1 |
Operador Radio |
C2 |
Concurso de méritos |
Laboral |
1 |
Ordenanza-Notificador (discapacidad) |
E |
Concurso de méritos |
Laboral |
1 |
Ordenanza-Telefonista (discapacidad) |
E |
Concurso de méritos |
Laboral |
1 |
Limpiador/a |
E |
Concurso de méritos |
Laboral |
2 |
Peón Servicios Múltiples |
E |
Concurso de méritos |
E |
||||
Laboral |
2 |
Técnico/a de Obras |
A2 |
Concurso de méritos |
A2 |
||||
Laboral |
1 |
Vigilante de Edificios Municipales |
E |
Concurso de méritos |
Laboral |
1 |
Dinamizador/a del Centro Guadalinfo |
C2 |
Concurso de méritos |
21 |
SEGUNDO: Remitir Acuerdo al Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba a los efectos de publicación para su general conocimiento, así como a la Administración del Estado y a la Administración Autonómica.
Lo que se hace público en cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y del artículo 70.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Sr. Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que pudiera estimarse más conveniente al derecho de los interesados.
La Rambla, 18 de mayo de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Jorge Jiménez Aguilar.