Boletín nº 98 (24-05-2022)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Baena
Nº. 1.762/2022
DECRETO
En el marco de la planificación de los recursos humanos de las Administraciones Públicas, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, regula la Oferta de Empleo Público. Se dispone así que las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de Empleo Público, o a través de otro instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal.
Concretamente, en la Administración Local el artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, dispone que las Corporaciones locales formarán públicamente su oferta de empleo, ajustándose a los criterios fijados en la normativa básica estatal. A su vez, el artículo 128 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, establece que las Corporaciones locales aprobarán y publicarán anualmente, dentro del plazo de un mes desde la aprobación de su Presupuesto, la oferta de empleo público para el año correspondiente, ajustándose a la legislación básica del Estado sobre función pública y a los criterios que reglamentariamente se establezcan en desarrollo de la normativa básica estatal para su debida coordinación con las ofertas de empleo del resto de las Administraciones Públicas.
En esta oferta de empleo público se incluyen las plazas para su cobertura en ejecución de Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. En su artículo 2 establece que adicionalmente a lo establecido en los artículos 19.uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, y 19.uno.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, se autoriza una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal, que incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de recursos humanos que estén contempladas en las distintas Administraciones Públicas y estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020.
Continúa diciendo el la Ley 20/2021 que las Ofertas de Empleo que articulen el nuevo proceso de estabilización deberán aprobarse y publicarse en los respectivos Diarios Oficiales antes de 1 de junio de 2022, la publicación de las convocatorias de los procesos selectivos para la cobertura de las plazas incluidas en las ofertas de empleo público deberá producirse antes de 31 de diciembre de 2022, y la resolución de estos procesos selectivos deberá finalizar antes de 31 de diciembre de 2024. Y todo lo anterior con el claro objetivo de que la tasa de cobertura temporal deberá situarse por debajo del 8 por ciento de las plazas estructurales.
Visto lo anterior, previa negociación con las Organizaciones Sindicales integrantes de la Mesa General de Negociación Común del Personal Funcionario y Laboral al servicio del Ayuntamiento de Baena, esta Alcaldía en uso de las atribuciones que le confiere la normativa local vigente
RESUELVE
PRIMERO. APROBAR la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal, que cumple las previsiones de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, correspondiente a la/s plaza/s que a continuación se reseñan:
A
ACCESO LIBRE
Plazas de personal funcionario correspondientes a la tasa ordinaria de reposición de efectivos. Artículo 20 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
PERSONAL FUNCIONARIO |
||||
Denominación de la plaza |
Grupo /Subgrupo |
Plazas |
PROVISIÓN |
ACCESO |
INGENIERO TÉCNICO INDUSTRIAL |
A/A2 |
1 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO-OPOSICIÓN |
B
TASA ADICIONAL PARA ESTABILIZACIÓN
Plazas de personal laboral correspondientes a la tasa adicional para la estabilización de empleo temporal conforme al artículo 2 Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
PERSONAL LABORAL |
|||||
Denominación de la plaza |
Grupo /Subgrupo |
Plazas |
PROVISIÓN |
ACCESO |
|
AGENTES DE APARCAMIENTO |
AP |
6 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO-OPOSICIÓN |
DISCAPACIDAD |
OFICIAL 1º DE LA CONSTRUCCIÓN |
C/C2 |
5 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO-OPOSICIÓN |
|
OFICIAL 1º ELECTRICISTA |
C/C2 |
1 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO-OPOSICIÓN |
|
OFICIAL 1º CONDUCTOR-MAQUINISTA |
C/C2 |
1 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO-OPOSICIÓN |
|
OFICIAL 1º JARDINERÍA |
C/C2 |
2 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO-OPOSICIÓN |
|
PEÓN JARDINERÍA |
AP |
1 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO-OPOSICIÓN |
|
OFICIAL 1º PINTOR |
C/C2 |
2 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO-OPOSICIÓN |
|
PEÓN DE LA CONSTRUCCIÓN |
AP |
3 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO-OPOSICIÓN |
|
ADMINISTRATIVO |
C/C1 |
4 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO-OPOSICIÓN |
|
SOCORRISTAS |
C/C2 |
1 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO-OPOSICIÓN |
|
SOCORRISTAS |
C/C2 |
3 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO-OPOSICIÓN |
FIJO DISCONTINUO |
PEÓN DE MANTENIMIENTO |
AP |
2 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO-OPOSICIÓN |
|
ENCARGADO DE OBRAS |
C/C1 |
1 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO-OPOSICIÓN |
|
ARQUITECTO TÉCNICO |
A/A2 |
