Boletín nº 101 (30-05-2022)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Doña Mencía
Nº. 1.924/2022
Don Salvador Cubero Priego, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Doña Mencía, hace saber:
Que por esta Alcaldía se ha dictado la resolución que a continuación literalmente se trascribe:
«RESULTANDO: Que por resolución de está Alcaldía, de 8 de julio de 2019 (BOP número 138, de 22 de julio de 2019), se delegó en la Junta de Gobierno Local la competencia en materia de aprobación de la Oferta de Empleo Público.
RESULTANDO: Que por resolución de esta Alcaldía número 2022/00000160, de 18/05/2022, este órgano delegante a avocado para sí el el conocimiento de la Oferta de Empleo Público extraordinaria de estabilización de empleo temporal regulada por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
RESULTANDO: que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 37.1 l) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el pasado 23 de mayo, previa convocatoria al efecto, se celebró reunión de la Mesa General de Negociación de esta Ayuntamiento constituida de conformidad con el artículo 36.3 del texto legal para la negociación de las Plazas a incluir en la Oferta de Empleo Público Extraordinaria de Estabilización de Empleo Temporal.
VISTO: El informe con CSV B300 C6DB 0B46 C3EF A82E emitido por la funcionaria responsable del Área de Personal de esta Corporación, relativo a la relación de plazas que cumplen con las exigencias de materia de cobertura temporal ininterrumpida establecidas en la Ley 20/2021.
VISTO: El informe emitido por la Secretaría-Intervención con CSV 030B D3D9 499D 8D5F D376 relativo a la existencia de dotación presupuestaria de las plazas a incluir en en la citada oferta extraordinaria de empleo público.
En ejercicio de las competencias avocadas por este órgano delegante en relación al conocimiento de la Oferta de Empleo Público extraordinaria de estabilización de empleo temporal regulada por la Ley 20/2021,
DECRETO
PRIMERO: Aprobar la Oferta de Empleo Público de estabilización de empleo temporal autorizada por Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público en los términos que se señalan:
A) Estabilización de empleo temporal de larga duración (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público).
Grupo (1) |
||||
Nº de orden |
DENOMINACIÓN PLAZA |
Grupo |
Subgrupo |
|
1 |
(*) |
Auxiliar Administrativo |
C |
C2 |
2 |
(*) |
Auxiliar Administrativo |
C |
C2 |
3 |
(*) |
Técnico Deportivo |
C |
C1 |
4 |
(*) |
Limpiadora de edificios |
(2) |
|
5 |
(*) |
Limpiadora de edificios |
(2) |
|
6 |
(*) |
Limpiadora de edificios |
(2) |