Boletín nº 99 (25-05-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Monturque

Nº. 1.781/2022

Mediante Resolución de Alcaldía número 2022/00000260, de fecha 18 de mayo de 2022, se aprobó la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal, que cumple las previsiones de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, correspondiente a las plazas que a continuación se reseñan:

1. Funcionarios de carrera.

Denominación

Escala/subescala

Grupo

Plazas

Forma acceso

Normativa

Auxiliar Administrativo

Escala de Administración General

Subescala Auxiliar

C2

1

Concurso

D.A 6ª

Auxiliar Administrativo

Escala de Administración General

Subescala Auxiliar

C2

1

Concurso-Oposición

Art. 2

2. Personal laboral fijo.

Denominación

Categoría

Plazas

Forma acceso

Normativa

Gestor de Centro Deportivo

Auxiliar

1

Concurso

D.A 6º

Dinamizador Juvenil

Auxiliar

1

Concurso

D.A 6º

Auxiliar de Biblioteca

Auxiliar

1

Concurso

D.A 6º

Técnico de Turismo

Técnico

1

Concurso

D.A 8º

En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 70.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se publica la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de Monturque, en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

En Monturque, 19 de mayo de 2022. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, María Teresa Romero Pérez.

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