1 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO-OPOSICIÓN |
|
INFORMADORES GUÍA TURÍSTICOS |
C/C1 |
3 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO-OPOSICIÓN |
80% JORNADA |
LIMPIADORAS |
AP |
10 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO-OPOSICIÓN |
|
VIGILANTE |
AP |
1 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO-OPOSICIÓN |
C
TASA ADICIONAL PARA ESTABILIZACIÓN
Plazas de personal laboral correspondientes a la tasa adicional para la estabilización de empleo temporal conforme a las Disposiciones adicionales sexta y octava de la 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
PERSONAL LABORAL |
||||||
Denominación de la plaza |
Grupo /Subgrupo |
Plazas |
PROVISIÓN |
ACCESO |
CÓDIGO PUESTO |
|
ADMINISTRATIVO |
C/C1 |
3 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO |
4,76,95 |
|
TAQUILLERO PISCINA |
C/C2 |
2 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO |
110 |
FIJO DISCONTINUO |
OFICIAL 2º JARDINERÍA |
AP |
2 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO |
53,54 |
|
PEÓN DE MANTENIMIENTO |
AP |
2 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO |
68,114 |
|
TRABAJADORA SOCIAL |
A/A2 |
4 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO |
88,90,91,92 |
|
TRABAJADORA SOCIAL ETF |
A/A2 |
1 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO |
98 |
|
MONITOR PERSONAL TORREPAREDONES |
C/C2 |
1 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO |
84 |
|
SEPULTURERO |
C/C2 |
1 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO |
64 |
|
LIMPIADORA |
AP |
2 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO |
115,116 |
|
TEC.PREVEN ADICCIONES Y SUBVENCIONES |
A/A2 |
1 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO |
102 |
|
CONSERJES |
AP |
2 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO |
111,112 |
|
ORIENTADORA LABORAL DESARROLLO |
A/A2 |
1 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO |
7 |
|
CONDUCTOR |
C/C2 |
1 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO |
119 |
|
LIMPIADORA CONSERJE |
AP |
2 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO |
60,63 |
|
MONITOR NATACIÓN SOCORRISTA |
C/C2 |
3 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO |
107,108 |
|
MONITOR NATACIÓN FISIOTERAPEUTA |
C/C2 |
1 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO |
109 |
|
AGENTE DE APARCAMIENTO |
AP |
3 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO |
77 |
|
ASESORA JURÍDICA CIM-TÉCNICO DE IGUALDAD |
A/A1 |
1 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO |
100 |
|
PSICÓLOGO ETF |
A/A1 |
1 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO |
97 |
|
EDUCADORA SOCIAL ETF |
A/A2 |
1 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO |
99 |
|
EDUCADORA SOCIAL |
A/A2 |
1 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO |
101 |
|
ARQUITECTO TÉCNICO |
A/A2 |
1 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO |
42 |
|
MONITOR SOCIOCULTURAL |
C/C2 |
2 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO |
93,94 |
|
LIMPIADORA |
AP |
1 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO |
117 |
FIJO DISCONTINUO |
OFICIAL 1º ELECTRICISTA |
C/C2 |
1 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO |
70 |
|
MONITOR BANDA MÚSICA |
C/C2 |
1 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO-OPOSICIÓN |
87 |
D
TASA ADICIONAL PARA ESTABILIZACIÓN
Plazas de personal funcionario correspondientes a la tasa adicional para la estabilización de empleo temporal conforme al artículo 2 Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
PERSONAL FUNCIONARIO |
||||||
Denominación de la plaza |
Grupo /Subgrupo |
Plazas |
PROVISIÓN |
ACCESO |
CÓDIGO PUESTO |
|
ARQUEÓLOGO |
A/A1 |
1 |
TURNO LIBRE |
CONCURSO |
78 |
SEGUNDO. Publicar la presente Oferta de Empleo Público en el Boletín Oficial de la Provincial y página web del Excmo. Ayuntamiento de Baena.
TERCERO. La presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el mismo órgano que la ha dictado o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. En el primer caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
El plazo para la interposición del recurso de reposición será de un mes, si el acto fuera expreso. Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión. Si el acto no fuera expreso, el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de reposición en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso será de un mes. Contra la resolución de un recurso de reposición no podrá interponerse de nuevo dicho recurso.
El plazo para la interposición del recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Córdoba será de dos meses, contados desde la fecha de recepción de la resolución expresa del recurso de reposición. Si el acto no fuera expreso se podrá interponer recurso contencioso administrativo en el plazo indicado en el articulo 46 de la LJCA, todo ello conforme a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, PACPA y Ley 29/1998, de 13 de julio, y sin perjuicio de que pueda ejercer cualquier otro recurso que estime pertinente.
Baena, 18 de mayo de 2022. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Cristina Piernagorda Albañil.