Boletín nº 102 (31-05-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Cardeña

Nº. 1.832/2022

Adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Cardeña, en sesión ordinaria, celebrada el día 31 de marzo de 2022, acuerdo sobre la aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE LA PISCINA MUNICIPAL, y no habiéndose presentado reclamación alguna durante el periodo de exposición pública en el tablón de anuncio de esta Entidad, previo anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia número 66, de fecha 6 de abril de 2022, se entiende definitivamente adoptado el acuerdo de aprobación inicial, conforme a lo establecido en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/204, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

Contra la aprobación definitiva podrá interponerse recurso contencioso-administrativo a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en al forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.

El texto integro de la modificación se trascribe a continuación:

ORDENANZA FISCAL

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE PISCINA MUNICIPAL.

ARTÍCULO 1º. CONCEPTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 20 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la tasa por la prestación del SERVICIO DE PISCINA MUNICIPAL, que se regirá por la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 2º. OBLIGADOS AL PAGO

Están obligados al pago de la tasa quienes se beneficien de los servicios de piscina, prestados o realizados por este Ayuntamiento.

ARTÍCULO 3º. CUANTÍA

1. La cuantía de la tasa será la fijada en la tarifa contenida en el apartado siguiente.

2. La tarifa de la tasa será la siguiente:

a) Por cada entrada de:

-Adultos, en día laboral: 3,00 €.

-Adultos, en domingos y festivos: 4,00 €.

-Menores (de 9 a 14 años) en día laboral: 2,00 €.

-Menores (de 9 a 14 años) domingos y festivos: 3,00 €.

-Menores (de 5 a 8 años) laborables y festivos: 1,50 €.

b) Abonos (por número de 15 baños):

-Adultos: 36,00 €.

-Menores (de 9 a 14 años): 24,00 €.

-Menores (de 5 a 8 años): 17,00 €.

ARTÍCULO 4º. OBLIGACIÓN DE PAGO

1. La obligación de pago de la tasa reguladora en esta Ordenanza nace desde que se preste o realice el servicio.

2. El pago se efectuará en el momento de entrar en el recinto de la Piscina Municipal.

ARTÍCULO 5º. BONIFICACIONES

1. Los jóvenes poseedores del Carnet Joven, obtendrán una bonificación del 10 % en el importe de la tarifa correspondiente.

2. Los Pensionistas, previa presentación de la Tarjeta de Pensionista, obtendrán una bonificación del 15 % en el importe de la tarifa.

Cardeña, 23 de mayo de 2022. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Catalina Barragán Magdaleno.

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