Boletín nº 102 (31-05-2022)

VI. Administración Local

Mancomunidad de Municipios Valle del Guadiato
Córdoba

Nº. 1.965/2022

Resolución 40/2022

Visto lo establecido en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el sector público.

Visto el Acuerdo de la Mesa General de Negociación de este Ayuntamiento, referido a la OFERTA DE EMPLEO PÚBLICA EXTRAORDINARIA DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DEL AYUNTAMIENTO DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DEL VALLE DEL GUADIATO, AL AMPARO DE LO ESTABLECIDO EN LA LEY 20/2021, DE 28 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REDUCCIÓN DE LA TEMPORALIDAD EN EL EMPLEO PÚBLICO.

Vistos el Informe-Propuesta de Resolución de la Secretaría Intervención.

Considerando que la aprobación de la Oferta de Empleo Público corresponde a esta Presidencia, en virtud de lo previsto en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL), por medio de la presente

RESUELVO

PRIMERO. Aprobar la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal de esta Entidad, con carácter extraordinario, con la siguiente relación de plazas:

PROPUESTA DE OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA LA

ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL

ANTES DEL 1 DE JUNIO DE 2022

NÚMERO DE

PUESTOS

CLASE

JORNADA

GRUPO DE

COTIZACIÓN

DENOMINACIÓN

ANTIGÜEDAD ADSCRIPCIÓN

(Desde - Hasta)

PROVISIÓN

4

LABORAL

COMPLETA

01

Técnico Grupo I

30/12/1999- 01/09/2008

D. Adic. 6ª

CONCURSO

2

LABORAL

COMPLETA

02

Técnico Grupo II

23/03/2000-22/01/2001

D. Adic. 6ª

CONCURSO

SEGUNDO. Publicar en la sede electrónica de esta Entidad sita en www.guadiato.es, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba correspondiente, antes del 1 de junio de 2022.

TERCERO. Convocar las plazas ofertadas en ejecución de la presente Oferta de Empleo Público antes del 31 de diciembre de 2022, de conformidad con el artículo 2.2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiendo a los interesados que contra dicha Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer, alternativamente, o recurso de reposición potestativo ante la Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Asimismo, podrá ejercitar cualquier otro recurso que considere pertinente.

Peñarroya-Pueblonuevo, 26 de mayo de 2022. Firmado electrónicamente por la Presidenta, Silvia Mellado Ruiz.

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